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La Generalitat paga a una mujer operada en un centro privado

El consejero de Sanidad de la Generalitat, Xavier Trias, afirmó ayer que su departamento abonará los gastos de la operación de una paciente de epilepsia que después de estar 10 meses en lista de espera recurrió a un centro privado de Barcelona. El Gobierno catalán asumirá el coste de la intervención como consecuencia de una sentencia de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, del pasado mes de mayo, que obliga al Servicio Catalán de la Salud a pagar 1.471.513 pesetas, según informó ayer La Vanguardia.Trias negó que se tratara de un caso de retraso de atención a un paciente. El consejero explicó que la situación se debió a que la técnica necesaria para practicar una intervención de ese tipo no se podía encontrar, en aquel momento en los hospitales de la red pública catalana. Adujo que cuando se produjo el caso de la mujer, M. S. B., en 1990, la técnica de la operación "era dudosa y no se practicaba". "Hoy está plenamente consolidada y se utiliza en la red pública de asistencia sanitaria; pero antes, cuando se daban ese tipo de casos, los enviábamos a los hospitales de Montpellier o París, donde se intervenía en virtud de convenios internacionales y no nos costaba una peseta", añadió.

A la mujer le fue diagnosticada el 8 de septiembre de 1990 una epilepsia focal con crisis cada vez más acentuadas, que llegaron a producirse varias veces al día, por lo que fue colocada en lista de espera. El 25 de octubre del mismo año, el médico de cabecera de la enferma dictaminó que era necesario un tratamiento quirúrgico para mejorar el estado de la paciente.

10 meses de espera

Sin embargo, la mujer no era llamada para la operación y, mientras, tuvo que dejar de trabajar. El 17 de julio de 1991, la enferma, cansada de la espera, acudió a una clínica privada, la del Pilar, en Barcelona, para someterse a las pruebas y a la intervención. Una vez que tuvo el alta médica, la mujer acudió al Servicio Catalán de la Salud para que le abonara el coste de la intervención. Su petición fue denegada.Tras la negativa, la paciente recurrió a los tribunales por la vía laboral y consiguió una sentencia favorable en el 12 de lo social de Barcelona. La Administración, sin embargo, recurrió, y el recurso fue resuelto por el Tribunal Superior en favor de la demandante.

En ese fallo, el Tribunal Superior razonaba que la sanidad pública está obligada a atender con rapidez casos urgentes y, en caso contrario, a correr con los gastos de pacientes que decidan tratarse en centros privados.

Los magistrados entienden que el caso que planteaba la mujer era de "urgencia vital" y que ante la "pasividad" de la asistencia pública tenía el derecho de recurrir a la privada sin cargo alguno. Ayer el consejero Trias aseguró que su departamento acata la sentencia y que pagará la factura a la paciente.

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