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Argentina reabre la vía legal para juzgar crímenes de la dictadura

La Corte Suprema resolvió ayer que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, al referirse a la causa por el asesinato del ex jefe del Ejército chileno Carlos Prats y su esposa, perpetrado en 1974 en Buenos Aires bajo instrucciones de la policía política pinochetista.

La decisión del alto tribunal señala que los delitos referidos pueden ser juzgados, aunque haya transcurrido mucho tiempo desde que fueron cometidos, y es el paso previo a la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, en las que se amparan los militares de la dictadura para evitar la acción de la Justicia.

Por otra parte, el almirante Emilio Eduardo Massera, cerebro gris de la dictadura argentina (1976-1983), es desde ayer el primer militar de aquel régimen que indemniza de su propio bolsillo a un familiar de las víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por los uniformados. Massera había hecho caso omiso a los reiterados fallos de la justicia, que, desde 1994, instó al almirante a indemnizar a Daniel Tarnopolsky, único superviviente de una familia de cinco detenidos-desaparecidos. El caso llegó hasta la Corte Suprema, pero el militar se había declarado insolvente.

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Finalmente, cuando un juez decretó el embargo de los bienes del acusado, se comprobó que Massera sólo tenía a su nombre el apartamento en Buenos Aires donde cumple arresto domiciliario por su participación en el plan sistemático de robo de hijos de desaparecidos. Cuando la subasta de la vivienda ya tenía día y hora, el 23 de septiembre próximo, el almirante decidió desembolsar los 200.000 pesos (59.523 euros) fijados por el juez. Tarnopolsky entregó inmediatamente el dinero a la organización Abuelas de Plaza de Mayo.

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