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Rechazo del Tribunal de la Competencia al proteccionismo en el cine

Propone la eliminación de las licencias de doblaje y las cuotas de pantalla

Rocío García

"Las licencias de doblaje y las cuotas de pantalla son, en esencia, prohibiciones para doblar y exhibir". Así de rotundo se muestra el Tribunal de la Competencia en su informe sobre el sector del cine español y sobre las medidas contenidas en la Ley de Protección y Fomento de la Cinematografía de junio de 1994. El informe del tribunal, en manos del Gobierno desde finales de julio, propone a éste la eliminación de las licencias de doblaje y las cuotas de pantalla así como la distribución gradual de las ayudas directas al sector del cine.

Las licencias de doblaje y las cuotas de pantalla, dos medidas encaminadas claramente a proteger la producción del cine español, han sido las verdaderas manzanas de discordia de la ley de junio de 1994 que provocó incluso la primera huelga de salas en la historia de España.El artículo 7 de la ley señala que para distribuir una película norteamericana en versión doblada se necesita la previa obtención de la licencia de doblaje correspondiente. Los distribuidores tendrán derecho a obtener dos licencias de doblaje de filmes norteamericanos por cada película europea siempre que cumplan una serie de condiciones. La primera licencia se obtiene cuando la obra europea haya conseguido unos ingresos brutos en taquilla de 20 millones de pesetas; la segunda cuando dicha obra europea consiga en taquilla 30 millones, si aquella ha sido exhibida en dos lenguas oficiales españolas. En el caso de las cuotas de pantalla, los exhibidores están obligados a proyectar un día como mínimo de película europea por cada tres de filmes norteamericanos.

El informe del Tribunal de la Competencia analiza uno a uno los tres sectores -producción, distribución y exhibición- del cine. Partiendo de la base de que "no parece que el genio individual o colectivo de un país haya necesitado, a lo largo de la historia, de medidas especiales de protección frente a las manifestaciones culturales de otros países", el tribunal invita a pensar sobre lo que supondría que existiera una "cuota de escena" que reservara la mitad del espacio a la producción operística española o que una compañia privada de teatro no pudiera representar más que una obra de Shakespeare por cada dos de Calderón.

En cuanto al sector de la producción, que según datos manejados por el tribunal, recibió en 1994 ayudas por valor de 2.891 millones de pesetas, el informe plantea que este sistema de subvenciones fomenta una cultura de ausencia de riesgo empresarial que, a largo plazo, "es letal para el sector". Aunque valora positivamente la desaparición de las ayudas anticipadas por subvenciones según la recaudación en taquilla, en vigor desde hace un año, el tribunal aboga por una disminución gradual de este tipo de ayudas directas, que califica de injustas. "¿Por qué se ayuda al cine y no al textil; al carbón y no al automóvil etc,.?", se pregunta.

El informe, aunque no es vinculante, supone un duro varapalo al Ministerio de Cultura, pone en duda que todas estas medidas de protección sean efectivas para el fin que se proponen. "Repasando la historia reciente española", señala el tribunal, -"se observa que la bienintencionada posición del legislador de fomento de la producción y distribución de obras españolas produjo la práctica desaparición de las numerosas distribuidoras españolas, pues las compañías extranjeras, necesitadas de licencias de doblaje para la venta de sus películas, fueron conquistando el mercado de la distribución de películas españolas. Bien pudiera ocurrir, por tanto, que las actuales posiciones de la ley pudieran producir de nuevo efectos contrarios a los pretendidos, incluso aunque su vigencia se limite a cinco años [en el caso de las licencias de doblaje]".

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