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Donde dije digo, digo Diego

El Código de Procedimiento Civil chileno establece que "notificada una sentencia definitiva o interlocutoria a alguna de las partes, no podrá el tribunal que la dicte alterarla o modificarla en manera alguna. Podrá, sin embargo, a solicitud de las partes aclarar los puntos oscuros o dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia o de cálculos numéricos que aparezcan de manifiesto en la misma sentencia". Esta norma (artículo 182) es una disposición común a todos los procedimientos judiciales, incluyendo, claro, el penal.La Corte Suprema de Justicia de Chile resolvió el pasado martes, día 26, modificar su resolución anterior de día 20 de diciembre mediante el recurso de una "aclaración".

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La resolución modificada decía: "Sin perjuicio de lo resuelto y procediendo esta Corte de oficio, se ordena al señor ministro instructor que tome declaración indagatoria al honorable senador Pinochet en el plazo de 20 días, se hayan o no realizado los exámenes médicos". El pasado martes, los mismos jueces ordenaron: "El señor ministro velará por que se practiquen al senador en el plazo de 20 días fijado en la resolución que se aclara los exámenes médicos decretados. (...) Transcurrido ese lapso, procederá a interrogarlo se hayan o no efectuado tales exámenes".

¿Era consciente el tribunal de cuatro miembros de lo que ordenaba el pasado día 20? En la propia resolución están las evidencias, los rastros, de que los jueces sabían lo que hacían.

Primera prueba: al reproducir en su auto del 20 de diciembre una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago de fecha 2 de noviembre pasado, los ministros de la Corte Suprema omitieron, según dejaron constancia expresa, el punto número 13. ¿Qué se decía allí? "Es resolución ejecutoriada que para el desarrollo de tal diligencia es previo el cumplimiento de los exámenes médicos mentales y neurológicos decretados en dicho proceso". Es decir, la Corte no asumió como suya esa parte de la resolución.

Segunda prueba: en el punto séptimo de la resolución del 20 de diciembre ahora modificada, al referirse al fallo del ya citado 2 de noviembre en la Corte de Apelaciones, los jueces de la Suprema recuerdan "que hubo un voto disidente que estuvo por ordenar dicha actuación judicial aun cuando se encontraran pendientes los exámenes mentales y neurológicos del imputado". En efecto, la ministra de la Corte de Apelaciones Armanda Valdovinos votó, en minoría, ordenar al juez Guzmán que tomase declaración a Pinochet antes de los exámenes médicos.

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El fallo del 20 de diciembre carecía, por otra parte, de "puntos oscuros o dudosos" que merecieran una aclaración. El meollo era si le tomaba declaración indagatoria o no a Pinochet aun cuando estuvieran pendientes los exámenes médicos. El tribunal consideró que el juez Guzmán debía hacerlo. Entonces, ¿qué ha ocurrido para modificar la decisión?

A confesión de parte casi no sería necesario presentar pruebas, porque, en su "aclaración", los tres jueces que forman la mayoría del tribunal lo dicen todo: "Atendida la diversidad de alcances que se han atribuido a la resolución , actuando de oficio la aclara: 'El señor ministro velará por que se practiquen al senador Pinochet en el plazo de 20 días fijado en la resolución que se aclara los exámenes médicos decretados".

La "diversidad de alcances" de dichas resoluciones es lo que ha llevado a modificarla. En esa diversidad habrá que incluir la decisión del juez Guzmán de tomar declaración indagatoria a Pinochet los días 27 y 28 de diciembre y su sometimiento a exámenes médicos con posterioridad. Y, quizá también, claro, la disconformidad del Ejército chileno y de su comandante en jefe, Ricardo Izurieta, que el 24 de diciembre visitó, acompañado de su esposa, al general Pinochet en su chalé de La Dehesa. Todo esto ante la próxima reunión del Cosena (Consejo de Seguridad Nacional), donde participan los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, que vigila la marcha de la situación en Chile.

Si hay una lección a extraer, es la siguiente: la declaración indagatoria del ex dictador no ha sido nunca ni es una mera formalidad o tecnicismo. Tanto el Gobierno del presidente Ricardo Lagos como las Fuerzas Armadas han fijado allí, delante mismo de la declaración de Pinochet y su posterior procesamiento, los límites de la primavera de los derechos humanos. Parece, pues, que la muralla china se erige en ese momento procesal. Y los jueces se lo saben bien.

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