El Supremo fija que las familias numerosas especiales lo sigan siendo mientras uno de los hijos viva en casa
El Alto Tribunal resuelve el caso de una familia a la que la Junta de Andalucía rebajó de categoría cuando el hermano mayor cumplió 25 años
Las familias numerosas de categoría especial lo seguirán siendo mientas uno de los hijos cumpla las condiciones de edad, convivencia y dependencia de los padres que exige la ley. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo que resuelve el caso de una familia con cuatro hijos, uno de ellos menor de edad y con un grado de discapacidad del 33%, a la que la Junta de Andalucía había rebajado el título de "categoría especial" a "categoría general" cuando el hijo mayor cumplió 25 años. Este fallo podría beneficiar a las 18.520 familias numerosas de categoría especial con hijos discapacitados que hay actualmente en España, según datos del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía como el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 7 de Sevilla anularon la resolución administrativa de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta que rebaja la categoría de la familia porque "podría resultar discriminatorio para los hermanos menores del núcleo familiar".
La Junta de Andalucía decidió interponer un recurso de casación ante la Sala Tercera del Supremo, que ahora lo rechaza. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Segundo Menéndez Pérez, establece cómo debe interpretarse el artículo 6 de la Ley de Protección a las Familias Numerosas. Según este apartado de la legislación, el título se mantiene aunque el número de hijos que cumplen las condiciones para formar parte del mismo sea inferior al concepto de familia numerosa. El Supremo aclara con este fallo que también debe respetarse la categoría.
Los magistrados argumentan en el fallo que privar de la categoría especial a una familia cuando uno de los hijos cumple 25 años supondría una discriminación para los hijos menores que generaron para la familia el derecho al título de "numerosa". Además, los jueces explican en la sentencia que con este fallo refuerzan la reforma de la Ley de Protección a las Familias Numerosas de 2015, que pretendía "acomodarse a la situación efectiva de las familias".
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