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La justicia ordena al Govern que ejecute en dos semanas la sentencia del 25% de castellano

El tribunal exige a la Alta Inspección del Estado que “verifique” su cumplimiento, pero concede al Govern “libertad” para elegir cómo hacerlo

Matemáticas
Alumnos de la Escuela Primaria Ramon Llull, en Barcelona, durante las pruebas de competencias básicas en 2016.Massimiliano Minocri

La sentencia que obliga a impartir al menos un 25% de clases en castellano en el sistema educativo en Cataluña debe cumplirse ya. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado al Gobierno catalán que ejecute la resolución de forma “inmediata” ―en un máximo de dos semanas― para que sea una realidad en todos los centros educativos. El tribunal ha admitido la petición de la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB), que había instado la ejecución forzosa de la sentencia al juzgar insuficientes los anuncios de la Generalitat ―como la reforma de la Ley de Política Lingüística― para acatarla sin necesidad de fijar porcentajes. Los magistrados coinciden en que, por ahora, el Govern de Pere Aragonès no la ha cumplido.

La resolución judicial ha desencadenado una catarata de reacciones. El consejero de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, ha avanzado que la Generalitat presentará recurso de casación ante lo que considera “una aberración de los tribunales”. Gonzàlez-Cambray, muy cuestionado por la comunidad docente, ha replicado que, por lo pronto, las escuelas no deben introducir cambios en su modelo lingüístico y afirma que se “dará cobertura jurídica” y “asesoramiento” a los directores y maestros para que sigan aplicando un modelo ajeno a los “porcentajes”. Cambray volvió a cargar contra los tribunales, asegurando que “se están extralimitando en sus funciones”, especialmente en lo que se refiere a fijar ese polémico porcentaje del 25%. “El aprendizaje de las lenguas no va de porcentajes, va de pedagogía”, resaltó. El president Pere Aragonès reaccionó afirmando que el Govern seguirá “defensando y potenciando la escuela en catalán”. En la misma línea que su consejero ratificó que se protegerá “a los directores de los centros educativos del país para defender un modelo que ha demostrado ser pedagógicamente eficaz y socialmente integrador”. Por su parte, la consejera de universidades, Gemma Geis, criticó el mandato del TSJC y apuntó que “los jueces tienen que hacer justicia, no política”. Geis afirmó que “el catalán es objeto de agresión, no el castellano”.

La orden dada por el TSJC ha puesto el foco sobre Junts per Catalunya, que en marzo se descolgó súbitamente de un pacto consensuado con Esquerra, PSC y En Comú Podem para reformar la Ley de Política Lingüística, un acuerdo que pretendía dar mayor presencia al castellano en las escuelas de Cataluña pero que evitaba fijar porcentajes. Este lunes, la portavoz de ERC, Marta Vilalta, apremió a Junts a aparcar sus “disputas internas” y a volver al acuerdo, alegando que es una herramienta “esencial” para proteger la inmersión en la escuela. Jéssica Albiach, presidenta del grupo parlamentario de los Comunes, exigió “activar ya el acuerdo del Parlament para proteger a las escuelas de las injerencias judiciales”.

El tribunal da un máximo de 15 días al consejero de Educación para que “dicte las instrucciones y establezca las garantías de control” necesarias de forma que “todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en un caso y el otro”. La Generalitat, por tanto, puede establecer los porcentajes que desee ―respetando ese límite mínimo― tal como marca la Constitución y como recuerda la resolución dictada este mismo lunes. El escrito añade que el Govern debe incluir al menos una asignatura o materia troncal en castellano.

Para garantizar que se cumple lo ordenado, los magistrados han establecido medidas de control. El Departamento de Educación deberá informarles sobre el grado de cumplimiento de las medidas que impulse. Pero, además, la Alta Inspección Educativa, dependiente del Estado, ha sido comisionada para que “verifique el cumplimiento” de la sentencia en las aulas catalanas.

Este extremo se intuye de difícil aplicación, ya que según el Ministerio de Educación, “la Alta Inspección del Estado no puede entrar en los colegios porque no tiene competencia” y, además, en Cataluña solo hay dos inspectores de este cuerpo. En este sentido, fuentes ministeriales aclaran que las funciones de la Alta Inspección se limitan a “comprobar que la normativa básica estatal se aplica en las comunidades” y que “la normativa que aprueben las autonomías esté acorde con la estatal”. Asimismo, estas mismas fuentes aseguran que todavía no han recibido la resolución judicial y que próximamente harán llegar al tribunal un escrito “con lo que se puede hacer desde el ministerio”.

La resolución da cierto margen de maniobra al Govern, siempre que respete esa barrera del 25%. Los jueces recuerdan que la sentencia dictada en diciembre de 2020 ―que el Tribunal Supremo declaró firme en enero de este año― “reconoce la libertad de la Generalitat para determinar, con libertad de apreciación, los medios oportunos” para garantizar el uso vehicular del castellano y el catalán. “Lo determinante en la sentencia”, especifican los magistrados, “no es el medio, sino el resultado”. La condena de hace dos años, recuerdan, procede por la “inactividad” a la hora de dictar instrucciones o normas para garantizar la enseñanza en ambos idiomas. Y “se limita a determinar el mínimo constitucionalmente exigible en este ámbito”.

El 25 de marzo expiró el plazo de dos meses para que la Generalitat ejecutara la sentencia de forma voluntaria. El Govern presentó ante el TSJC una batería de medidas que, bajo su criterio, garantizaban que se daría cumplimiento a la resolución. La primera es la reforma de la Ley de Política Lingüística, con consenso político, para “actualizar la garantía de consecución de las competencias” en ambos idiomas por parte de los alumnos, aunque se encuentra encallada en el Parlament por el bloqueo de Junts. La segunda es un nuevo decreto para rediseñar el modelo de escuela catalana, aunque Cambray este lunes continuó sin dar más detalles sobre el mismo ni poner fecha a su aprobación. Y la tercera, la realización de un estudio para conocer el nivel de catalán de las aulas. “No tenemos suficiente catalán en las aulas actualmente”, terció Cambray, quien aseguró, que tras el despliegue de estas nuevas normativas “en los próximos años habrá más catalán en las escuelas”.

Ninguna de esas medidas han supuesto el cumplimiento del mandato judicial, como dejan muy claro los magistrados en su resolución. “Se constata una situación de inejecución de la sentencia (...) Las iniciativas desplegadas por la Generalitat no tienen un resultado concreto que se proyecte, por ahora, en la actividad de los centros escolares”. Recuerdan que, al mencionar un mínimo del 25%, la sentencia establece una obligación “de resultado” que ha de ser “efectiva a inmediata”. Como se trata de “emitir unas instrucciones de servicio”, el tribunal considera que es un trámite sin una “particular complejidad”. De ahí el escaso margen temporal que ofrece ahora al Govern: un máximo de 15 días.

La Abogacía del Estado, la única parte presente en el procedimiento, había solicitado al TSJC que no ejecutara de forma forzosa la sentencia hasta que se analizara el “grado de cumplimiento” que suponían las medidas anunciadas por la Generalitat. El órgano del Estado no se opuso, sin embargo, a la legitimidad de la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB) para solicitar la ejecución forzosa, como así ha ocurrido. El tribunal rechaza los planteamientos de la Abogacía y da la razón a la AEB, que recordó en su escrito que el consejero Cambray había manifestado públicamente su intención de no acatar la sentencia del 25% de castellano en defensa del modelo de inmersión lingüística en Cataluña.

El tribunal ha rechazado la legitimidad de unos diputados de Vox en el Parlament que también instaron la ejecución del fallo. La resolución cuenta con el voto particular de dos de los cinco magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJC. Los dos magistrados ―Eduard Paricio y María Fernanda Navarro― discrepan sobre asuntos formales (la legitimación de padres de alumnos para personarse en el procedimiento) y no sobre el fondo de la cuestión.

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