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VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

El fiscal general insta a detener a los que eludan el alejamiento

Los agresores pueden ver suspendido el régimen de visitas a sus hijos

El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ha dirigido una instrucción a todos los fiscales en la que les recuerda que deben instar o acordar la inmediata detención de los maltratadores que infrinjan la orden de alejamiento. En su primera instrucción a los fiscales, Conde-Pumpido subraya que la fiscalía quiere hacer de la violencia doméstica "una de sus preocupaciones prioritarias".

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Según el fiscal del Estado, está fuera de dudas que en los delitos relacionados con la violencia doméstica la víctima se convierte en "la inerme destinataria de una agresión que, en la mayoría de los casos, tiene naturaleza pluriofensiva". Por ello, Conde-Pumpido recuerda que en lo que resulte aplicable, deberán adaptarse las ayudas públicas las víctimas de delitos dolosos violentos y contra la libertad sexual a cualquier denuncia por hechos de esa naturaleza.

Conde-Pumpido significa a los fiscales que la denuncia por un hecho violento en el seno familiar es algo más que la simple transmisión de la noticia de un hecho criminal. "La experiencia demuestra que, en no pocos casos, la mujer que acude a unas dependencia policiales, al juzgado de guardia o a cualquier oficina del Ministerio Fiscal está denunciando un hecho delictivo, pero al propio tiempo está exteriorizando su confianza en que los mecanismos jurídicos de protección van a funcionar adecuadamente".

Por ello considera "indispensable" que lo fiscales "aseguren su presencia en la declaración judicial de la víctima". La presencia de los fiscales debe imponerse al margen de la modalidad del procedimiento y el fiscal habrá de contemplar la primera declaración de la víctima como una "privilegiada fuente de conocimiento" para pedir las medidas de protección necesarias. Por eso, los datos del atestado policial o de la denuncia no deben representar para el fiscal "una burocrática toma de contacto" con los documentos que describan los futuros riesgos para la integridad de la víctima.

Conde-Pumpido recuerda que los delitos relacionados con la violencia doméstica afectan también a los hijos menores de edad por lo que también cabe contemplar las medidas de naturaleza civil como atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinar el régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos, régimen e prestación de alimentos y cualquier otra disposición que se considere oportuna a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios.

El fiscal general llama la atención sobre la necesidad de instar de los tribunales medidas dirigidas a la suspensión, "en los casos más graves", del régimen de visitas establecido a favor del agresor. Sin embargo, esa medida no debería revestir "un carácter indiscriminado y de aplicación automática", sino que debe ser "de aplicación reservada para aquellos casos cuya gravedad o especial naturaleza así lo aconsejen".

El quebrantamiento de las medidas cautelares por el denunciado o la vulneración de las órdenes de alejamiento obliga al fiscal a instar "la inmediata detención del infractor y su puesta a disposición judicial como posible autor de un delito de quebrantamiento de medidas". En la reforma que entrará en vigor en octubre, la actual pena de multa se sustituirá por la pena de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 90 a 180 días.

El fiscal del Estado señala que no se trata de propugnar siempre la más intensa de las restricciones a la libertad personal ni mantener esa medida hasta el juicio oral, sino debe acomodarse la gravedad de la respuesta a la de la situación.

El fiscal Cándido Conde-Pumpido.
El fiscal Cándido Conde-Pumpido.ULY MARTÍN

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