Sentenciar sobre lenguas
La aplicación del 25% de castellano en las aulas catalanas no excluye la reforma de un modelo lingüístico ya desfasado
Las escuelas catalanas afrontan un cambio sustancial de su régimen lingüístico por la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para que se ejecute de forma inmediata la sentencia que obliga a impartir en castellano al menos un 25% de las clases en todos los ciclos. Hasta ahora la Generalitat ha ignorado los requerimientos judiciales en este sentido —el primero data de 2014— y solo en contados casos se han aplicado porcentajes de escolarización en castellano a petición de algunas familias.
La resolución judicial dictada el pasado lunes llega después de que la Generalitat no haya ejecutado voluntariamente la sentencia del Tribunal Superior de 2020 que obligaba a fijar el porcentaje del 25%. Los jueces señalan la inacción de la Generalitat como motivo para exigir la aplicación de la sentencia sin más demora: “Las iniciativas desplegadas por la Generalitat no tienen un resultado concreto que se proyecte, por ahora, en la actividad de los centros escolares”, dice la resolución. La puntualización temporal no es accesoria: hasta ahora la Generalitat, como denuncian incluso algunos de sus asesores lingüísticos, se ha limitado a aplazar las decisiones sin afrontar dos compromisos ineludibles: el primero, acatar las resoluciones judiciales y, el segundo, solucionar los problemas de la escuela. Sigue sin abordar el necesario debate para actualizar un sistema de inmersión lingüística en catalán que dio buenos resultados durante lustros pero que ha quedado desfasado por los cambios sociales, demográficos e incluso tecnológicos. Demasiados cambios como para que un modelo concebido hace 40 años siga operando con efectividad en 2022. La actualización del modelo pareció ser la reacción de la Generalitat a la sentencia del tribunal catalán, de enero pasado, al promover una nueva ley lingüística apoyada de forma transversal por independentistas, socialistas y comunes. En ella se explicitaba por primera vez que el castellano es también lengua docente en Cataluña (como es práctica efectiva y común en la realidad escolar). La propuesta era un paso adelante para reconciliar ley y realidad y dejaba al criterio de cada centro docente su aplicación concreta, dadas las hondas diferencias sociolingüísticas de Cataluña. No puede aplicarse el mismo criterio en áreas mayoritariamente castellanohablantes que en las que tienen el catalán como lengua principal. El dominio equivalente de ambos idiomas, residan donde residan los alumnos, ha de ser el objetivo prioritario a través de un sistema flexible que ni excluya ni discrimine a nadie. Pero ese buen deseo ha quedado en nada tras la retirada súbita del acuerdo por parte de Junts per Catalunya, que ha hecho prevalecer el sectarismo excluyente por encima de la voluntad ampliamente mayoritaria de compartir dos lenguas en la escuela y fuera de la escuela.
El necesario cumplimiento de las sentencias judiciales no puede ocultar la necesidad de que sean los expertos de la docencia y no los jueces quienes fijen los criterios básicos en las aulas. La fijación de un porcentaje en un idioma u otro por parte de los jueces supone un fracaso de la política, que en Cataluña ha estado secuestrada por el debate de la independencia sin afrontar con racionalidad aspectos sensibles como el de la lengua. Alguna vez habrá que preguntarse por el efecto negativo para el catalán que ha tenido el papel de los medios de comunicación de la Generalitat (en catalán) para la propagación de la independencia y el efecto de rechazo que en algunos sectores haya podido producir contra la lengua, que no tiene la culpa de nada y es mero instrumento de comunicación y pensamiento. Toca cumplir las sentencias, pero también hay que reformular la legislación para que el catalán deje de ser instrumentalizado políticamente en cualquier sentido.
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