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Mejoras en la financiacion pública

Felix Lobo

El articulista señala que cincuenta años después de que se estableciera en España el sistema de financiación indiscriminada de los medicamentos, conviene establecer sistemas más matizados. Los pacientes pueden estar tranquilos con la reciente reforma, agrega, ya que ninguna enfermedad relevante se quedará sin medicamentos pagados, en su mayor parte, por el Sistema Nacional de Salud.

El Real Decreto que reforma la financiación de los medicamentos ha sido aprobado el viernes 22. Con él se desarrolla la nueva financiación preferencial o selectiva de los medicamentos, que estableció ya la Ley General de Sanidad en 1986 y reiteró la Ley del Medicamento de 1989. Se acaba así con la antigua, carísima, perversa y hoy insólita en Europa financiación indiscriminada, que pretendía pagar todo para todos, un objetivo irracional que- ya sólo los tontos o los aprovechateguis, que decimos en San Sebastián, defienden, y que no apoya, sino que pone en riesgo de quiebra al Estado del bienestar. El Real Decreto será beneficioso para los pacientes, la industria farmacéutica y la economía española en general. Hablamos de 581.000 millones gastados en 1992 en medicamentos.Prioridades

No todos los medicamentos son igualmente necesarios. Algunos merecen el calificativo de prioritarios, por ser seguros, eficaces y de calidad y atender patologías importantes o graves. La Organización Mundial de la Salud les llama "medicamentos esenciales". En el otro extremo del espectro encontramos medicamentos que, por paliar molestias menores, pueden considerarse no tan necesarios. También está claro que cuanto más baratos sean los medicamentos mayor podrá ser su cobertura pública.

Hoy se admite universalmente que el Estado debe ayudar a los médicos, haciendo una selección primaria de los medicamentos y sometiendo su cornercialización a autorización previa, bajo criterios sanitarios de seguridad, eficacia ' calidad e información correcta. Como no todos los medicamentos son igualmente necesarios, los servicios de salud han de crear además un mecanismo para seleccionar los medicamentos a sufragar con cargo a los fondos públicos que administran, nunca ¡imitados y siempre susceptibles de empleos alternativos. La solución más interesante es la financiación preferencial relacionándola con prioridad sanitaria de los medicamentos. Surgen así sistemas más rígidos en los que la financiación pública se restringe a los medicamentos enumerados en una lista, y sistemas más flexibles, como el nuevo nuestro, en los que se pagan todas las especialidades. farmacéuticas comercializadas, a excepción de las expresamente excluidas. Estas soluciones suelen combinarse con un mecanismo de cofinanciación, por el que se exige al paciente una contribución. En uno y otro caso coexisten medicamentos financiados con fondos públicos y medicamentos no financiados con fondos públicos. Tal situación es perfectamente racional en los Estados de bienestar con economía de mercado, y hoy se da en todos los países del mundo, menos el nuestro. El médico ejercita en interés del paciente su libertad de prescripción, eligiendo para el tratamiento cualquiera de los medicamentos autorizados, y la financiación con fondos públicos, siempre escasos, se orienta, como en el caso de otros bienes de provisión pública, a los prioritarios, en los que la relación de eficiencia es superior.

La financiación preferencial de medicamentos con fondos públicos tiene ventajas:

- Orienta los incentivos económicos hacia el uso racional de los medicamentos más necesarios.

- Puede liberar recursos utilizables para otros objetivos, como la atención primaria a la salud y mejoras salariales para los profesionales.

- Descarga al Ministerio de Sanidad de preocupaciones económicas al valorar técnicamente si un medicamento debe o no comercializarse.

- Encauza la estrategia de las empresas, de investigación y comercial, hacia los productos más progresivos.

- Estimula la eficacia de las empresas, al no tener garantizada financiación pública para cualquier producto que comercialicen.

La posibilidad contemplada en el Real Decreto de no incluir o excluir de la prestación farmacéutica una especialidad farmacéutica porque su precio o cos to-tratamiento sea superior a otra igual (formulada con igual composición y forma farmacéutica) o equivalente (tanto por su utilidad terapéutica como por sus efectos secundarios), tal y como. ordenan las leyes de Sanidad y del Medicamento, es su innovación más trascendental. De su ejercicio puede derivar mayor competencia en el mercado, precios más bajos y menor gasto. Da más capacidad de negociación al Ministerio, indispensable desde que en octubre pasado entró en vigor en España la patente de producto para medicamentos, que ha reforzado extraordinariamente la capacidad negociadora de la empresa titular de la patente, que, por definición, es un monopolista. Patente y más competencia serán beneficiosas para la innovación.

Las demás modificaciones que introduce el Decreto son:

- Exclusión de la prestación de una relación de medicamentos para síntomas menores.

- Actualización de la aportación y de los grupos terapéuticos indicados para enfermos crónicos.

La primera medida no debe preocupar a nadie. Los productos excluidos son poco importantes, baratos y algunos ya tiene marcas a la venta como especialidades publicitarias, que no está pagando el Sistema Nacional de Salud.

Enfermos crónicos

La regulación de los medicamentos para enfermos crónicos se ha mejorado y modernizado, cambiando y argumentando los grupos terapéuticos favorecidos con una contribución inferior a la normal. Sí tendrán que pagar un poco más que ante ' s, pues se ha elevado el límite máximo de su contribución, que era de 50 pesetas, y no cambiaba desde 1965, hasta 400 pesetas. Dado que el precio medio de estas especialidades es de 1.500 pesetas, la contribución media del beneficiario no excederá de 150 pesetas. A mí esta elevación es un punto que me parece discutible, aunque poco, porque es pequeña. El cuadro adjunto resume los efectos de estas dos novedades.

El sistema de financiación

indiscriminada establecido en

la España pobre de finales de

los años cincuenta pudo entonces tener justificación, y logró luego, en los años sesenta, poner los medicamentos al alcance de todos. Cuarenta años des pués las cosas han cambiado mucho y conviene establecer sistemas más matizados. La Comunidad Europea considera que el sistema de financiación selectiva es no sólo compatible con su derecho, sino el sistema normal, y lo ha regulado en una directiva,de 1989.

Es de destacar que la industria farmacéutica española haya aceptado, en líneas generales, el nuevo sistema y sólo esté discutiendo, como es lógico, algunos detalles. Puede estar tranquila. Tendemos a gastar más en medicamentos y en asistencia sanitaria cuando nuestra renta es mayor. La financiación pública fácil era indispensable para el crecimiento de la industria en un país pobre hace cuarenta años. Hoy, en un país que ya pertenece al club de los ricos y cuya renta seguirá aumentando, la industria tiene asegurado su futuro y el de su investigación, aunque la financiación sea selectiva.

Los pacientes pueden estar tranquilos también. Las leyes de Sanidad y del Medicamento garantizan que ninguna enfermedad relevante se quedará sin medicamentos pagados, en su mayor parte, por el- Sistema Nacional de Salud. Pero no tienen por qué ser los más caros si hay una alternativa más barata' El Real Decreto es, pues, más y mejor Estado de bienestar.

es catedrático de la Universidad Carlos III y autor del libro Medicamentos: política y economía.

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