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Batet traslada al Supremo la responsabilidad de suspender a los presos

La Fiscalía pide al alto tribunal que ordene a la Mesa que aparte ya a los diputados del 'procés'

Meritxell Batet, en la rueda de prensa este miércoles. En vídeo, declaraciones de Meritxell Batet, presidenta del Congreso.Vídeo: EFE / QUALITY

El debate sobre quién y cómo debe tomar la decisión de suspender a los cinco parlamentarios encausados por el 'procés' que están en prisión preventiva ha provocado un insólito intercambio de mensajes a tres bandas entre distintos poderes del Estado: entre el Congreso y el Tribunal Supremo, por un lado; y por otro, dentro del propio tribunal entre sus magistrados y la Fiscalía. La presidenta del Congreso, la socialista Meritxell Batet, no tiene dudas: "La función jurisdiccional corresponde al poder judicial y es el que ha determinado hasta ahora". Así fijó su criterio este miércoles Batet en su primera comparecencia ante la prensa. Y añadió: "El Tribunal Supremo es el competente para determinar las consecuencias de las conductas de quien está juzgando".

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La presidenta del Congreso ha confirmado este miércoles que ayer mismo, en su primera actuación tras asumir el cargo, envió un escrito al Tribunal Supremo reclamándole que "informara a la Cámara de las consecuencias de la aplicación de la ley procesal" sobre los cuatro diputados que se encuentran en prisión preventiva por un presunto delito de rebelión: Oriol Junqueras, de ERC, y Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez, de Junts per Catalunya. Batet ha subrayado que, aunque la Mesa del Congreso debatirá mañana jueves sobre la cuestión, la responsabilidad de tomar una decisión es "en exclusiva" del Supremo. Devuelve así la patata caliente al alto tribunal, que la semana pasada deslizó en un auto a la Cámara baja que la suspensión debería dictarla el legislativo en aplicación de su reglamento.

Batet indicó que había cursado esa carta para pedir más instrucciones al Supremo pese a conocer el auto de la semana pasada en el que dicho tribunal ya marcaba la pauta a seguir para la posible suspensión de los parlamentarios electos presos porque entiende que aquel escrito era solo para la sesión constituyente, pero no para "toda la legislatura".

La presidenta del Congreso ha anunciado que ha convocado para mañana jueves a las 12.30 a la Mesa precisamente para debatir con los demás miembros cuál debe ser ahora su próxima actuación. La presidenta de la Cámara no ha querido adelantar si mañana va a pedir un informe a los letrados del Congreso sobre el fondo de esta discrepancia precisamente porque lo quiere discutir con los demás componentes de este órgano. Algunos miembros de la Mesa, como es el caso de Ciudadanos, que tiene dos representantes de los nueve que forman ese órgano, han mostrado su extrañeza por la decisión personal de Batet de dirigirse al Supremo sin consultárselo antes. La presidenta, por su parte, ha respondido que esa acción de "interesarse por la situación de diputados de la Cámara" forma parte de sus atribuciones exclusivas.

Junts per Cataluña pide "presunción de inocencia"

A.D./J. C., Madrid

Junts per Cataluña ha enviado un escrito a la presidenta del Congreso para que, en virtud del artículo 12 del Reglamento de la Cámara, defienda la presunción de inocencia de los parlamentarios presos y electos que están siendo juzgados en el Tribunal Supremo y aún no han sido condenados. Esgrimen el artículo 4.1 de una directiva del Parlamento y el Consejo Europeo que demanda a los Estados protección sobre cualquier sospechoso o acusado del que no se haya probado su culpabilidad. Y reproducen recientes descalificaciones de dirigentes del PP, Ciudadanos y Vox que prueban que eso no se está cumpliendo en este caso.

La presidenta del Congreso realizó estas manifestaciones tras volver de su primera entrevista oficial con el rey Felipe VI, al que comunicó la constitución de las Cortes. Batet aclaró que tendrá una nueva cita con el monarca la semana que viene para ver si se puede empezar la ronda de contactos para la investidura del próximo presidente.

A su vez, la Fiscalía ha pedido este miércoles al Supremo que ordene a las Cortes suspender de forma “inmediata” a los dirigentes independentistas recluidos. En un escrito registrado en el alto tribunal, la Fiscalía considera que el Congreso debe aplicar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que prevé la suspensión de funciones de los cargos públicos procesados por rebelión que estén en prisión preventiva. Argumenta el ministerio público que este precepto es de “obligado cumplimiento” y el Supremo debe comunicarlo así a las Cámaras para que suspenda a Junqueras,  Turull,  Rull y Sànchez, que obtuvieron escaño en el Congreso, y a Raül Romeva (ERC), senador.

El precedente de Llarena

La petición de la Fiscalía llega después de que el tribunal que juzga el procés hubiese optado por dejar que sean el Congreso y el Senado quienes suspendan a los presos con un mecanismo legal diferente al propuesto por el ministerio público: aplicando el artículo 21 del Reglamento de la Cámara en lugar de la Lecrim. El Supremo se había planteado también la aplicación del artículo 384 bis de la Lecrim, el mismo que se usó en su día para suspender a los líderes independentistas en el Parlament de Cataluña. Pero la Sala decidió finalmente desistir de esa vía al entender que podía generar cierta “controversia”, según fuentes del tribunal. Las dudas se basaban en que el 384 bis de la Lecrim establece la suspensión de una persona “que estuviere ostentando función o cargo público” cuando se dicte contra ella auto de procesamiento firme por el delito de rebelión y se haya decretado además la prisión preventiva. En este caso, los líderes del procés han sido elegidos parlamentarios casi un año después de ser procesados, por lo que el Supremo alberga dudas sobre que se les pueda aplicar la Lecrim para suspenderlos ahora de esos nuevos cargos. Fueron esas reticencias las que llevaron al tribunal a traspasar la decisión al Congreso y sugerirle que la suspensión se haga efectiva a través del Reglamento de la Cámara. 

La Fiscalía no comparte esta interpretación y cree que el artículo 384 bis de la Lecrim es también aplicable a los nuevos parlamentarios. En el escrito registrado en el alto tribunal, el ministerio público pide al Supremo que inste a la Mesa del Congreso a adoptar “las medidas necesarias” para dar “plena efectividad” a este precepto legal. "El artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece una previsión normativa de obligado cumplimiento (artículo 9 de la Constitución Española) si concurren —como es el caso de autos— las dos condiciones que en el mismo se incluyen: auto de procesamiento firme por delito de rebelión o de terrorismo y situación de prisión preventiva. Para la efectividad y cumplimiento de la citada previsión legal, ambas Cámaras parlamentarias deben proceder a la ejecución sin más trámites que la medida de suspensión en el ejercicio de sus funciones", señala la Fiscalía.

El escrito del ministerio público cita el precedente de la suspensión cautelar de los diputados por el Parlament ordenada por el juez Pablo Llarena, instructor de la causa contra los líderes independentistas en el Supremo, cuando en julio pasado cerró el sumario y confirmó el procesamiento por rebelión. La Fiscalía hace suyos los argumentos que entonces usó Llarena. Según este, la justicia debía suspender a los parlamentarios como "medida cautelar de naturaleza pública y extraordinaria" con el objetivo de "preservar el orden constitucional impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad cuando concurren además en ellos los elementos que justifican constitucionalmente su privación de libertad”.

El Supremo deberá estudiar ahora si, como pide la Fiscalía, se dirige a las Cámaras para ordenar que suspendan a los parlamentarios en aplicación de la Lecrim o si, por el contrario, sigue apostando por que la decisión la tomen el Congreso y el Senado aplicando sus reglamentos. El escrito de la Fiscalía ni siquiera cita las normas internas de las dos Cámaras en las que el Supremo, según las fuentes consultadas, creía que debía ampararse la suspensión.

En el caso del Congreso el mecanismo legal apuntado por el alto tribunal es el artículo 21 del Reglamento, que prevé la suspensión de los parlamentarios que se encuentren en prisión preventiva. Pero este precepto plantea un problema, según fuentes de la Fiscalía: el Reglamento del Congreso contempla la suspensión de diputados presos una vez “concedido” por la Cámara el suplicatorio, es decir, la autorización previa para actuar judicialmente contra un miembro de la Cámara. Y, en este caso, el Congreso ni ha entrado a considerar ese suplicatorio porque el propio Supremo ha rechazado que tenga que pedirlo dado que el procesamiento de los líderes independentistas es anterior a su elección como parlamentarios.

En el caso del Senado, que sería el competente para actuar contra Raül Romeva, la aplicación del reglamento interno no garantiza la suspensión automática porque la norma de la Cámara alta establece que esta se puede someter a votación y requiere una mayoría absoluta del pleno.

 

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