Fraude agrario
Con relación a la noticia aparecida en EL PAÍS el 7 de abril, tengo que hacer las siguientes afirmaciones: En primer lugar, decir que en todo caso soy responsable de la gestión de la actividad agraria de Carlos Serra Vázquez, mi padre, cuya explotación agraria gestiono en su nombre, dada su edad y su estado de salud.
Con respecto a los hechos relacionados: A principios del año 1998, dadas las malas perspectivas de la campaña de cítricos, los miembros de la cooperativa Cítricos del Sur (en adelante Cisur) instaron al consejo rector de dicha cooperativa a suscribir diversos contratos de entrega de fruta para destino producción de zumos al amparo de la normativa vigente de la UE. Esta normativa comunitaria prevé la entrega de fruta a la industria productora de zumos de aquellas entidades que previamente estén catalogadas como OPC (Organización de Productores de Cítricos), como es el caso de Cisur, y el cobro de una subvención en función del número de kilos entregados.
Como consecuencia de lo anterior, Cisur firmó contrato (entre otros) con la empresa Productos Vital, SA, con fecha 30 de enero de 1998, que se registra en la delegación provincial de la Consejería de Agricultura el 6 de febrero de 1998, número de registro 2.653. Dicho contrato de 1.050.000 kilos tenía el objeto de absorber, entre otros, la producción de Carlos Serra.
El día 4 de marzo se produce una inspección en la finca propiedad de Carlos Serra, se persona un funcionario de la delegación de Agricultura y levanta acta de inspección. Del examen del acta se deduce:
1. Las parcelas declaradas coinciden con la inspección.
2. Dos de las parcelas han sido ya recolectadas y una tercera se está recolectando en el momento de la inspección.
3. Se hace constar por el funcionario de forma explícita que los aforos son correctos.
4. No consta en el acta que se detecte anomalía o irregularidad alguna.
Posteriormente a lo anterior, Carlos Serra finalizó su recolección, tras lo cual cobró lo convenido tanto de la industria como su correspondiente subvención comunitaria, en su integridad, en la fecha que correspondía y sin tener, como hasta el día de hoy, constancia ni reclamación alguna ni de devolución de cantidad, ni de la Consejería de Agricultura ni de la cooperativa.
Terminada la campaña, al conocer que la Delegación Provicial tenía retenido el pago de cantidades a la cooperativa por razones que en nada se relacionan ni conciernen al socio Carlos Serra, y puesto que en el caso de entregar en la campaña siguiente fruta para la industria le sería retenido el pago de las subvenciones hasta que se dirimieran las diferencias, el cooperativista Carlos Serra tomó la decisión de darse de baja de la cooperativa, puesto que no tenía cantidad pendiente de cobro ni deuda alguna, lo que comunicó por escrito con fecha 9 de noviembre de 1999, quedando ambas partes de acuerdo con esta decisión y sin que mediara litigio alguno.
Tras lo anterior y a fecha de hoy, afirmo que no ha habido requerimiento por parte de la cooperativa, ni por la Delegación Provincial, ni por organismo alguno para la devolución de cantidad, ni se me ha comunicado de forma oficial ni oficiosa estar incluido en investigación alguna, como manifesté a EL PAÍS, previamente a la publicación del artículo, junto con mi ofrecimiento de aportar documentación. Obviamente, se trataba de dar un titular, por lo que la verdad no interesaba, triste circunstancia que lamento.-
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