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Preguntas y respuestas para entender qué está pasando con la ‘ley del solo sí es sí’

Las rebajas de penas y excarcelaciones de reos de delitos sexuales han provocado la decisión del Gobierno de tocar la parte penal de la norma y con ello, un debate con el Ministerio de Igualdad en el que aún no hay consenso

Manifestación de la huelga estudiantil feminista del 8-M de 2022, en la madrileña Puerta del Sol.Foto: JUAN BARBOSA | Vídeo: EUROPA PRESS

Las excarcelaciones y rebajas de penas a presos por delitos sexuales tras la reforma del Código Penal que conllevó la Ley de Libertad Sexual han provocado una cascada de críticas políticas y alarma social que se alargan ya dos meses y medio. La llamada ley del solo sí es sí, la norma integral más importante para este Gobierno de coalición, está quedando desdibujada por lo que el Ejecutivo ha llamado desde el primer momento “efectos indeseados”, consecuencias que no estaban en la voluntad ni del PSOE ni de Unidas Podemos (UP) cuando plantearon y tramitaron el texto.

El Ejecutivo es consciente de que lo que está ocurriendo no se puede frenar, pues los condenados pueden acogerse a la versión de ley actual ya en vigor por mucho que se modifique. Para paliar estos efectos, la decisión del presidente del Gobierno el sábado fue no esperar más y modificar la legislación para “resolver a futuro los problemas detectados”, según una nota oficial de La Moncloa ese día. Esto ha abierto una brecha entre la parte socialista y la de UP por la fórmula con la que llevar a cabo ese cambio, y está suponiendo una negociación delicada en pleno año electoral.

Aquí, las propuestas de cada partido y las claves del debate.

¿Por qué se están produciendo las rebajas y excarcelaciones?

Cuando se modificó el Código Penal para esta ley, el abuso sexual desapareció y todo se unificó en agresión. Así, se amplió la horquilla de penas para aglutinar ambos delitos, además de algunos nuevos que antes no estaban penados. Para ello, se elevaron las penas en algunos supuestos (violaciones en grupo o bajo sumisión química, por ejemplo), y se redujeron los castigos mínimos y máximos cuando no hubiese agravantes. Una vez cambiadas las penas, los presos tienen derecho a que sus casos se revisen y se les aplique la nueva ley si esta les resulta más favorable, por aplicación del principio de retroactividad favorable que tienen las normas penales, que en un Estado democrático supone un sistema garantista para los reos.

Aun así, no siempre es obligatorio bajar las penas. La Fiscalía General del Estado, el 21 de noviembre, envió una circular para marcar criterio. Se opuso a que se rebajaran las penas a los agresores sexuales cuyos castigos estén dentro de la horquilla prevista para ese delito, aunque la nueva norma permita también penas más bajas. En numerosos juzgados se ha aplicado otro criterio.

¿Cuántas reducciones y excarcelaciones se han producido?

En España hay 3.689 condenados con sentencia firma por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, según la última cifra del Poder Judicial, de 2021. Sin embargo, no hay un dato oficial que dé la foto exacta de cuántos de esos fallos se han revisado ya, y no todas las audiencias provinciales están facilitando números, por lo que no puede conocerse qué porcentaje sobre el total (ni de presos ni de revisiones) se está reduciendo. La cifra que se maneja es de alrededor de 300 rebajas de pena y casi una treintena de excarcelaciones.

Por territorios, sí hay algunos tribunales superiores de justicia que recaban y ofrecen esos datos de sus respectivas audiencias provinciales. Por ejemplo, en Madrid, con datos a 20 de enero, se habían revisado de oficio 218 causas y 148 a petición de parte, y se habían rebajado las condenas en 41 casos, un 11,2%; 86 peticiones (el 23,5%) habían sido desestimadas, se habían producido siete excarcelaciones y el resto sigue en tramitación. En el País Vasco, a esa misma fecha, los tribunales habían revisado 95 sentencias, de las cuales se había rebajado la pena en 28. En Galicia, hasta el 25 de enero, la revisión de 50 condenas había producido la reducción de 29. Y Valencia, con actualización a 18 de enero, da cifras de las rebajas (33) pero no de cuántas revisiones se han producido.

¿En qué tipo de casos hay excarcelaciones?

El Código Penal estipula que los condenados de cualquier tipo de delito tienen derecho a adaptar su pena a una nueva ley cuando les resulte favorable, y de manera retroactiva. Ahora, el rango de penas por delitos sexuales es más amplio, y los abogados de algunos condenados lo están aprovechando. Estos son dos casos:

Caso 1. Un profesor de San Sebastián de los Reyes (Madrid) fue condenado a seis años y nueve meses de prisión por abusos sexuales a sus alumnos. El mismo día que entró en vigor la nueva ley, el 7 de octubre, fue excarcelado por una rebaja de la condena: entre otros, había sido sentenciado por tres delitos de abuso sexual que ya no aparecían como tales en el Código Penal. Su pena se redujo a tan solo un año y fue puesto en libertad.

Caso 2. Un hombre fue condenado en 2020 por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años con penetración. Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado de ocho a seis años de cárcel la condena firme, gracias a la reducción de la pena mínima de esta tipología de agresión sexual.

¿Qué propone el Ministerio de Justicia?

La parte socialista del Gobierno que encarna el área de la ministra de Justicia, Pilar Llop, quiere dejar las penas como están en el tipo general y añadir una pena más alta en cada artículo, similar a la que había antes, “si la agresión se cometiere empleando violencia o intimidación”. Es decir, que el tipo general que ahora está en una horquilla de 1 a 4 años de prisión volvería a ser de 1 a 5 si hay violencia, intimidación o la víctima tiene anulada su voluntad. El de la agresión con acceso vaginal, anal o bucal pasaría de los 4 a 12 años actuales, a una franja de 6 a 12 años, como estaba antes, siempre que haya violencia. Y así sucesivamente con todos los tipos.

¿Cuál es el argumento?

Según Justicia, el análisis técnico que se ha hecho en función de las decisiones que están tomando los jueces ha reflejado que si no se hiciera nada, en los próximos meses y años habría un reguero de condenas más bajas que las que se habrían impuesto antes del cambio de la ley.

¿Qué propone el Ministerio de Igualdad?

El ministerio de Irene Montero (UP) ha hecho cuatro propuestas en el ámbito penal que no ha concretado, según dijo el lunes la secretaria de Estado, Ángela Rodríguez, “por preservar las negociaciones”. Sí hicieron un esbozo, que explicó la delegada del Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell: “Tienen que ver con la vigencia del derecho transitorio y su posible ubicación en el Título Preliminar, para que haya un marco de derecho transitorio, para que no se vuelva a poner en duda como jamás se había puesto en duda con otras reformas del Código Penal; y algún retoque de las penas mínimas que es a las que están huyendo estas sentencias”.

Lo que sí desgranan es el decálogo de medidas por el que prefieren apostar: doblar los juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer y reforzar la Fiscalía exclusiva de este ámbito para ampliar sus competencias a los delitos contra la libertad sexual; garantizar la asistencia jurídica gratuita a las víctimas y su inclusión en el Servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de la violencia de género (ATENPRO), con el incremento del número de dispositivos; el refuerzo de las unidades de valoración forense integral; y la formación especializada en violencia contra las mujeres a todo el personal de la Administración de Justicia, Interior, Educación y Sanidad.

También proponen la implementación de las ayudas a víctimas de violencias sexuales; la creación del servicio de atención psicológica y psiquiátrica especializada en violencia sexual en el Sistema Nacional de Salud para la completa recuperación de las víctimas a largo plazo; el incremento del número de agentes que el Ministerio del Interior dedica de forma exclusiva a la protección de las mujeres que sufren violencia, ampliando las competencias de las unidades especializadas a los delitos contra la libertad sexual [ahora lo hacen exclusivamente con la violencia en pareja o expareja]; y la implementación de puntos violeta en todas las dependencias e instalaciones públicas que refuercen los servicios de atención e información a las víctimas.

¿Cuál es el argumento?

Igualdad cree que tocar la parte penal de la norma no es la solución y no estaba en sus planes hacerlo. Defiende que desarrollar medidas en el ámbito judicial, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el resto de operadores que trabajan en estos procesos ayudará a “que se asiente la ley” y será “más efectivo” para “implementar” y “desarrollar la parte integral de la norma, que va a dar más herramientas a los operadores jurídicos para poder interpretarla correctamente”. Aun así, Rodríguez explicó el lunes que las medidas penales que habían propuesto, a petición expresa del presidente Sánchez, “pueden ayudar a dar menos margen interpretativo a los operadores jurídicos a futuro”.

¿Dónde se produce el choque entre Justicia e Igualdad?

Según la secretaria de Estado de Igualdad, sus propuestas penales presentadas hasta ahora han sido rechazadas por Justicia. Y para Igualdad, tal y como está redactado, el planteamiento del ministerio de Llop no es viable. Afirman que volver a introducir la violencia y la intimidación como “ejes” supondría poner el foco de nuevo en cuánto se resistió una mujer en una agresión, que aunque “no se suprima la palabra consentimiento” ni se elimine la parte del articulado que lo trata, “en la práctica sería así”.

Justicia, sin embargo, insiste en que su propuesta no toca la filosofía de la ley y la razón primera por la que se puso en marcha esta legislación, el consentimiento. El primer artículo del capítulo sobre agresiones sexuales en el Código Penal, el 178.1, que dice que “solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”, no se tocaría, y eso, insisten en Justicia, preserva el consentimiento como corazón de la norma.

¿En qué momento está el acuerdo?

Los socios de coalición llevan reuniéndose desde el 8 de diciembre para ver qué vías eran posibles para evitar el goteo de rebajas de penas y excarcelaciones. Este martes al mediodía no se conocían cambios y las posiciones, en principio, se mantienen como a última hora del lunes. Sobre el decálogo de medidas que ha propuesto el ministerio de Montero, la secretaria de Estado aseguró que había habido avances: “Las hemos ido negociando, creemos que están listas. Algunas necesitan reformas normativas, otras ser elevadas al Consejo de Ministros y otros recursos presupuestarios que también hemos estado trabajando”.

El centro del debate, de nuevo el consentimiento, está aún sin resolver y es, para Igualdad, una línea roja, aunque están dispuestas a asumir la subida de penas. En cualquier caso, ambas partes aseguran querer llegar a un acuerdo, y tanto Justicia como Igualdad están dispuestas a seguir la negociación. Aunque el lunes, el PSOE advirtió de que si no se llegaba a un consenso, irían solos a la modificación de la norma.

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