Los amnistiables de las protestas del ‘procés’: “En lo personal, me importa más bien poco”
Unas 200 personas inmersas en causas penales por delitos contra el orden público podrían beneficiarse de la medida, aunque colectivos y abogados creen que la cifra “se queda corta”
Participar en una protesta contra la sentencia del procés puede costarle a Oleksandr S. muy caro. Este joven de Arenys de Mar (Barcelona) fue condenado el pasado miércoles a siete años y medio de cárcel, la más alta de todas las causas abiertas por las movilizaciones, por haber arrojado un petardo a dos policías durante los disturbios en la plaza de Urquinaona el 18 de octubre de 2019. El caso de este joven de origen ucranio es singular. Pero tanto él como los otros dos jóvenes (Francesc y Erik) que en verano le acompañaron en el banquillo por desórdenes, atentado a la autoridad y lesiones serán, previsiblemente, beneficiados por la ley de amnistía. Los tres negaron los hechos y Francesc denunció haber sido golpeado por los agentes durante la detención.
El Gobierno calcula que, además de 73 policías y guardias civiles que reprimieron las votaciones el 1 de octubre de 2017, un total de 309 independentistas quedarán bajo el paraguas de la amnistía. De éstos, algo más de un centenar corresponde a políticos o cargos públicos involucrados en la organización de las consultas del 9-N y del 1-O. El resto, unos 200, son manifestantes o activistas inmersos en causas penales por haber cometido, durante las protestas, algún tipo de delito contra el orden público. Aquí se incluyen, en teoría (todo dependerá en última instancia de la interpretación de los jueces) los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo en el caso Judas, o un número indeterminado de personas que sustentó las movilizaciones de Tsunami Democràtic, incluida la ocupación del aeropuerto de El Prat. No hay, al contrario de lo que dijo la vicepresidenta en funciones Yolanda Díaz cuando defendió que la amnistía estaba pensada para la “gente común”, “directores que abrieron las escuelas” el 1-O para votar y que sufren por ello consecuencias judiciales.
Muchos archivos y absoluciones
Los abogados y organizaciones que defienden a estas personas consideran que la cifra que maneja el ejecutivo de Pedro Sánchez se queda corta. La mayor parte de asuntos tiene al menos cuatro años de antigüedad, pues el grueso de las protestas se produjo a partir de octubre de 2019, coincidiendo con la sentencia del Tribunal Supremo. En este tiempo, “muchos casos se han archivado” por falta de indicios y otros tantos, también una cifra relevante, “han culminado en absolución”, explica Martí Majoral, portavoz de Alerta Solidària, un colectivo antirrepresivo que defiende a muchos de estos jóvenes y que está haciendo un repaso exhaustivo de casos. También ha habido condenas, pero hasta ahora han sido menores: penas de cárcel inferiores a los dos años de cárcel y penas de multa ya extinguidas.
“Pero también hay muchas causas de mayor enjundia, más complejas, que siguen vivas”, subraya Majoral, quien lamenta que la amnistía es “muy restrictiva” y puede dejar fuera actos de protesta que no están directamente vinculados al procés, pero sí íntimamente relacionados. “Por ejemplo, las protestas contra el Rey, o contra el fascismo”, incide. A ese lamento se suma Òmnium, que celebra la “conquista” de la amnistía pero pide que se enmiende “alguna ambigüedad” en el redactado y se restrinja “el margen interpretativo de los jueces”.
Casos en la frontera
Uno de esos casos en la frontera es el de Marcel Vivet, un activista de la izquierda independentista de Badalona que fue procesado y condenado por desórdenes y atentado a un mosso d’esquadra durante una protesta contra el sindicato Jusapol y contra la violencia policial en Barcelona. Marcel fue condenado inicialmente a más de cinco años de cárcel, aunque el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la rebajó a año y medio y la dejó en suspenso con la condición de que no volviera a delinquir. Vivet admite que su caso tal vez no queda expresamente recogido en la proposición de ley, pero pide una interpretación amplia. “No es la amnistía total o la más interesante que se podría haber presentado. Si existiese buena voluntad, mi caso tendría que entrar. Pero esperar buena voluntad de este Estado es ser demasiado inocentes”, reflexiona Vivet, que es profesor en un instituto de secundaria.
Vivet admite que, si finalmente queda al abrigo de la amnistía, obtendrá algunas ventajas: se cancelarán sus antecedentes penales y eludirá aún más el riesgo de ingresar en prisión en caso de un nuevo encontronazo con la justicia. Su familia y su entorno le preguntan qué pasará. Él se encoge de hombros y le resta importancia al asunto. “Sinceramente, a nivel personal me importa más bien poco esta amnistía. Lo que me preocupa es que sirva para ejercer el derecho de autodeterminación que nos arrebataron”, dice Vivet. Militante de Poble Lliure, de la CUP y de otras organizaciones de la izquierda independentistas. critica que el Estado “aproveche la amnistía para perdonar a sus policías”, en alusión a los 73 agentes investigados por lesiones (y en algunos casos por torturas) por su actuación en el referéndum del 1-O.
Aunque la prioridad siempre fue salvar a los cargos políticos, ERC y Junts procuraron desde el principio que la ley de amnistía no dejara tirados a los ciudadanos que les dieron su apoyo durante la aventura secesionista. Estos constituyen, al final, el grueso de los posibles beneficiados. Los delitos cometidos durante las protestas del procés quedan expresamente recogidos en la proposición de ley. Se mencionan ya en la exposición de motivos, que cubren dos ámbitos. Por un lado, “las acciones de protestas para permitir la celebración” del referéndum, o sea los enfrentamientos con la policía el 1-O a la puerta de los colegios. Por el otro, las protestas para “mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables”, cuyo máximo exponente fue la semana de disturbios que, en octubre de 2019, dejó escenas de gran violencia en el centro de Barcelona. “Tal como está redactada, abarca la totalidad de las sentencias postsentencia, también las más icónicas de plaza Urquinaona. Habrá que analizar caso por caso, se presentarán escritos y los jueces tendrán que dictar el sobreseimiento o, si se ha llegado a juicio, la absolución”, reflexiona Xavier Muñoz, abogado que defiende a algunos de los procesados. En el articulado, la ley de amnistía desarrolla esa idea y menciona los delitos amparados: desobediencia, desórdenes públicos, atentado a la autoridad, resistencia y “otros actos contra el orden y la paz pública”.
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