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Un juez de California da la razón al Thyssen en el caso del cuadro robado por los nazis

El juez considera que España adquirió la obra de Pissarro de buena fe dentro de la colección, pero añade que tiene la "responsabilidad moral" de devolver el cuadro

Pablo Ximénez de Sandoval
El cuadro de Pissarro, en el Museo Thyssen de Madrid.
El cuadro de Pissarro, en el Museo Thyssen de Madrid. AP

Un juez de Los Ángeles dio la razón este lunes al museo Thyssen-Bornemisza de Madrid y declaró que es el propietario legal de un cuadro de Camille Pissarro en disputa desde hace casi dos décadas. El juez considera que los demandantes, los descendientes de la familia judía de París que se vio obligada a entregar el cuadro a los nazis, no han conseguido probar que el barón Thyssen o el Estado español compraran la obra de mala fe a sabiendas de que era robada. El juez, sin embargo, tiene palabras muy duras para España, a la que recrimina eludir su “compromiso moral” de devolver el cuadro.

El impresionista francés Camille Pissarro pintó Rue Saint-Honoré, dans l'après-midi. Effet de pluie (Calle de San Honore, por la tarde, con efecto de lluvia) en 1897. La familia Cassirer lo adquirió poco después. En 1939, Lilly Cassirer Neubauer se vio obligada a entregar el cuadro a un marchante nazi en una venta forzada antes de escapar de Alemania. El cuadro fue confiscado después por la Gestapo y en los años 40, después de la guerra, entró en el circuito del coleccionismo privado. La familia le perdió la pista y lo creía destruido.

En 1976, el barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza, uno de los mayores coleccionistas de arte del mundo, se lo encontró en una galería de Nueva York y lo compró por 300.000 dólares (266.802 euros). No hay pruebas de que investigara el origen del cuadro. Finalmente, el cuadro pasó a ser propiedad del Estado español en 1993, con la compra de la colección completa del barón, que se expone en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid. El barón falleció en 2002.

Los herederos de Lilly Cassirer, que viven en California, se dieron cuenta de la existencia del cuadro en 2001, un cuarto de siglo de que lo comprara el barón Thyssen y después de una década expuesto en Madrid. Una primera petición para su devolución fue rechazada, la familia acudió a la justicia y el caso llegó hasta la Corte de Apelaciones de San Francisco. La Corte declaró que la compra del cuadro por parte de España había sido legal, pero dejó abierto un ángulo de la historia: si el barón Thyssen sabía o no, cuando compró el cuadro, que era arte expoliado por los nazis.

“Este tribunal falla que el barón no sabía a ciencia cierta que el cuadro era robado”, concluye el juez federal John Walter de la corte de Los Ángeles. El juez reconoce que el cuadro tenía “señales de alarma” que deberían haber levantado las sospechas del barón, lo cual era el centro de la argumentación de los demandantes. El cuadro tenía restos de etiquetas arrancadas, una señal habitual en el arte robado por los nazis para borrar los orígenes de las obras. En una de esas etiquetas se lee parcialmente el nombre de la calle de la galería Cassirer en París. Además, el barón, uno de los mayores coleccionistas de arte del mundo, debía tener suficiente contexto sobre la historia del cuadro como para haber investigado su origen al comprarlo.

Estos argumentos “se quedan muy cortos a la hora de demostrar que el barón tenía conocimiento real, es decir, que estaba seguro de que el cuadro había sido robado o de que había una alta probabilidad de que lo fuera”, concluye el juez. Al descartar esa posibilidad, el juez descarta también que la supuesta responsabilidad del barón se pueda trasladar al Estado español. La compra del cuadro como parte de la colección Thyssen fue legal y España, hizo las investigaciones necesarias y además en aquel momento no había ningún reclamo sobre el cuadro.

El juez, sin embargo, no deja aquí su argumento en la decisión conocida este lunes por la noche en Los Ángeles, mañana del martes en España. El juez recuerda que España es firmante de los Principios de Washington, una declaración de 1998 en la que los países firmantes se comprometen a devolver el arte expoliado por los nazis a sus legítimos dueños originales. “Estos principios no obligatorios apelan a la conciencia moral de las naciones participantes”. En 2009, un total de 46 países incluyendo España se reafirmaron en estos principios en la Declaración de Terezin.

“El rechazo de la Fundación Thyssen-Bornemisza a devolver el cuadro a los Cassirer incumple los Principios de Washington y la Declaración de Terezin”, afirma el juez californiano. “Sin embargo, el tribunal no tiene más alternativa que aplicar la ley española y no puede obligar al Reino de España o a la Fundación Thyssen a cumplir estos compromisos morales”.

"Las conclusiones son demoledoras", declaró a EL PAÍS por teléfono desde Madrid el abogado Bernardo Cremades, que representaba en este caso a la Federación de Comunidades Judías de España, presente en el juicio como amigo de la corte. "Dice que es inmoral lo que están haciendo y que deberían cumplir los compromisos internacionales que han firmado".

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Sobre la firma

Pablo Ximénez de Sandoval
Es editorialista de la sección de Opinión. Trabaja en EL PAÍS desde el año 2000 y ha desarrollado su carrera en Nacional e Internacional. En 2014, inauguró la corresponsalía en Los Ángeles, California, que ocupó hasta diciembre de 2020. Es de Madrid y es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense.

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