Las defensas de Forcadell y Cuixart acusan a la Fiscalía de “tergiversar” los hechos para acusarles de rebelión
La abogada de la expresidenta del Parlament sostiene que no se le juzga por lo que hizo sino por quien es
Las defensas de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y del presidente de Òmnium Jordi Cuixart han acusado este miércoles a la Fiscalía de “tergiversar” los hechos para que sus conductas durante el procés encajen en el delito de rebelión. Las abogadas Olga Arderiu (Forcadell) y Marina Roig (Cuixart) han lanzado un duro alegato contra las conclusiones finales presentadas la semana pasada por el ministerio público, que solicita para ambos una pena de 17 años de cárcel al considerarlo promotores de la rebelión. Sus estrategias de defensa han seguido líneas diferentes, pero ambas coinciden en reprochar a la Fiscalía que haya forzado los hechos para sentar en el banquillo a sus clientes. “Aquí se trata de exagerar o magnificar en todo momento la conducta de la señora Forcadell”, ha sostenido Arderiu, que considera que a la expresidenta del Parlament no se le juzga por lo que ha hecho sino por quién es.
La Fiscalía cree que Forcadell y Cuixart sostenían dos de los pilares de la rebelión: el Parlament y Òmnium, una de las dos asociaciones civiles que promovieron movilizaciones ciudadanas a favor de la independencia. Ambos han tenido sin embargo un papel secundario en la vista oral y las referencias a ellos se han limitado, salvo alguna excepción, a los días de sus interrogatorios como acusados o a las comparecencias de testigos llamados por sus defensas. Ahora, en el alegato final, sus abogados han aprovechado esta circunstancia como prueba de que su actuación en los hechos que se juzgan fue limitada y en ningún caso merecen la pena que la Fiscalía pide para ellos.
La abogada de Forcadell ha ahondado en los argumentos en los que ha basado su defensa desde el inicio de la causa y que, en la práctica, suponen vaciar de contenido la presidencia del Parlament. A Forcadell se le acusa de permitir que se tramitaran resoluciones y leyes encaminadas a la creación de un nuevo Estado, pese a las advertencias del Tribunal Constitucional, pero su defensa sostiene que la presidenta no tenía potestad para frenar debates de la Mesa. “Forcadell ha actuado respetando el reglamento del Parlament en todo momento y respetando los derechos de los parlamentarios”, ha afirmado Arderiu, que defiende también que, en cualquier caso, la presidenta de la Cámara estaba protegida por el paraguas de la inmunidad parlamentaria.
La abogada de Forcadell asegura que su papel y su voto era exactamente el mismo que el de restos de miembros de la Mesa del Parlament que también facilitaron la tramitación de resoluciones independentistas y, sin embargo, no están acusados de rebelión sino solo de desobediencia. La letrada no ha asumido que Forcadell cometiera este delito penado solo con inhabilitación, como hicieron el martes los defensores de Oriol Junqueras y Joaquim Forn, pero sí que la conducta de la expresidenta del Parlament puede encajar en este tipo penal “en el peor de los casos”.
Al margen de la actuación dentro de la Cámara, el escrito de la Fiscalía señala censura también la presencia de Forcadell en otros momentos claves del procés, como la concentración del 20 de septiembre ante la Consejería de Economía (“solo se pasó a saludar”, señaló su abogada) o llamamientos a través de las redes sociales a la movilización. La abogada sostiene que, en este punto, la Fiscalía también “exagera o magnifica” su relato para acomodar las actuaciones de Forcadell al delito de rebelión. Es lo que Arderiu ha calificado como “derecho penal de autor”: “Se le juzga por quién es y no por lo que ha hecho”.
La abogada de Cuixart no ha hablado de “derecho penal de autor”, sino de “derecho del enemigo”, un concepto que ya han utilizado otros abogados y que hace referencia a una supuesta criminalización de las conductas cometidas por rivales ideológicos. La letrada Marina Roig ha vuelto este miércoles, en su alegato final, al argumento en el que basó su primera intervención ante el tribunal: que el presidente de Òmnium está encarcelado y siendo juzgado por ejercer derechos constitucionales como el de manifestación, expresión o reunión.
La clave, según Roig, es determinar si lo que la Fiscalía llama "periodo insurreccional" (el otoño de 2017 en Cataluña) responde a un ejercicio del derecho de reunión o son hechos delictivos y la abogada defiende que la acusación “criminaliza” la movilización ciudadana para sostener su versión de la rebelión. “No hay Constitución sin democracia, democracia sin participación de los ciudadanos ni participación colectiva son las condiciones materiales que la facilite”, ha afirmado la abogada, que considera “arbitraria” la detención del presidente de Òmnium. “No se puede hacer una ponderación entre protección de la unidad de España y ejercicio de derechos fundamentales”, ha afirmado.
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