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Sanidad responde a las críticas del nuevo etiquetado de alimentos: "El aceite no tendrá que llevar NutriScore"

Como tampoco la leche o los huevos. Además, la Aecosan asegura que va a adaptar el sistema francés a la dieta mediterránea

Si hasta ahora había que rebuscar la información nutricional en la parte trasera de los envases, en cuestión de cuatro días se han anunciado no uno, sino dos nuevos etiquetados de alimentos —en forma de semáforo nutricional para la parte frontal de los paquetes—, que se comenzarán a utilizar en España en los próximos meses, y que amenazan con convertir los supermercados en una verbena de colores. En BuenaVida analizamos a fondo las dos propuestas —la de Sanidad (NutriScore) que se aplicará previsiblemente durante 2019, y la de la industria —el Etiquetado Nutricional Evolucionado (ENL)—, que esperan introducir cinco grandes corporaciones alimentarias antes de fin de año.

Nuestra guía para defenderse en el supermercado ante la avalancha de semáforos daba todas las respuestas de la mano de los expertos, pero dejaba algunas preguntas en el aire: ¿vamos a introducir sin adaptación en España un sistema de etiquetado basado en las recomendaciones nutricionales de un país —Francia— con unos hábitos de consumo, una dieta y unas necesidades diferentes de la nuestra? ¿Qué pasará con el aceite de oliva, que por su composición (grasa) puntúa mucho peor en NutriScore que productos no saludables como las bebidas carbonatadas?

La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), dependiente del Ministerio de Sanidad, responde por correo electrónico a las preguntas de BuenaVida y aclara muchas de las dudas que se han propagado por las redes en los últimos días.

– ¿Cuándo se empezará a aplicar NutriScore?

Ahora vamos a comenzar con la elaboración del proyecto de norma que, como todas, debe cumplir con los procedimientos correspondientes de tramitación. Además, debe informarse a la Comisión Europea según el procedimiento establecido. Por lo tanto, dado que estamos en la fase inicial, es prematuro dar una fecha de aplicación.

–¿Va a ser obligatorio?

El Reglamento (UE) N.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor establece en su artículo 35 que, además de las formas de expresión de la información nutricional obligatoria, el valor energético y las cantidades de nutrientes podrán facilitarse por medio de otras formas de expresión y presentación. NutriScore va a ser la forma de presentación complementaria recomendada por la Administración española. Y de acuerdo con el Reglamento, sería un etiquetado voluntario.

– ¿Se va a hacer una versión española de NutriScore o se va a aplicar directamente la versión francesa, que es una marca registrada por su agencia para la salud?

El modelo francés es la base para la clasificación, pero vamos a adaptarlo a la dieta mediterránea, y para ello vamos a contar con los mejores expertos en la materia.

–¿Se estudiará el caso especial del aceite de oliva?

Este sistema de etiquetado frontal (FOP) se implantará exclusivamente para alimentos con más de un ingrediente en su composición. Por tanto, productos como la miel, los huevos, el aceite, la leche, etcétera, no tendrán que aplicarlo.

– Mientras la aplicación del sistema de etiquetado sea voluntaria, los fabricantes podrían optar por no marcar sus productos que obtengan una peor puntuación. ¿Cómo se evita esto?

El propio mercado, la transparencia y la competencia conducen a que se vayan adhiriendo las empresas y que [la puntuación NutriScore, sea cual sea] se muestre en los productos.

Por otro lado, el hecho de que se aplique en otros países de nuestro entorno [Francia el primero; Bélgica y Portugal han manifestado su apoyo al semáforo] ayuda también a la penetración de este sistema y a su utilización y comprensión; y permite que las empresas puedan etiquetar igual para varios países.

Estos etiquetados fomentan la reformulación porque los ciudadanos podrán comparar entre productos similares.

– ¿Contemplan alguna medida para que los alimentos marcados con verde no suban el precio?

El etiquetado frontal es una herramienta para ayudar a interpretar al consumidor la información nutricional obligatoria de una forma fácil y sencilla de comprender. Indica de forma visual, atractiva y simple las características nutricionales que tiene el alimento, por lo que se considera que no debe influir en los precios.

– ¿El etiquetado verde puede favorecer la elección de los productos que lo lleven sobre los frescos (frutas, verduras, pescados...)?

Desde la Aecosan se recomienda siempre consumir más frutas, verduras y legumbres, más productos frescos, de temporada y de cercanía y menos procesados, y se hacen campañas en ese sentido. El que se vaya a introducir una nueva medida que ayuda a elegir productos procesados más saludables, no implica ninguna recomendación concreta por parte de la administración.

La información existe igualmente ahora, puesto que [los alimentos] llevan el etiquetado nutricional, que es obligatorio. La implantación de un esquema frontal solo va a facilitar la comprensión del etiquetado actual.

Por otro lado, y de forma complementaria a otras existentes, se harán campañas informativas específicas para explicar y facilitar la comprensión e interpretar la lectura de este nuevo gráfico NutriScore. Pero se hará cuando se disponga de la normativa correspondiente.

– ¿Se intentará evitar que convivan distintos tipos de semáforos nutricionales? ¿Se prohibirá el anunciado por la industria?

Creemos que implantar NutriScore es un avance importante para facilitar la comprensión del etiquetado nutricional. Las diferentes formas adicionales de expresión y presentación son opcionales. Se pretende facilitar la comprensión e interpretación de la información nutricional de forma clara, y que haya una demanda de este tipo de esquemas por parte del consumidor, para que pueda tomar decisiones más saludables y equilibradas.

La propia evolución de la penetración del esquema NutriScore en otros países de nuestro entorno, y su aceptación por los consumidores, así como los trabajos de la Aecosan y otras administraciones con los distintos sectores para su adhesión, irán decantando a que este esquema sea el que se implante mayoritariamente y vamos a trabajar para que eso sea así.

Por otro lado, estamos a la espera del informe final de la Comisión Europea al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la utilización de formas adicionales de expresión y presentación, sus efectos en el mercado interior y la conveniencia de una mayor armonización de dichas formas de expresión y presentación. [Se prevé que este informe tenga lugar a principios de 2019 y determinará qué sistema de información nutricional es el que se recomienda para los países miembros].

— ¿Por qué se ha elegido NutriScore? ¿Se han valorado los sistemas que se usan en otros países (como el Key Hold de Noruega, Dinamarca y Suecia; el semáforo de Reino Unido; o el etiquetado chileno, con tres sellos negros que anuncian "alto en azúcares", "alto en grasas saturadas" y "alto en calorías")?

Sin perjuicio de que hay muchos otros esquemas en el mundo y todos aportan aspectos positivos en mayor o menor medida, ya que van orientados a facilitar la información nutricional más relevante, la Aecosan ha elegido este NutriScore porque tiene una base científica y se ha desarrollado siguiendo un proceso legal respaldado por la Comisión y el gobierno francés.

Además, lo han adoptado o lo van a adoptar los países de nuestro entorno. Todo ello contribuye a una cierta armonización europea que hará que los ciudadanos franceses, belgas, españoles —y de otros estados miembros que en un futuro próximo lo adopten— dispongan de esquemas similares, lo que ayudará a la penetración y adopción más generalizada de este esquema.

El modelo de Chile, al igual que los otros esquemas estudiados, tiene aspectos positivos, pero consideramos que este esquema se centra solo en uno o varios nutrientes que puedan ser altos, sin ofrecer información sobre los demás nutrientes, tal y como contempla el artículo 35 del Reglamento (UE) N.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

En lo que se refiere a declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, existe un marco normativo europeo (Reglamento 1924/2006) que es de obligado cumplimiento en la UE, y que regula las declaraciones autorizadas que pueden figurar en el etiquetado y sus condiciones de uso.

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