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Hasta la 'ley digital' , la CE jamás ha pedido contra España medidas cautelares

La Comisión Europea jamás ha pedido al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que suspenda cautelarmente una ley española. El anuncio de Bruselas de que piensa pedir esa cautela en su proceso contra le ley digital revela la gravedad y excepcionalidad de este asunto. En toda la historia de la integración europea, Bruselas apenas ha apelado una docena de veces a ese último recurso contra un Estado, que pretende impedir que una ley denunciada provoque perjuicios irreversibles si sigue en vigor hasta que haya sentencia del Tribunal.Estos datos revelan la escasa visión del portavoz del Gobierno del PP. Miguel Angel Rodríguez afirmó el viernes, tras el Consejo de Ministros, que Bruselas envía "una media anual de 1.000 cartas de emplazamiento a los Estados miembros" y, en consecuencia, calificó de "normal" el procedimiento que está siguiendo la Comisión Europea con la ley digital.

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Esa normalidad que ve Rodríguez contrasta con la excepcionalidad que se alumbra en la carta de emplazamiento enviada por Bruselas: la advertencia de que piensa pedir medidas cautelares contra España para suspender la Ley Digital. Es un recurso que apenas se ha utilizado una docena de veces en las denuncias de la Comisión contra un Estado miembro a lo largo de la, historia de la integración europea, según fuentes jurídicas de la CE.

Hay algunos casos particularmente notables, y muy conocidos en España: la actuación emprendida contra el Reino Unido en 1989 por su conflicto pesquero con España y otros países, la llamada quota hopping. Los armadores españoles se han beneficíado de la petición de medidas cautelares contra el Reino Unido porque han podido seguir pescando mientras el Tribunal de Luxemburgo estudiaba y sentenciaba el caso. El conflicto ha dado lugar ya a cuatro sentencias favorables a los intereses españoles.

Otro caso histórico fue la suspensión de la ley alemana que pretendía imponer un peaje al tráfico de camiones de mercancías por sus autopistas, en 1990. Los juristas recuerdan pocos ejemplos más: contra Irlanda por cuestiones veterinarias (1977), contra el Reino Unido por ayudas públicas (1978), contra Francia por una ley que discriminaba a los vinos italianos (1981) y contra Dinamarca por contratación pública. En ocasiones, también el Tribunal ha negado las medidas cautelares.

La petición de medidas cautelares no debe ser confundida con la imposición de sanciones. En el segundo caso se penaliza a un Estado por incumplir la normativa comunitaria (por ejemplo, por producir más leche de la autorizada). La medida cautelar es una decisión del Tribunal de Luxemburgo, que suspende la ley denunciada para que su aplicación mientras se ve el proceso no derive en perjuicios irreversibles para una de las partes. Está así tutelando los derechos de las partes para paliar la lentitud de la justicia.

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