La Audiencia Nacional condena a España por su retraso en trasponer una directiva
Siete personas que no pudieron acogerse a la norma sobre multipropiedad serán indemnizadas
La Audiencia Nacional ha condenado al Estado español por no haber incorporado en plazo una directiva comunitaria. El Estado tiene que indemnizar a siete consumidores que firmaron contratos de multipropiedad en 1998. En esa fecha España tenía que haber traspuesto una directiva que regulaba esta actividad (impedía los pagos por adelantado y permitía al comprador volverse atrás en 10 días). Los consumidores no tuvieron acceso a estos derechos. La sentencia afirma que la imposibilidad de ejercer esos derechos es consecuencia directa de la tardanza del Estado.
La directiva europea sobre multipropiedad es de octubre de 1997. Además de prohibir los pagos por adelantado, permite a los consumidores retractarse 10 días después de haber firmado el contrato sin que ello les cueste dinero. Los Estados disponen de 30 meses para incorporar a su legislación los principios de la directiva, por lo que España debía haber tenido lista una ley en abril de 1997. Sin embargo, no entró en vigor hasta enero de 1999, con un año y siete meses de retraso.
En ese tiempo, los consumidores demandantes firmaron contratos de multipropiedad en España que incluían pagos por adelantado y que no pudieron recuperar cuando intentaron retractarse. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional estima que, al no haber traspuesto la directiva, la situación de los consumidores era de indefensión y que el Estado violaba el derecho comunitario.
El recurso lo presentó la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) junto con tres asociaciones europeas de consumidores. Pedía indemnizaciones para 25 consumidores de Bélgica, Francia, Italia, Holanda, Alemania, Portugal y Austria. Ninguno es español.
23.829 euros
La sentencia da la razón a los que habían firmado los contratos un año antes de presentar la queja ante el Consejo de Ministros (trámite previo a la presentación del recurso), ya que un año es el plazo máximo para reclamar. En total, el Estado debe pagarles 23.829 euros, más intereses. El Ministerio de Justicia, cuyo titular es Ángel Acebes, no puede recurrir porque la cantidad está por debajo de 150.000 euros.
El director general de la OCU, José María Múgica, informó ayer de que, si bien la cantidad no es importante, sí lo es 'la trascendencia que puede tener en el futuro'. 'Abre las puertas a futuras demandas cuando un Estado no incorpore en plazo la normativa europea que afecta a los consumidores', añadió.
La multipropiedad permite disfrutar de una propiedad durante un periodo de tiempo al año sin comprar ni alquilar. El abogado que ha llevado el caso, Hugo Chestelaini, señaló que España es el país de la UE en el que más fraude existe. Según Chestelaini, es la primera vez que un particular solicita responsabilidad patrimonial a un Estado por no incorporar una directiva a su legislación.
Desde Justicia se hace hincapié en que la condena no es por el retraso en una trasposición en sí, sino porque este retraso ocasionó un daño. 'No hay que pensar que cualquiera puede demandar sólo porque el Estado no incorpore en plazo una directiva', afirmó un portavoz. Justicia reconoció la responsabilidad del Estado, aunque aseguró que ésta era compartida con los consumidores, por lo que propuso abonar el 50% de lo adelantado. La Audiencia condena al Estado al pago íntegro.
Responsabilidad exigible
La sentencia explica que la responsabilidad es exigible cuando la norma (en esta caso, la directiva) confiera derechos a los particulares, cuando la violación esté suficientemente clara y cuando ésta se derive directamente del incumplimiento por parte del Estado. La sentencia afirma que la directiva trata de evitar situaciones como las que dieron lugar al recurso.
Chestelani, abogado de Bruselas experto en multipropiedad, explica el asunto: 'Les hacían firmar contratos y pagar adelantos después de horas de persuasión agresiva. Si luego pedían la devolución, se la negaban. Los consumidores estaban indefensos por la desidia del Gobierno'. Aseguró que, desde 1992, más de 300.000 consumidores fueron estafados, aunque muchos nunca denunciaron.
Múgica afirmó que, tras la firma, el valor de lo contratado descendía un 30%. La OCU ha puesto en marcha una página en Internet con el apoyo de la Comisión Europea para informar sobre multipropiedad (www.timesharingproblems.org).
Una ley con garantía de retraso
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), después de calificar de 'histórica' la condena de la Audiencia Nacional al Estado, afirmó que piensa actuar en un caso similar al de la multipropiedad, pero con más repercusión: la directiva sobre venta y garantía de bienes de consumo. Esta directiva es de 1999 y tenía que haber entrado en vigor el 1 de enero de 2002. La norma, que afecta a todos los bienes de consumo (desde una tostadora hasta un coche), amplía el periodo mínimo de garantía de seis meses a dos años, si el artículo es nuevo, y a un año en artículos de segunda mano. Además, permite al consumidor elegir entre la reparación y la sustitución, mientras que actualmente el consumidor debe soportar una primera reparación antes de optar por el cambio. Algo que, según la OCU, rara vez llega a producirse. La OCU espera aglutinar a gente con quejas: consumidores a los que se les haya estropeado un aparato después de los seis meses de garantía mínima y que, por tanto, no se lo reparen. 'Antes de finales de año podremos presentar un recurso similar al de la multipropiedad, esperamos que el Estado deje atrás la desidia con la que incorpora directivas que afectan a los consumidores', afirmó el secretario general de la OCU, José María Múgica. 'Los tiempos legislativos son los que son, y no se pueden apurar demasiado porque las normas se resentirían', afirmó un portavoz del Ministerio de Justicia. Aseguró que el Consejo de Ministros elaboró el 31 de mayo un anteproyecto de reforma de la ley de consumidores. Actualmente está bajo estudio en el Consejo de Estado. En septiembre, debería pasar al Consejo de Ministros; de ahí al Congreso, después al Senado y quizá de vuelta al Congreso. Aún le queda un largo camino. 'Es una norma compleja, que incluye al Ministerio de Sanidad y Consumo, a Economía, a Ciencia y Tecnología, y todos tienen que emitir dictámenes', añadió el portavoz. Reconoció que los organismos implicados en estas reclamaciones (las oficinas municipales de información al consumidor) al negociar estas quejas deberían tener en cuenta que, aunque estos aspectos no están en la letra, 'ya están en el espíritu de la norma'.
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