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Multa de 50 millones a Codorníu por alquilar la base de datos de sus clientes

La firma de cava posee una lista de 70.000 personas

La Agencia de Protección de Datos (APD) ha sancionado a Codorníu con una multa de 50 millones por haber cedido una base de datos de carácter personal a una empresa de mercadotecnia directa llamada Publienvío -también sancionada con otros 10 millones- para que alquilara esta base de datos a terceros. Esta base contenía información de unos 70.000 particulares y uno de ellos denunció el caso a la agencia, lo que motivó la investigación que se ha resuelto en la sanción a Codorníu y al mediador que se encargaba de gestionar el alquiler.

La Agencia de Protección de Datos considera que, en aplicación de la Ley Orgánica de Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD), Codorníu cometió una "falta muy grave" consisten te en "la comunicación o cesión de los datos de carácter personal fuera de los casos en los que está permitido". Según esta ley, esos datos "sólo podrán ser cedidos para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con las funciones legítimas al cedente y del cesionario, con el previo consentimiento del afectado".Codorníu entró en contacto con Publienvío (del grupo Berstelmann) para que le gestionase una campaña de publicidad basada en regalar un compact disc contra el envío de varias chapas de las cápsulas de sus productos. La campaña duró varios anos y configuró una base de datos de unos 70.000 particulares. Según fuentes de Codorníu (titular del fichero de datos), Publienvío les propuso un contrato, firmado en 1993, por el que esta firma de mercadotecnia podía poner a disposición de terceros esa base de datos.

La empresa de cava puso dos condiciones, que aparecen definidas en el contrato. En primer lugar, el irrevocable compromiso de poner en conocimiento de Codorníu las cesiones de la base y a qué se pretendían destinar. En segundo lugar, que la operativa estuviera de acuerdo con las disposiciones legales "vigentes o futuras". La base de datos de Codorníu fue facilitada en media docena de ocasiones en unos tres años de práctica del contrato. El alquiler de los datos supuso para Codorníu unos ingresos de 60.000 pesetas por cada una de las cesiones, según fuentes oficiales de la firma catalana de cavas.

Recursos al Supremo

La otra multa impuesta a Publienvío (10 millones) se basa en que el tratamiento automatizado de datos personales requiere el consentimiento del afectado. La actuación de Publienvío merece la calificación de "falta grave", por parte de la APD.Ambas empresas multadas han recurrido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Codorníu plantea en su recurso que depositó toda su confianza en los profesionales de la empresa Publienvío, especialista en mercadotecnia directa, y alega "falta de culpa" por no ser conscientes del delito y haber obrado "de buena fe", como creen que demuestra su contrato con Publienvío, empresa hoy reconvertida en Bertelsmann Direct.

La práctica del llamado leasebooking o alquiler de bases de datos ha dado lugar a sanciones a otras firmas especializadas en marketing directo. La Agencia de Protección de Datos, creada en 1990, abrió el año pasado unos 200 expedientes de los cuales un 25-30% acabaron en sanción.

Las multas más conocidas impuestas por la Agencia afectaron a empresas de capital público o semi-público, como Telefónica, que recibió una multa global de 100 millones de pesetas por razones similares a las que ahora se plantean con Codorníu. También en aquel caso la agencia abrió expediente sancionador por la denuncia de un particular. Renfe también fue objeto de sanción (50 millones) por utilización ilegítima de datos sindicales de sus trabajadores. La agencia acaba de renovar a su consejo y, según fuentes oficiales, está próximo el relevo de su director, Juan José Martín-Casallo.

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