El Constitucional advierte a Torra de la responsabilidad penal de incumplir sus sentencias
El tribunal apercibe por primera vez al presidente catalán al suspender una resolución del Parlament que insistía en el objetivo de la independencia
El Tribunal Constitucional ha advertido por primera vez al presidente de la Generalitat de Cataluña, el nacionalista Quim Torra, de que puede incurrir en responsabilidades, “incluida la penal”, si incumple sus autos y sentencias. El tribunal ha apercibido al president catalán en dos providencias en las que suspende, a petición del Gobierno, diversos apartados de una resolución aprobada por el Parlamento autónomo el pasado 26 de septiembre, y en la que se insistía en el supuesto derecho de autodeterminación y en el objetivo de la independencia de Cataluña.
En ambas providencias, el Constitucional advierte a Torra, y al resto de miembros del Govern, así como a la Mesa del Parlament y al secretario de la Cámara autonómica de su “obligación” de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión” de estos apartados controvertidos de la resolución 546/XII del Parlament.
El pasado viernes, el Consejo de Ministros recurrió al Constitucional al considerar que los cuatro primeros apartados de la resolución parlamentaria 546/XII, sobre la orientación política general del Govern, y referidos a la eventual secesión catalana, contravenían la sentencia del 2 de diciembre de 2015. Esta sentencia fue la que declaró inconstitucional y nula la resolución de la anterior legislatura catalana que dio comienzo al proceso independentista que, bajo el Gobierno de Carles Puigdemont, desembocó en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y en la declaración de independencia del día 27 del mismo mes.
Al tratarse de una impugnación realizada por el Gobierno central, la suspensión de los apartados conflictivos de la resolución del Parlament es inmediata, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.2 de la Constitución. La resolución 546/XII, aprobada por el Parlament el 26 de septiembre alude en sus artículos iniciales a una pretendida cualidad de sujeto soberano del pueblo catalán y defienden la desobediencia institucional para responder a la sentencia del juicio del procés, conocida el pasado lunes.
En esa resolución ahora suspendida por el Constitucional, el Parlament atribuye al pueblo catalán el derecho de autodeterminación, exige la liberación de los CDR encarcelados por orden del juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón por supuestos delitos de terrorismo y tenencia de explosivos, y llamaba a la movilización y protesta “siempre por vías pacíficas, cívicas y democráticas” contra la sentencia condenatoria del juicio del procés.
Lesmes advierte a Torra de los “límites” del derecho a la protesta
El presidente en funciones del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ha advertido este miércoles a los dirigentes de la Generalitat de que el derecho a la protesta “tiene uso límites”. “La protesta y la crítica es legítima, sin duda”, ha afirmado Lesmes en un encuentro con periodistas tras ser preguntado por las reacciones a la sentencia del procés. “Es un acto del poder judicial que puede ser escrutado y criticado por los ciudadanos. Inclusos hacer un ejercicio legítimo de libertades, como es la de manifestación o reunión. Pero no se puede desbordar el ejercicio de esos derechos legítimos. Hay unos límites, que son las leyes y los derechos de los demás”, ha afirmado.
Lesmes no ha querido entrar en si de la actitud del Govern puede derivarse una responsabilidad penal, pero sí ha citado expresamente al presidente de la Generalitat, Quim Torra, para hablar de la responsabilidad de los responsables públicos. “Creo que los responsables públicos, empezando por el señor Torra, tienen una especial responsabilidad para que esos límites no se sobrepasen. Todo lo que exceda esos límites merece un reproche, y más si son instigados por un responsable púbico”, ha añadido el presidente del Supremo.
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