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Medio Ambiente abrió 97 expedientes por actuaciones ilegales en los ríos en 2002

La Dirección de Aguas impuso 38 sanciones por vertidos contaminantes

El Gobierno vasco abrió el pasado año 97 expedientes sancionadores por actuaciones ilegales junto a los ríos, que son mayoritariamente obras de infraestructuras y vertidos tóxicos. Esta cifra supone un 10% más que el pasado año y un 25% en relación a 2000. La Dirección de Aguas del Ejecutivo sólo ha archivado seis casos, "todos ellos por obras o captaciones de agua sin permiso". Por vertidos ilegales se impusieron 38 sanciones.

Los ríos vascos siguen siendo uno de los ecosistemas más castigados en el País Vasco, pese a que las actuaciones en materia de canalización de las redes de saneamiento y depuración de aguas residuales están reduciendo paulatinamente su contaminación. Su protección está regulada por el reglamento del dominio hidráulico de 1986 y la ley de Aguas de 2000.

Durante 2002 la Dirección de Aguas, dependiente del Departamento de Medio Ambiente del Ejecutivo, abrió un total de 97 expedientes, frente a los 86 incoados en 2001 y los 73 registrados en 2000. De esos 97 casos se resolvieron un total de 86. La mayoría se refieren a obras ilegales realizadas en el dominio público hidráulico, que establece la llamada zona de policía (a 100 metros del margen del río, que requiere autorizaciones) y la de protección (cinco metros, en la que no se permite ninguna actuación). "Son obras de carreteras, viviendas, pabellones industriales", explica un portavoz de Medio Ambiente. En total se abrieron 56 expedientes por este motivo, de los que 35 correspondieron a cuencas vizcaínas, 11 a ríos guipuzcoanos y 10 a alaveses.

El siguiente motivo de sanción son los vertidos, por los que en 2002 se abrieron 38 expedientes, todos ellos concluidos con una sanción. El mayor número se localizó en Guipúzcoa (18), seguido de Vizcaya (15) y Álava, donde se incoaron cinco. La lista se completa con actuaciones ilegales de aprovechamientos, como la captación de agua sin permiso, los regadíos o la navegación.

Los vertidos tóxicos son los que llevan aparejados las sanciones más importantes. "Suelen calificarse como menos grave y suben de grado si hay circusntancias agravantes. Si se debe a averías, se tipifican como leves", señala Medio Ambiente. La ley establece una horquilla de multas que pueden alcanzar los 600.000 euros si se tipifica como muy grave. Las leves no superan los 6.010 euros; las menos graves, entre 6.010 y 30.000 euros, y las graves, entre 30.000 y 300.506 euros. La calificación de las infracciones depende de los daños. No suelen pasar a grave si no existe reincidencia.

Los problemas con los vertidos, que suelen estar protagonizados por empresas, es que habitualmente se achaca la agresión ecológica a averías, "y es difícil demostrar que no es así", apunta el portavoz del departamento. Estas multas, que se resuelven en un plazo medio de seis meses, suelen acompañarse de indemnizaciones por los daños producidos en el medio ambiente. Algunas de estos expedientes administrativos acaban en la vía judicial, donde no tienen mucho éxito. Los fiscales de medio ambiente en Euskadi archivan la mayoría de los casos que se denuncian [ver EL PAÍS del pasado 23 de febrero]. De hecho en Vizcaya el pasado año sólo hubo tres escritos de acusación y los otros 29 casos que llegaron a los fiscales quedaron archivados.

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