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LA OBLIGATORIEDAD DE LA Ñ EN LOS ORDENADORES

Informe de la Real Academia Española sobre la consulta relativa a la eñe

1. La letra eñe del alfabeto español es la única representación gráfica, dentro de esta lengua, de un fonema, bastante frecuente en el sistema, cuya realización es una articulación palatal nasal sonora. El fonema, existente también en otras lenguas, se representa en ellas, no por medio de un signo único, como en la nuestra, sino por un dígrafo (signo doble): gn, nh, ny. Cada una de las lenguas que disponen de este fonema tiene establecida en su sistema gráfico, desde hace siglos, una forma fija de representarlo. La lengua española usa la letra eñe de manera constante desde el siglo XV.2. El uso imprescindible del ordenador, igual que en el resto del mundo, en todos los países de lengua española, hace necesario que en ellos los teclados y las impresoras informáticos estén provistos de todos los signos gráficos propios de nuestro idioma. De otra manera, se hace inevitable quebrantar constantemente, en la escritura de textos en español, normas gráficas más fundamentales que las normas ortográficas más primarias. Se plantearía así un problema semejante al que se daría en inglés, por ejemplo, si no se pudiese disponer de una tecla para la letra eñe. Por ello es perfectamente razonable la exigencia del Gobierno español de que los equipos informáticos que se vendan en España cuenten con una tecla correspondiente a la letra eñe, así como las de otros signos característicos de nuestro sistema gráfico.

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3. Conviene recordar que determinados hispanismos del inglés se escriben en esa lengua utilizando la letra española efie. Así ocurre, por ejemplo, con la palabra vicuña, que figura en los diccionarios ingleses y norteamericanos con grafía idéntica a la española. Sería sumamente curioso que, mientras los usuarios de la lengua inglesa cuentan, en su escritura, con palabras que incluyen la letra eñe, los hispanohablantes se viesen privados, en su empleo del ordenador, de la posibilidad de escribir cualquiera de las numerosas palabras que en su idioma contienen dicha letra.

4. La pretensión de que en los ordenadores comercializados en España pueda no estar incluido el signo ñ es incongruente con la realidad de que, desde tiempo inmemorial, los teclados de estas máquinas disponen de una tecla para el signo ç, sólo útil para la escritura de lenguas cuya importancia política y demográfica, por separado o en total, no es ciertamente superior a la del español. Carece de sentido plantearse la posibilidad de suprimir (o de sustituir artificialmente, que vendría a ser lo mismo), en cualquier procedimiento de escritura, una letra de valor fonológico bien definido dentro de una lengua que es vehículo de comunicación de 300 millones de hablantes en el mundo de hoy y que, además, es una de las lenguas oficiales en todos los organismos internacionales.

5. Por consiguiente, la Real Academia Española se opone decididamente a que se levante la prohibición gubernamental de comercializar en España productos informáticos en que no se tengan en cuenta todas las características del sistema gráfico del español, y considera que cualquier práctica en otro sentido constituye un atentado grave contra la lengua oficial.

6. La Real Academia Española entiende que, si las verdaderas razones del intento de prescindir de de la letra eñe en los teclados informáticos son de índole económica, más lógico sería procurar que las máquinas ofrecieran mayor números de ventajas, incluyendo, y no excluyendo, el máximo posible de características gráficas propias de todas las lenguas que utilizan el alfabeto latino.

Madrid, 9 de mayo de 1991

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