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Un grave precedente parlamentario

( ... ) La moción socialista, sorprendentemente apoyada en principio por Coalición Democrática, contiene una reprobación de la actuación, en el asunto del triste mente célebre aceite, de cinco ministros. Y así, de entrada, se origina una extraordinaria confusión en un debate desarrollado para clarificar, porque el concepto de reprobaclón y su limitación a algu nos ministros no tiene un encaje claro en los artículos aplicables de la Constitución ...Según el artículo 108, "el Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados". Nada más añade este artículo. Carece, por tanto, de sentido -de sentido constitucional- reprobar a parte del Gobierno sin reprobarlo en su totalidad. Pero también, a tenor de la Constitución, según lo que dispone el artículo 113, cuando el Congreso de los Diputados quiere exigir responsabilidad política al Gobierno debe utilizar la vía de la moción de censura. Y como esta moción de censura no ha sido ni siquiera propuesta, ¿qué sentido tiene ese nuevo concepto de la reprobación parcial del Gobierno? ¿Qué validez puede serle reconocida? ¿Cómo tramitarlo sin iniciar un anómalo proceso de invención o de modificación irregular de la Constitución? ( ... )

, 18 de septiembre

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