El concejal barcelonés Antoni Comas, procesado junto a cuatro personas por retención de impuestos en Seix Barral
El Juzgado de Instrucción número 2 de Sant Feliu de Llobregat ha dictado auto de procesamiento, por un presunto delito de apropiación indebida contra cinco miembros del consejo de administración de la empresa Industrias Gráficas Seix Barral Hermanos, S A, entre los que se encuentra Antoni Comas i Baldellou, concejal de Convergència i Unió en el Ayuntamiento de Barcelona. Según el auto de procesamiento, el delito podría haberse cometido al no haber ingresado en Hacienda las cuotas del I. R. P. F. descontadas a los trabajadores de la empresa entre los años 1978 y 1981.
El pasado lunes, 13 de junio, la magistrado Margarita Robles Fernández, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Sant Feliu de Llobregat dictó auto de procesamiento contra María Rosa Seix Perernau, Alejandro Argullós Marimón, Juan Seix Salvat, Antoni Comas Baldellou y José Martín Coll, por un presunto delito de apropiación indebida contemplado en el artículo 535 del Código Penal. El auto decreta la libertad provisional de todos los procesados, sin ningún tipo de fianza, pero señala que deben depositar conjuntamente 50 millones de pesetas para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse del caso.En el auto de procesamiento se explican las razones de este procesamiento y se asegura que la presunta apropiación indebida podría haberse cometido entre 1978 y 1981, al descontar la empresa cerca de 45 millones de pesetas de los salarios de los trabajadores en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y no haberlo ingresado en la Delegación de Hacienda.
En el escrito de la magistrado se hace especial referencia al procesado Antoni Comas i Baldellou, del que se dice textualmente que tuvo una participación y gestión efectiva en la sociedad, en calidad de consejero, únicamente hasta julio de 1979, a pesar de que su dimisión se aceptara e inscribiese con posterioridad. Según se deduce de la lectura de este párrafo, la presunta responsabilidad de Antoni Comas en la comisión de este delito sólo afectaría a la supuesta apropiación de 9.512.170 pesetas, que es la que corresponde a 1978. Comas, actualmente director gerente de Plaza & Janés, declaró a este periódico que en el recurso que presentará demostrará que abandonó su cargo en Seix Barral en el mes de febrero de 1978.
Hombre fuerte de Pujol
El procesamiento de Antoni Comas, uno de los seis hombres fuertes del partido de Jordi Pujol, llega en un momento crucial de su carrera política y cuando se barajaba su nombre, junto con los de Xavier Bigatá y Albert Vilalta, para ocupar el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat.Antoni Comas i Baldellou es licenciado en Económicas y fue presidente del Gremio de Editores de Cataluña. Hasta octubre de 1981 fue teniente de alcalde del Ayuntamiento de Barcelona, ocupando el área de Hacienda. Como hombre fuerte de CiU fue portavoz de la oposición municipal en la anterior legislatura y en las elecciones municipales de mayo obtuvo el cuarto puesto de la lista de la coalición. A finales de mayo fue sustituido por Miquel Roca Junyent como delegado del secretario general de Convergència Democrática de Catalunya, Jordi Pujol, cargo que ocupó en los dos últimos años.
El procesamiento de Antoni Comas ha coincidido con el epílogo del escándalo de Renta Catalana, en el que aparecen vinculados otros dos nombres importantes de Convergència i Unió, Josep Maria Trias de Bes y Joaquím Molins, cuyo eventual procesamiento dependería del Tribunal Supremo.
Una larga querella
El procedimiento judicial en el que se ven inmersos Antoni Comas y estos otros cuatro miembros del consejo de administración de Industrias Gráficas Seix Barral Hermanos, se inició el pasado 21 de febrero, cuando 180 trabajadores de la empresa presentaron una querella ante el Juzgado de Sant Feliu de Llobregat, por los presuntos delitos de atentado contra la libertad y seguridad en el trabajo, alzamiento de bienes y apropiación indebida.Con esta acción judicial, según los trabajadores, se intentaba poner freno a una situación de deterioro económico y gerencial de la citada empresa, que se había originado en los últimos años y que cristalizó en el expediente de crisis y de suspensión de pagos presentado en los últimos meses de 1982. Aseguraban los trabajadores en el escrito de querella que a partir del 27 de noviembre de 1982, fecha de presentación de la suspensión de pagos, la empresa "fue prácticamente abandonada por la gerencia en cuanto a la gestión comercial y mercantil, dejándola totalmente a la inercia de la misma". El 27 de diciembre de 1982 se produjo el cierre de la empresa y el paulatino desmantelamiento de la misma. En el mes de febrero de 1983 los responsables de la empresa presentaron oficialmente la petición de cierre.
A pesar de esta situación, según se desprende de la información que los trabajadores facilitaron a la administración de Justicia, los empleados continuaron gestionando la firma y conservando sus puestos de trabajo. En este contexto surgió la querella que fue admitida a trámite en el Juzgado de Sant Feliu y a raíz de la cual se tomó declaración a cerca de veinte personas. Estas investigaciones judiciales han desembocado con el auto de procesamiento.
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