El Gobierno quita a los médicos de cabecera el control de las altas
EI PSOE, contra que el INSS y las mutuas suspendan una baja
La ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para 1998 contiene una disposición que permitirá a los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) expedir el alta de los trabajadores que se encuentren de baja por enfermedad a efectos eco nómicos, lo cual supone que los médicos de cabecera de la Seguridad Social pierden el control efectivo de las incapacidades temporales por enfermedad o accidente. En el caso de las empresas que hayan delegado en una mutua la gestión de las incapacidades, será el médico de la mutua, y no el de cabecera, quien decida el alta.
La disposición se encuentra en el artículo 32 de la ley, con el epígrafe "extinción del derecho al subsidio", cuyo texto dice: "Sin perjuicio de las competencias que correspondan a los Servicios Públicos de Salud, los médicos adscritos al INSS, podrán expedir el correspondiente alta médica en el proceso de incapacidad temporal, a los exclusivos efectos de las prestaciones económicas de la Seguridad Social y en los términos que reglamentariamente se establezcan".Este artículo modifica la Ley General. de la Seguridad Social, que confiere a. los médicos de cabecera el control exclusivo de las bajas y altas médicas.
El PSOE considera sumamente grave que el Gobierno otorgue potestad al órgano administrativo que gestiona económicamente los subsidios para dar el alta médica a efectos económicos, por encima del criterio estrictamente sanitario. Esta disposición abre
,además, en opinión socialista, la puerta para que los médicos de las mutuas puedan dar el alta médica en contra del criterio del médico de cabecera.
Hasta 1995 el INSS era el único órgano administrativo encargado de gestionar las prestaciones por incapacidad temporal. En una disposición de la ley de presupuestos de ese año se introdujo la posibilidad de que las empresas pudieran prescindir del INSS y ceder la gestión económica de sus bajas laborales a una mutua patronal.
Hasta ahora, las mutuas gestionan alrededor del 14% de las incapacidades laborales. La entidad gestora se limita a pagar la prestación y, con el fin de controlar el fraude, desde 1995 tiene también una función inspectora, que podía instar la revisión de un caso, pero la decisión de dar la baja o el alta médica ha seguido en manos del médico de cabecera. De prosperar la ley, a partir del 1 de enero ya no será así.
Apoyo a las mutuas
Y podrá además darse la situación de que el médico de cabecera considere que el enfermo debe continuar estando de baja, pero será el médico del INSS o de la mutua quien podrá decidir que el paciente deja de cobrar el subsidio, lo que abocará a muchos trabajadores a volver al trabajo aún sin estar en condiciones de hacerlo, a criterio del médico de cabecera. Ni siquiera hará falta que se diriman previamente las discrepancias de criterio entre uno y otro facultativo.El PSOE presentó ayer una enmienda de supresión para este artículo. El diputado Josep Corominas considera muy grave que se quite a los médicos de la red sanitaria asistencial la autoridad sobre los procesos médicos. "Y más grave todavía es que esta función pase a manos de las *mutuas patronales", expone.
El consejero de Sanidad de Cataluña, Eduard Rius, se mostró contrario a esta medida cuando hace unos meses se barajó la posibilidad de implantarla. En Cataluña existe el Centro de Revisiones y Evaluaciones Médicas, un organismo dependiente de Sanidad que ofrece su servicio tanto al INSS como a las mutuas para la revisión e inspección de las bajas temporales; pero la decisión continúa en manos del medico de cabecera.
No es éste el único aspecto que resulta polémico en la ley de acompañamiento en, materia sanitaria. El PSOE considera que se están dando desde el Gobierno constantes pasos hacia la privatización. Y cita, en apoyo de su tesis, otra disposición contenida en la ley de acompañamiento: hasta ahora los trabajadores autónomos que se daban de alta a la Seguridad Social tenían la opción de cotizar o no también por las incapacidades temporales y, si lo hacían, podían dirigirse directamente al INSS o a una mutua patronal. A partir de ahora, en cambio, si quieren asegurarse, deberán hacerlo necesariamente a través de una mutua.
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