_
_
_
_

El cierre judicial del ‘caso rueda’ de la SGAE certifica que no hubo delitos pero deja dudas éticas

El reciente rechazo a un recurso de la entidad concluye sin condenas ni culpables la causa penal sobre los ingresos millonarios que generó la música nocturna, donde no hubo corrupción aunque sí alteraciones de mercado

Tommaso Koch
Interior de la sede madrileña de la SGAE.
Interior de la sede madrileña de la SGAE.JUAN BARBOSA

La SGAE tiene su Gobierno. Pero, durante más de una década, ni la Asamblea General ni la junta directiva marcaron el rumbo de la entidad tanto como otro organismo acostumbrado a decidir: los tribunales. Las llamadas operación Saga, desde 2011, y rueda, a partir de 2016, sacudieron y paralizaron la principal entidad de gestión del derecho de autor en España, además de hundir su imagen: socios detenidos, ética cuestionada, una lupa siempre encima. Ambos frentes judiciales comparten un largo desarrollo. Y, finalmente, un epílogo sin condenas penales. Hace tres semanas la justicia desestimó dos recursos de la propia SGAE, personada como acusación particular, y de la Organización Profesional de Editores Musicales que pedían reabrir el caso rueda, ya archivado en mayo. El auto considera demostrado que varios socios se embolsaron millones de euros gracias a la reiterada emisión de melodías en los programas de la madrugada, sin apenas audiencia. Y, sin embargo, reitera que no hubo delitos. Entonces, ¿qué hubo?

No les tocará a otras cortes contestar: tras dos instancias, el caso ha llegado a su cierre definitivo sin penas ni culpables. Igual que para Saga, un presunto desvío de fondos del que todos los imputados, incluido el expresidente de la SGAE Eduardo Teddy Bautista, fueron absueltos en 2021. Así que los salpicados por la operación rueda, donde también figuraba otro expresidente de la entidad, José Miguel Fernández Sastrón y 14 conocidas cadenas de televisión, tienen razones más que legítimas para lamentar una odisea vital por ilegalidades que nunca cometieron. Ni siquiera se ha convocado un juicio: el sobreseimiento ha llegado después de una larguísima fase de instrucción.

A posteriori, cabe cuestionar años y años de investigaciones e imputaciones ahora vacías de justificación. Ni delito continuado contra la propiedad intelectual, ni falsedad documental, estafa, administración desleal, receptación, encubrimiento o blanqueo de capitales: todas esas acusaciones cayeron. Los recursos de SGAE y Opem intentaban mostrar que varios de estos frentes no se analizaron a fondo, pero la justicia, en sus autos de respuesta de hace pocas semanas, ha vuelto a discrepar.

Tampoco hubo corrupción entre particulares, el presunto delito que mantuvo abierto el caso, al no poderse demostrar el pago de dádivas. El juez constata “la inexistencia de datos objetivos que permitan sostener su existencia”; tira de las orejas tanto a la SGAE, por algunos momentos en los que se puso de perfil, tal vez por equilibrismo interno, como a la investigación: “La falta de indagación en los movimientos de las cuentas bancarias impide corroborar la existencia de la transferencia o de otras que permitan sostener el pago de contraprestaciones”. Y recuerda otro argumento que remató el caso: “Las acusaciones particulares [incluida la propia SGAE] no han solicitado la continuación del procedimiento”. El Ministerio Fiscal, que impulsó la causa, también terminó pidiendo el sobreseimiento.

Sin embargo, una vez descartadas responsabilidades penales, todo lo que siempre fue criticado de la rueda aparece narrado, y corroborado al detalle, en el auto que archivó el caso. Así que las respuestas judiciales dejan certezas, pero también unos cuantos interrogantes éticos y reglamentarios. “Si se suma la recaudación suya y la de su cesionaria Doble Abadir en 2012, el Sr. [Juan] López Márquez se sitúa en el puesto 1º del ranking de recaudación de socios de SGAE (no editores). A pesar de lo anterior, ninguna de sus obras se encuentra entre las más escuchadas en otros medios ni en venta de discos, ni en descargas a través de plataformas digitales, lo cual es muy significativo”, se lee en el escrito firmado en mayo por Ismael Moreno, del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional.

“La práctica conocida como ‘la rueda’ era habitual, estaba normalizada”, agrega el texto. Así se conoce el hecho de que varios socios de la SGAE se hicieran de oro llenando la parrilla nocturna con sus melodías. Sus defensores siempre subrayaron que, a falta de espacio en prime time, dominado por las multinacionales de la discografía, al menos la madrugada daba cabida a los pequeños músicos españoles. Pero el fallo recoge que la investigación pudo confirmar muchos de los aspectos más cuestionados: retocar mínimamente o incluso en absoluto obras de dominio público y registrarse como autor; atribuir a familiares y conocidos la autoría de otras sinfonías para no llamar en exceso la atención. “Las personas denunciadas, hasta el 2005, tenían registradas un total de 106 obras por cuya emisión recaudaron un total de 553.657,76 euros, en tanto que en el periodo 2006-2012 registran 24.981 obras y recaudan 25.736.577,07 millones de euros”, se lee.

“También se logra acreditar que éstos mantienen relaciones con responsables de diferentes cadenas televisivas, tanto públicas como privadas, en las cuales sus repertorios musicales están siendo emitidos cuando menos con algún ‘trato de favor”, continúa el auto. El fallo reconstruye cómo los implicados cedían parte de los derechos a editoriales de las propias cadenas. Y así, finalmente, todos cobraban cifras de muchos ceros. Los autores, por la retransmisión de sus piezas. Y las emisoras, como dueñas parciales de los derechos. Además, ya que la SGAE se rige por un sistema interno que otorga más votos a quien más recaude, los beneficiados por la rueda también influían en las elecciones y el gobierno de la entidad.

La investigación apuntó a un presunto fraude que podía “ascender a 100 millones entre 2006 y 2011″, según el auto de mayo. La televisión supone la principal fuente de ingresos de la SGAE. Y el dinero se reparte según el uso del catálogo de cada autor y las franjas del día. Una emisión en prime time vale más que una nocturna, pero la diferencia de porcentaje, durante años, no fue tan grande como la de audiencia. Y ahí empezó a girar la rueda. Todavía en el primer semestre de 2018, la franja nocturna recaudó el 40% de los ingresos que la SGAE obtuvo de temas interpretados en televisión.

“El trato de favor es evidente y el acaparamiento del mercado, también”, se lee en el auto de mayo. Por todo ello el Ministerio de Cultura apercibió y estuvo a punto de intervenir la SGAE; la Cisac, la organización mundial de las entidades de gestión, la expulsó durante un tiempo y el Congreso se vio obligado a legislar: ninguna franja horaria ya puede suponer más del 20% del total de los ingresos generados por la emisión en televisión. “Todo eso ha sido una cosa corrupta, en la que tú y yo nos hemos hecho ricos, cosa que no deja de ser del todo cierta, pero también se han hecho ricos otros, haciendo sus trabajos...”, comparten en una conversación telefónica intervenida y recogida por el juez dos de los socios de la SGAE que fueron investigados.

La ley ya cambió. El reglamento interno de la entidad también. La causa judicial ha terminado. Tal vez al fin la rueda caiga en el olvido. Ha quedado establecido que no fue una trama delictiva. Difícil definir qué fue. Muchas de esas sinfonías, como recuerdan los autos, se emitían de fondo en programas nocturnos de tarots y horóscopos. Puede que ahora, por lo menos, en las cartas se lea un futuro más tranquilo para la SGAE.

Babelia

Las novedades literarias analizadas por los mejores críticos en nuestro boletín semanal
Recíbelo

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Tommaso Koch
Redactor de Cultura. Se dedica a temas de cine, cómics, derechos de autor, política cultural, literatura y videojuegos, además de casos judiciales que tengan que ver con el sector artístico. Es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Roma Tre y Máster de periodismo de El País. Nació en Roma, pero hace tiempo que se considera itañol.
Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_