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La Abogacía califica de “incidentes de orden público” los sucesos de Cataluña

Los servicios jurídicos del Estado optan en su escrito por el delito de sedición tras concluir que en el 'procés' no hubo violencia

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, en la sesión de control en el Senado del 2 de octubre.
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, en la sesión de control en el Senado del 2 de octubre.ZIPI (EFE)
Óscar López-Fonseca

El escrito de conclusiones provisionales presentado este viernes por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo concluye que los principales implicados en el procés cometieron delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave, pero no de rebelión como sí concluye la fiscalía. Por ello, la petición de pena que hacen los servicios jurídicos del Estado contra buena parte de los 18 encausados es sensiblemente inferior a la que ha planteado también este viernes el ministerio público. La clave es que la Abogacía no observa violencia ni en los hechos acaecidos el 20 y 21 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía de la Generalitat ni durante la jornada del referéndum ilegal del 1 de octubre o en las dos jornadas de huelga general convocadas por los independentistas el 3 de octubre y el 8 de noviembre.

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De hecho, el escrito los servicios jurídicos del Estado evita en todo momento utilizar el sustantivo "violencia" o el adjetivo "violento" para describir estos episodios, y los califica de "incidentes contra el orden público", "altercados", "tumultos" y "disturbios" en un "ambiente crispado y hostil". La fiscalía sí los considera "violentos" y, de ahí, su acusación de rebelión.

En concreto, sobre los incidentes producidos en septiembre ante la Consejería de Economía cuando la Guardia Civil procedía a registrar su sede en busca de pruebas sobre la organización del referéndum ilegal, la Abogacía del Estado habla de "movilización" o "manifestación" que terminó en unos "disturbios" que fueron "inducidos, convocados, dirigidos y queridos" por Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes, respectivamente, de las organizaciones independentistas Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural.

A los Jordis los considera los máximos responsables de que aquella concentración llegase a reunir a 60.000 personas, que se "agolpaban hasta empujar, y casi derribar, la propia puerta de entrada del edificio". La Abogacía recuerda "los importantes destrozos" que sufrieron durante los mismos varios todoterrenos de la Guardia Civil, así como otros vehículos policiales en otras dos actuaciones, entre ellas el registro de una nave de Bigues i Riells (Barcelona) en la que se localizaron las papeletas que se iban a emplear en la consulta. 

En el caso de los sucesos del 1 de octubre, el escrito detalla que los encausados hicieron un "llamamiento a la ciudadanía" para que los colegios donde se iba a celebrar la consulta ilegal fueran ocupados "con la finalidad de ofrecer resistencia a la actuación policial que había sido acordada por orden judicial". Por ello, cuando la policía acudió a estos centros a impedir la votación, "se produjeron actos de resistencia y desobediencia" que provocaron "numerosas situaciones de tensión, disturbios y enfrentamientos". Sobre las huelgas convocadas posteriormente, los días 3 de octubre y 8 de noviembre, la Abogacía se limita a referir los cortes de carreteras y de vías férreas, con el consiguiente "caos circulatorio", sin ahondar más.  

Petición de penas

Para fijar penas y responsabilidades, el escrito de la Abogacía del Estado distingue entre tres tipos de procesados. En primer lugar, sitúa a los exmiembros del Govern que jugaron “el papel de adoptar las decisiones ejecutivas necesarias” para realizar el referéndum ilegal. A seis de ellos —Junqueras, el exconsejero de Interior Joaquim Forn, el de Presidencia Jordi Turull, el de Exteriores Raül Romeva, el de Territorio Josep Rull y la de Trabajo Dolors Bassa— les acusa de sedición y malversación. Además, estos dos delitos los considera en "concurso medial", es decir, que uno no se puede producir sin el otro, lo que a efectos de pena supone también una rebaja.

De este modo, solicita para Junqueras 12 años de prisión por estos dos delitos. Para Forn, Turull, Romeva, Rull y Bassa la petición es de 11 años y medio. Al mismo tiempo, solicita la inhabilitación de todos ellos por el mismo periodo de la condena de cárcel. A otros tres antiguos miembros del Gobierno de la Generalitat encausados —los exconsejeros Meritxell Borrás (Gobernación), Carles Mundó (Justicia) y Santiago Vila (Empresa)—, la Abogacía los acusa de malversación y desobediencia grave en su condición de autoridad pública. Por ambas infracciones, pide para ellos siete años de prisión, 10 años de inhabilitación absoluta y un año y ocho meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, además de una multa.

En un segundo grupo de procesados, los servicios jurídicos del Estado sitúan a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. A ambos también los acusa de sedición, pero sin el agravante de autoridad que sí aplica a los seis anteriores, por lo que pide para ambos ocho años de cárcel y otros tantos de inhabilitación. El escrito acusa a los Jordis de haber "inducido, sostenido y dirigido" los sucesos de aquellos días en Cataluña que produjeron “actos contra decisiones judiciales legítimas y contra la actuación de autoridades o funcionarios públicos que pretendían dar cumplimiento a esas resoluciones judiciales”.

La Abogacía sitúa en el tercer grupo de responsable a los siete antiguos cargos del Parlamento catalán procesados, aunque con distintos grados de implicación. Así, para la que fuera presidenta de la Cámara autonómica Carme Forcadell solicita 10 años de prisión y otros tantos de inhabilitación al considerarla autora de un delito de sedición con el agravante de "autoridad". Para los miembros de la Mesa del Parlament Lluís María Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet, el escrito reclama multa de 10 meses e inhabilitación por un año y ocho meses por el delito de desobediencia grave.

Este mismo delito se aplica al también exintegrante de este órgano de la Cámara Joan Josep Nuet y a la dirigente de la CUP Mireia Boya, para los que pide una pena menor: ocho meses de multa y cuatro de inhabilitación. Tanto estos como los otros cuatro miembros de la Mesa del Parlament deberían "haber inadmitido a trámite y paralizado todas las propuestas contrarias al orden constitucional" que en aquellos días planteó el Govern de Carles Puigdemont. Entre ellas, la Ley del Referéndum de Autodeterminación y la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República.

En su escrito, los servicios jurídicos del Estado también hacen un detallado recuento de la cifra gastada o comprometida por parte del Govern para la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre y concluyen que esta se eleva a 1,97 millones de euros. 

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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