La Junta Electoral Central estudiará el 3 de enero si inhabilita a Torra
El órgano analizará también la petición del PP y Cs para inhabilitar ya a Junqueras
La Junta Electoral Central (JEC) tiene previsto estudiar la próxima semana, en su reunión del viernes 3 de enero, los escritos que le presentaron el PP y Ciudadanos pidiendo que no se otorgue el acta de eurodiputado al presidente de ERC, Oriol Junqueras, que está en prisión cumpliendo condena por sedición y malversación. A la reunión del próximo día 3 también llegará el caso del presidente de la Generalitat, Quim Torra, condenado a inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por desobedecer las resoluciones de la JEC que le exigían mantener la neutralidad en los periodos electorales y retirar de los edificios públicos la propaganda independentista, como los lazos amarillos.
No son trámites burocráticos sino peticiones de gran calado. El PP y Ciudadanos se mantienen en la ofensiva jurídica para que ni el president Torra ni el líder de ERC tengan el menor respiro político. Así, persiguen que el primero sea inhabilitado sin esperar al recurso ante el Supremo y que Junqueras no tenga opción de salir de la cárcel. Todo ello lo estudiará la JEC el próximo viernes sin que, previsiblemente, Pedro Sánchez haya sido aún investido presidente del Gobierno.
En el mejor de los casos, ese mismo día 3 podría estar celebrándose la sesión de investidura, pero la votación definitiva no se produciría hasta el día 5. Si alguna de las dos peticiones ante la JEC —o ambas— fueran favorables a los demandantes, ERC tendría muy cuesta arriba colaborar en la investidura. Aunque esas decisiones no serían en realidad responsabilidad del Gobierno.
Tanto el PP como Ciudadanos presentaron ante la Junta Electoral Provincial de Barcelona hace días la petición para apartar inmediatamente a Torra de su cargo. Alegaban que, aunque la inhabilitación del president aún no es firme porque este la ha recurrido ante el Tribunal Supremo, existe un artículo de la ley electoral que permite retirar el acta de diputado a un parlamentario condenado por un delito contra la administración (como es el delito de desobediencia) aunque la condena no sea firme. Y que, al perder el escaño de diputado, Torra perdería automáticamente el de presidente de la Generalitat, porque para ser president hay que ser diputado. Ese argumento fue debatido intensamente en la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que finalmente lo desestimó. Ahora tiene que pronunciarse la Junta Electoral Central. Y, en todo caso, su decisión sería recurrible ante el Supremo.
En el caso de Junqueras, que se presentó candidato a las elecciones europeas el pasado 26 de mayo y fue elegido, se ha producido un choque de criterios entre el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El primero prohibió que el líder de ERC pudiera salir de prisión en junio —cuando estaba en prisión preventiva— para tomar posesión del escaño. Con ese criterio, la JEC no le expidió su acta de eurodiputado. El tribunal de Luxemburgo, sin embargo, ha concluido que Junqueras gozaba de inmunidad en aquel momento por el mero hecho de haber sido elegido en las urnas y que debía haber sido autorizado a recoger el acta de eurodiputado. El Tribunal Supremo debe decidir ahora si eso implica que debe dejar salir a Junqueras o ya no es perceptivo porque ya no está en prisión preventiva sino condenado a 13 años de cárcel por sentencia firme.
Mientras el Supremo decide eso, el PP y Ciudadanos han pedido a la JEC que comunique al Parlamento Europeo la pérdida de la condición de parlamentario de Junqueras como consecuencia de la sentencia del procés.Y, por tanto, la imposibilidad de expedirle el acta. El PP y Ciudadanos no tienen la menor duda de que Torra debe estar fuera de la institución que preside y Junqueras no puede pasar a formar parte de la Eurocámara.
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