Regulada en España la obtención y mercado de los tejidos humanos para trasplante
El suministro de piel, córneas, huesos o válvulas se hará sin fines lucrativos
En los próximos años, los trasplantes de tejidos (córneas, huesos, válvulas cardiacas, piel, células precursoras de la sangre o vasos sanguíneos, entre otros) van a constituir nada menos que el 50% de toda la actividad quirúrgica. Garantizar su seguridad y evitar que se haga negocio con los mismos es el objetivo M Real Decreto que hoy aprueba el Consejo de Ministros. Los bancos de tejidos se homologan a los de sangre, en el sentido de no podrán actuar con ánimo de lucro. La normativa permitirá la importación sólo de aquellos tejidos en los que haya déficit en España.
La regulación del uso y obtención de los tejidos humanos tiene un desarrollo desigual en las legislaciones europeas, más preocupadas hasta ahora por los trasplantes de órganos. Sin embargo esta actividad crece paralela a los avances científicos que permiten reconstruir una mandíbula, tras el cáncer, o la piel de un quemado, cultivando la suya propia.Como muestra de esta actividad, el año pasado se realizaron en España 1.983 trasplantes de córnea; se distribuyeron 112.611 centímetros cuadrados de piel para centros de quemados; se prepararon 65 injertos vasculares (trozos de venas o arterias) y 173 válvulas cardiacas, y se operaron más de 4.000 pacientes con tejidos óseos y cartilaginosos.
La fuente es el donante altruísta, al igual que el de órganos, y el procesador, un banco de tejidos que puede ser de dos clases: los de los propios hospitales o los más especializados, dependientes de los Centros Nacionales de Transfusiones, como es el caso de Asturias, Cataluña o Valencia.
Los centros funcionan sin ánimo de lucro, modalidad que el nuevo Real decreto consagra, ante la posible especulación que puede surgir de un arsenal terapéutico en expansión. La distribución será coordinada desde la Organización Nacional de Trasplantes y las Administraciones competentes. El objetivo que se persigue en España es la autosuficiencia, igual que en sangre. No obstante, la ley permitirá la importación de aquellos productos en los que haya déficit y también la exportación de excedentes.
La seguridad en la obtención de los tejidos es un aspecto importante de la normativa, que contempla la exigencia del historial clínico del donante fallecido para asegurar que no es portador de alguna enfermedad que pudiera transmitirse a los receptores. En el caso de la médula ósea o los precursores de células sanguíneas obtenidos de la circulación periférica, se regulan las características que deben tener los centros donde se vayan a realizar los trasplantes. Casi todos los grandes hospitales españoles están acreditados para autotrasplante de médula (del propio paciente), pero sólo 10 reúnen hoy los requisitos para efectuar los que proceden de donantes familiares o no emparentados.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Sobre la firma
Archivado En
- MSyC
- ONT
- Donación órganos
- V Legislatura España
- Donaciones sangre
- Legislación sanitaria
- Sangre
- Transfusiones sangre
- Trasplantes
- Gobierno de España
- PSOE
- Cirugía
- Tratamiento médico
- Legislaturas políticas
- Ministerios
- Partidos políticos
- Anatomía
- Gobierno
- Legislación
- Medicina
- Sanidad
- Administración Estado
- Justicia
- Administración pública