El Tribunal de Justicia de la ONU falla que Colombia vulneró derechos de Nicaragua en el mar Caribe
La corte ya resolvió en 2012 un litigio sobre límites marítimos entre ambos países, y determina ahora que Bogotá debe dejar de interferir en aguas de la zona económica exclusiva de Managua
El Tribunal Internacional de Justicia de Naciones Unidas (TIJ) ha dictaminado este jueves que Colombia violó la soberanía de Nicaragua al permitir, por un lado, la pesca en las aguas del mar Caribe que esta corte reconoce como parte de la zona económica exclusiva de Nicaragua. Por otro, por interferir con las actividades de investigación científica y pesquera de los barcos con bandera o licencia nicaragüense en dicho espacio. En 2012, los jueces de la ONU declararon los derechos soberanos de Nicaragua sobre casi 75.000 kilómetros cuadrados de océano que, según Colombia, le pertenecían. Ahora, han decidido que Bogotá debe “cesar inmediatamente” con su conducta.
La resolución añade que “no se ajusta al derecho internacional consuetudinario [de usos y costumbres]” el decreto de la presidencia colombiana de 2013 que establece un espacio marítimo llamado zona contigua, sobre el que puede ejercer ciertos derechos soberanos, y que se superpone en parte con la zona económica atribuida a Nicaragua por el TIJ en 2012. La actual decisión judicial se enmarca en el caso sobre las supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe, que enfrenta a ambos países desde hace años. No cambia, sin embargo, sus mapas, como sucedió en 2012. Entonces, los jueces mantuvieron la soberanía de Colombia en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, pero el país considera que “perdió” cerca de 75.000 kilómetros cuadrados de zona económica exclusiva marítima rica en recursos naturales en favor de Nicaragua.
El fallo actual indica asimismo que no se ha demostrado que Nicaragua haya violado los derechos artesanales de pesca de la comunidad raizal del archipiélago, como había alegado el gobierno de Bogotá. Se trata de un grupo étnico de raíces africanas, europeas y caribeñas, que faena en la zona económica exclusiva de Nicaragua (un máximo de 200 millas náuticas desde la costa del Estado en cuestión). Pero los jueces sí concluyen que un decreto nicaragüense sobre delimitación de sus espacios marítimos viola el derecho internacional al atribuirse zonas que no le corresponden. “Este tipo de diferendos marítimos son muy sensibles para los Estados, aunque este fallo se reduce a una zona limitada. Las actividades y decisiones colombianas invocadas por Nicaragua no eran una contestación general a la sentencia de 2012 del TIJ, al tratarse sobre todo de incidentes entre barcos patrulleros y pesqueros nicaragüenses en un área marítima determinada. Pero habrá que esperar a la reacción de Colombia”, dice, al teléfono, Asier Garrido Muñoz, experto en Derecho de la Organizaciones Internacionales.
El equipo jurídico de Colombia se mostró satisfecho, y consideró que el resultado era positivo a pesar de que incluyó lo que calificó como “un pequeño regaño” por algunas operaciones de la armada. El agente de Colombia ante el TIJ, Carlos Gustavo Arrieta, interpretó que el fallo logra lo esencial para su país, que era “mantener la libertad de navegación en la zona y la presencia de la armada, mantener la integralidad del archipiélago, y reconocer a la comunidad raizal para que pudiera pescar en la zona”, según señaló a la salida del tribunal. El presidente Iván Duque se sumó a esa primera mirada optimista y declaró desde San Andrés que “la corte reconoció el derecho de Colombia a navegar libremente en el área para luchar contra los delitos transnacionales y el narcotráfico”, informa Santiago Torrado desde Bogotá.
El núcleo del litigio se remonta a 2001. Ese año, Nicaragua presentó una demanda ante el TIJ reclamando la soberanía del archipiélago colombiano y sobre varias islas y cayos, unos territorios insulares de poca altura. Managua pidió a su vez que la corte estableciese una frontera marítima única entre las costas continentales de ambos países. En 2007, se reconoció la soberanía colombiana sobre el archipiélago y dio comienzo el estudio del fondo del caso. Cinco años después, los jueces confirmaron primero la soberanía colombiana también sobre los 7 cayos reclamados por Nicaragua en las mismas aguas. Son estos: Alburquerque, Sureste, Rocador, Serranilla, Bajo Nuevo, Quitasueño, Serrana. A continuación, trazaron los límites en el Caribe ampliando la plataforma continental de Nicaragua, a expensas de Colombia.
El Gobierno de Bogotá rechazó de inmediato dicha demarcación, y su presidente en ese momento, Juan Manuel Santos (2010-2018), adujo que para fijar nuevos límites marítimos era preciso redactar un tratado al respecto. Subrayó también que la corte “se salió del ámbito cobijado por el Tratado Esguerra-Bárcenas (1930) declarado válido y vigente por ella misma, al extender la línea divisoria del agua al norte y el sur del archipiélago”. Las decisiones del TIJ son vinculantes, pero Santos sostuvo que el derecho interno colombiano le impedía cumplirla en este caso. Dijo lo siguiente: “Se acata, pero no se aplica”. El Gobierno nicaragüense señaló que no se podía aceptar solo la parte de fallo considerada conveniente, y el hecho de apelar a un nuevo tratado era “una excusa para incumplir” el parecer de los jueces. Con la decisión judicial, Nicaragua tenía acceso a la pesca, así como al gas o petróleo que pudiese extraerse en la zona.
Concluía así, en 2012, esta disputa territorial en el mar, pero en 2013 Nicaragua acusó a Colombia de violar varias zonas marítimas trazadas por los jueces el año anterior. La parte colombiana insistió en que sí había respetado ese fallo, y aunque a veces sus barcos navegaban en la zona de aguas en disputa, se hacía de acuerdo con las leyes internacionales. En respuesta, demandó a su vez a Nicaragua alegando que esta había violado derechos de pesca del pueblo raizal, y había extendido ilegalmente sus espacios marítimos reconocidos por la corte. Nicaragua, por su parte, pidió en otra demanda que se delimite la frontera entre ambos países en el Caribe más allá de las 200 millas náuticas (no se hizo en 2012), y dicho asunto sigue pendiente ante el TIJ.
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