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Juicio del procés
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Cualquier violencia no vale para la rebelión

¿Quién ganó aquel otoño? ¿La democracia española o el unilateralismo secesionista? No todo vale para poner grilletes a esta errante peña desnortada

El fiscal Javier Zaragoza, durante su exposición este martes en el juicio del 'procés'. En vídeo, el resumen de los alegatos de la Fiscalía.Vídeo: TRIBUNAL SUPREMO / EFE | epv
Xavier Vidal-Folch

Costó. Pero en las postrimerías de la vista oral, la Fiscalía se puso las pilas. Y descremó algunos relatos ingenuos de las defensas.

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El otoño levantisco de 2017 no fue una romería plagada de sonrisas, juegos infantiles y chocolatadas. De “golpe de Estado”, lo calificó, enfático, Javier Zaragoza, con años de retraso sobre lo apuntado por columnistas y profesores. Se apoyó en una cita archiconocida del gran teórico liberal del derecho, Hans Kelsen, relativa a la ruptura del orden constitucional y su sustitución por otro, mediante vías ilegales.

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Fuese golpe de Estado, o al Estado, o desde el Estado, o 4.O, o tentativa subversiva o cambio de tortilla, la cosa no fue una broma: suprimió de golpe, tras un viscoso procés, la Constitución. Y derogó el Estatut, que, ay, no realzan estas acusaciones.

Por fin, los fiscales también se centraron en los casos de violencia real (La Ràpita, Dosrius, Barcelona...), aunque sin conceder que fueron, sobre todo, reactivos a la acción policial del 1-O.

Documentaron con eficacia los llamamientos a participar en el referéndum ilegal de —seleccionados—, consellers. Y adornaron su deficiente escrito de conclusiones con novedades afloradas en la vista: proliferaron indicios de malversación, pero los serios afectan a dos conselleries, Presidència (Jordi Turull) y Exteriors (Raül Romeva). Poco más.

Otra cosa es que incurrieran en asimetrías flagrantes. Dijeron creer las acusaciones de la cúpula de los Mossos contra el Govern. Pero despreciaron el alegato de que sus Pautas de actuación (29/9/2017) seguían el mandato judicial de mantener “la convivencia ciudadana”. Y ni siquiera recordaron que cumplían al milímetro el del secretario de Estado de Interior del Gobierno Rajoy: priorizar la seguridad (evitar daños a personas) sobre la eficacia (impedir la votación ilegal).

Y sobre todo, no pudieron culminar su intento de demostrar sin género de dudas que la violencia callejera fuese “adecuada”, “idónea”, “suficiente”, para cometer el delito de rebelión.

El fiscal Jaime Moreno recurrió incluso a un supuesto “juicio de inferencia”, deductivo, sin flagrancia, ni prueba ninguna, para sospechar de que el cogollo del Govern ante el 1-O había informado al resto de consellers de la advertencia formulada por los Mossos de que habría violencia.

Atención, el Tribunal Supremo coge con papel de fumar ese tipo de valoraciones que hilan sospechas: son muy susceptibles de ser corregidas en casación (STS, 15/6/2012).

Moreno se curó en salud de lo que será la clave de las mejores defensas. Sistematizó, por vez primera, la acusación de la violencia, en cinco puntos. Pespunteó bien que existió.

Pero no encajó con su colega Fidel Cadena: afirmó que hubo nexo causal entre violencia y finalidad separatista; pero Cadena dio por hecha la rebelión ya el 7 de septiembre. ¡Y hasta el 19 y el 20 no hubo incidentes callejeros!

Y se autodeslució pugnando por demostrar que la violencia fue herramienta clave y prevista de la rebelión: su mejor aporte en esto fue flojo, unas declaraciones del vicepresidente Oriol Junqueras, según las que, “si votamos caerá Mariano Rajoy”.

Y sostuvo que esa violencia fue suficiente, porque al ser ya la Generalitat poder, “no necesitaban centros de poder”, sino solo “cortar amarras” con España. El instructor Pablo Llarena le mejoraba en su auto de procesamiento. Exigió el requisito de una “idoneidad”, “residenciada en que la fuerza tenga intensidad suficiente como para ser apta a doblegar la voluntad de aquel contra quien se dirige” (21/3/2018).

¿Quién ganó aquel otoño? ¿La democracia española o el unilateralismo secesionista? No todo vale para poner grilletes a esta errante peña desnortada.

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