La Junta Electoral multa a Torra por vulnerar la neutralidad electoral
El órgano impone 5.500 euros en sanciones al 'president' por una carta y una declaración institucional en Sant Jordi
Los múltiples avisos que dio la administración electoral al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, se están empezando a traducir en sanciones. La Junta Electoral Central (JEC) ha impuesto dos multas al president por dos escritos realizados el día de Sant Jordi en los que quebrantó el principio de neutralidad que los poderes públicos deben respetar durante el proceso electoral. El primero era una carta dirigida a los trabajadores de la administración autónoma con motivo de la festividad regional, mientras que el segundo fue un discurso institucional realizado el mismo día. Torra deberá pagar 2.500 y 3.000 euros de multa respectivamente por cada una de las infracciones.
Según fuentes de la JEC, el contenido de ambos escritos sobrepasa la institucionalidad con referencias a la situación política y penal de políticos independentistas encarcelados. Además, los textos sobrepasan también la representatividad que Torra debe respetar como presidente de todos los catalanes, informan fuentes parlamentarias.
El pasado mes de abril, la JEC aceptó los recursos que presentaron Ciudadanos y PSC contra el contenido de la carta enviada por Sant Jordi. La Junta pidió en ese momento a Torra que se abstuviese en el futuro "de realizar actos similares que supongan un uso partidista de la institución pública", además de dar luz verde en ese momento el expediente sancionador que ha concluido con la imposición de estas dos multas.
Por su parte, el presidente de la Generalitat ha dicho que recurrirá, pero que no piensa pagar la multa para ser “coherente” con el discurso de defensa de la libertad, informa Camilo S. Baquero. Para Torra la JEC es “un órgano censor” y se reafirma en que la aplicación del artículo 155 de la Constitución fue “nefasto” y que “en España hay presos políticos”. “Por cada derecho negado, volveremos a ejercerlo”, ha subrayado.
La JEC multa a TV3 por emitir un documental del procés en la campaña del 28-A
La Junta Electoral Central (JEC) ha multado con 1.200 euros a TV3 por incumplir la Ley electoral con la emisión del documental Un proceso dentro del 'procés' durante la campaña de las elecciones de 28 de abril, que, según el organismo, transmite un "mensaje legitimador de la causa separatista". Con esta resolución, la JEC ha dado la razón a Ciudadanos, que recurrió una resolución de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que había desestimado en un primer momento la denuncia del partido.
Para la formación de Albert Rivera, el documental vulnera los principios de "pluralismo político y social, así como la igualdad, la proporcionalidad y la neutralidad informativa" en periodo electoral. Además de transmitir un mensaje que legitima el independentismo, la JEC entiende que el documental, emitido el 9 de abril en el programa "Sense ficció" de TV3, ofrece "una imagen de victimización de un sector de la sociedad catalana" y genera un "desequilibrio" entre las distintas opciones políticas.
El organismo cree que con su emisión se vulneró concretamente el artículo 66.1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que protege la neutralidad informativa de los medios públicos en periodo electoral. La resolución cita diversos fragmentos del documental en los que se entrevista a familiares de los políticos independentistas presos, lo que otorga una "eficacia publicitaria" con capacidad para "quebrantar los principios de proporcionalidad y neutralidad" que debería seguir el medio público. La JEC insta también a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) a "extremar el cuidado" para no vulnerar en el futuro los principios recogidos en la ley electoral.
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