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Frenar el fraude

El Gobierno prepara una guía para acabar con conductas delictivas

La afición que se le descubrió al ex director de la Guardia Civil, Luis Roldán, por la compra de pisos representa uno de los mejores termómetros del fraude. La costumbre de muchas empresas que contratan servicios, por ejemplo de limpieza, de cerrar una empresa y, con los mismos mimbres y personal, reabrir con una nueva denominación, es un método para defraudar a la Seguridad Social y a Hacienda. La anécdota del anciano al que se le habían recetado los anticonceptivos que utiliza su nieta es el más manido ejemplo del fraude farmacéutico. La Unidad Especial para el Estudio y Propuesta de Medidas para la Prevención y Corrección del Fraude ha elaborado un informe, que se trasladará a la legislación, con una lista de 259 recomendaciones para corregir los fraudes en sus distintas vertientes: carácter general, coordinación informativa y gestora, economía sumergida, fraude fiscal, seguridad social, desempleo, prestación farmácéutica y fraude a las subvenciones.El fraude fiscal consiste en ocultar dinero a Haciena. La economía sumergida, al ocultar toda la actividad, es el caso más flagrante; pero el fraude puede también consistir en ocultar parte de la actividad o en presentar algunos hechos con un valor distinto al real. Ésta es la vía burda de defraudar. Otra más sofisticada, según el informe de. la Unidad, consiste en buscarle las cosquillas a las normas fiscales "pasando por la interpretación discutible de la norma e incluyendo la elaboración de estructuras jurídicas específicas para eludir el impuesto". Al analizar el fraude fiscal, la Unidad dedica especial atención a aquellos sectores, como el de la inversión inmobiliaria y mobiliaria, que pueden ser la cubierta del dinero negro.

Fraude Inmobiliario. Es la evasión de los tributos que "recaen sobre la propiedad, disfrute, adquisición o transmisión de bienes inmuebles". La Unidad elige este fraude como punto de mira porque las propiedades inmobiliarías "constituyen- un refugio típico del dinero negro". El estudio desglosa el fraude inmobiliario en tres categorías: ocultar quién ,es el dueño del inmueble, ocultar los rendimientos que produce y ocultar el valor por, el que se ha comprado o vendido. La guía se detiene en tres puntos:

El dueño. La Unidad advierte contra. la práctica de los contratos privados como vía para ocultar la titularidad inmobiliaria. Como solución propone exigir la inscripción. en el registro de cualquier compra-venta. También se oculta el propietario con la interposición de sociedades. Como salida, habría que "desestimular fiscalmente" que se mantenga "el patrimonio inmobiliario en sociedades- de accionariado reducido." Junto a la sofisticación de las sociedades interpuestas, la Unidad recuerda que Hacienda no puede conocer al propietario de muchos imnuebles porque no dispone de un registro catastral actualizado.

La ocultación del alquiler que se obtiene por un piso o un local comercial es la segunda "categoría" de fraude inmobiliario. Para localizar los inmuebles alquilados, la Unidad sugiere que se obligue a "consignar los contratos de, suministro de telefonía, agua, gas y electricidad junto al NIF el usuario". Para animar a declarar, invita a estudiar "la rentabilidad que puede derivarse" de ampliar la deducción por alquileres en el IRPF.

El precio. La evasión de los impuestos que gravan las plusvalías. cuando se vende un piso es "uno de los motores más significativos del fraude inmobiliario". Solucionarlo exige, según la Unidad, una « revisión sistemática y en profundidad" de toda la regulación tributaria que afecta al valor de los inmuebles, así como de las sanciones en caso de que se falsee algún dato.

Fraude en activos finacieros. Es la elusión de tributos que gravan la propiedad, los rendimientos y la transmisión de activos financieros. Escondites de este tipo son más sencillos en los productos financieros "a la medida" que en los productos "en masa" pues éstos, como primera medida, soportan una retención en origen del 25%. Entre las "las arquitecturas jurídicas a la medida, que amparan elusiones fraudulentas", la Unidad destaca la utilización de sociedades instrumentales. Contra su utilización fraudulenta recomienda "la rápida cancelación de la inscripción de las sociedades que no reúnen los requisitos de capital" y desarrollar un "régimen sancionador aplicable al incumplimiento de la obligación de depósito de cuentas, al que debe seguir su enérgica aplicación".

Otra vía de elusión, es la "localización de capitales en el exterior". La, libertad de movimientos de capital y la proliferación de paraísos fiscales lo facilitan. Como solución, la Unidad defiende "explotar la información remitida por el Banco de España sobre transacciones económicas con el exterior." e iniciar inspecciones cuando aparezcan "incongruencias" entre esa información y las declaraciones tributarias.

Paraísos, fiscales. "La utilización de sociedades domiciliadas en el exterior es el eslabón que completa la cadena" de estos. fraudes. La recomendación aquí pasa por "fortalecer el principio de fiscalidad mundial, basadas en la presunción legal de dirección efectiva de los administradores residentes en territorio nacional". Es decir, si el administrador reside en España deberá tributar en España.

Impuestos especiales. Como colofón al análisis del fraude fiscal, la Unidad pasa también revista al que se comete en las aduanas y en los impuestos especiales (los que gravan el alcohol, el tabaco y las gasolinas) con la lógica mención al conocido fraude del gasóleo y del tabaco de contrabando.

Seguridad Social. La elusión de impuestos no es el fraude más difícil de erradicar, según se desprende del estudio encargado a la Unidad, que dirige Manuel Bravo. El fraude a la Seguridad Social, en su doble vertiente de ingresos (cotizaciones) y gastos (subvenciones), merece un capítulo aún más Amplio.

La Unidad reconoce, al iniciar este apartado, que "no es tarea fácil" cuantificar el fraude a la Seguridad Social. El empresario tiene que dar de alta a sus. trabajadores, por la categoría laboral que les corresponda y después pagar las cotizaciones. Se le puede olvidar dar ese alta o, incluso dar de alta a la propia empresa. Esta situación de falta de alta" es especialmente frecuente entre los trabajadores autónomos y en los sujetos al régimen general agrario. También es perfecta mente posible, y además legal, pactar relaciones aparentemente río laborales y, por tanto, no sujetas a cotización, cuando el tipo de trabajo se ajusta a una relación laboral.

' La Unidad reconoce que hay alternativas al olvido. "En ocasiones, la formalidad de inscripción y alta se cumplimenta, precisamente, para eludir la carga de cotización". Por ejemplo, cuando la empresa se inscribe con denominación distinta a la que figuraba con anterioridad. "Surge, así una nueva empresa, sin relación aparente con la desaparecida" que elude "la responsabilidad por las deudas de todo orden" de aquella.

Velo de responsabilldad. Hay que levantar "el velo de la responsabilidad", sugiere la Unidad para evitar esta práctica de encadenamiento de empresas. Para ello, añade, deberían acordarse los "criterios, para seleccionar" las solicitudes de inscripción de empresas "en las que se tenga constancia o aparezcan indicios" de que se oculta alguna antigua empresa deudora.

Fraude en la cotización. Una cosa es cotizar y otra, no necesariamente igual, hacerlo por la cuantía precisa. La "cotización defectuosa" aparece, por ejemplo, cuando empresa y trabajador acuerdan que una parte de la retribución se pague en negro sin que quede constancia en la nómina. También se puede acordar que aparezcan en la nómina conceptos (como pluses o gastos de vivienda o locomoción) que, en realidad, son salarios. Es posible pactar en el convenio colectivo "el carácter no cotizable" de determinados conceptos salariales". O aparentar que un contrato a jornada completa lo es a tiempo parcial. Incluso se puede aplicar un grupo de cotización inferior al que, por la categoría laboral del trabajador, le correspondería.. Todo ello, además de posible, es difícil de detectar.

Frenar el fraude

Avanzar en el proyecto de equiparar las bases máximas de cotización a las categorías profesionales es la solución propuesta por la Unidad para la última opción en este grupo de fraudes. Fraude en prestaciones sociales. El fraude en ingresos es una de las caras de la moneda de pago a la Seguridad Social. Falta saber si el fraude en prestaciones es tanto o más gravoso. Ello es dificil por "la propia extensión del sistema de protección, el número de personas a que afecta y la imposibilidad de fijar un módulo o referente relativo a su funcionamiento ideal".

Abusos. La Unidad resalta media docena de abusos en las prestaciones sociales que, además, cuentan con la anuencia de la sociedad:

- Ciudadanos que "permanencen" en la situación de incapacidad temporal por accidente o enfermedad después de su curación y compatibilizan la prestación social con trabajos por cuenta propia o ajena.

- Inválidos plenamente recuperados y en activo que prolongan su situación de pensionistas.

- Afiliaciones a la Seguridad Social con el sólo objetivo de asegurar el cobro de una pensión, por ejemplo el autónomo que da de alta a su mujer como empleada para sumar dos pensiones de jubilación.

- Pensionistas con jubilación que permanecen en activo.

- Falsas situaciones de dependencia económica.

- Obtención de prestaciones farmacéuticas con la cartilla del pensionista de la familia.

La Unidad advierte que falta "una regla consistente que regule la compatibilidad e incompatibilidad de las pensiones entre sí y con el trabajo". Añade que hay una "escasa o nula penalización" cuando se detectan estos fraudes. Y ambos factores, unido al escaso rechazo social de estos abusos, no desaniman a los potenciales defraudadores.

La ILT. El fraude en ILT (Incapacidad Laboral Transitoria) se intentó atajar, con limitado éxito, hace dos años. Este fraude consiste en "la aplicación indebida o en mayor cuantía" de la debida de las prestaciones por enfermedad. Curiosamente, los pagos por ILT tienen "mayor duración" en los regímenes en los que no existe prestación por desempleo: autónomos, agricultores por cuenta propia y servicio doméstico. En el régimen general, estos pagos "se concentran" en el momento de extinción laboral e inicio del desempleo.

Para frenar el fraude en ILT no hay que olvidar la "dependencia" de esta prestación del "impulso de los propios beneficiarios". Este fraude puede tomar variadas formas. El trabajador puede "simular" su incapacidad; compatibilizar su situación de ILT con el trabajo; y alargar la ILT antes de acudir a la incapacidad permanente. Además, de acuerdo con su empresa, puede aparentar que su ILT se deriva de un accidente, en lugar de una enfermedad. La empresa, por último, puede rellenar mal los formularios de ILT. La solución a todo ello se resume en dos palabras: mayor control.

Fraude en las pensiones. La Unidad recuerda que las pensiones no contributivas pretenden extender esa prestación económica a las personas que no han contribuido a la Seguridad Social y carecen de recursos. Las pensiones no contributivas pueden ser de jubilación o de invalidez. Los abusos aparecen cuando se ocultan rentas o se falsean datos económicos para "cumplir el requisito de falta de recursos"; o cuando se modifica, "a conveniencia, el número y calidad de familiares" que viven de los mismos ingresos. La situación de "estado de necesidad" por parte de la familia es la justificación personal y social que encubre a esta forma de fraude. Se considera que la pensión obtenida de forma fraudulenta es una renta más, y que perderla reduciría el nivel de vida por debajo del mínimo soportable.

Fraude en el desempleo. Algo similar ocurre con la percepción fraudulenta de las prestaciones por desempleo. Para cobrar el paro se puede, incluso, simular la constitución de empresas con el objetivo de que las personas dadas de alta en ellas cobren después la prestación. También se puede simular alguna relación laboral en empresas familiares o aparentar la creación de cooperativas para solicitar la prestación "capitalizada" del desempleo. No es extraño, además, que las empresas que llegan a este nivel de fraude olviden cotizar a la Seguridad Social.

Sin llegar a estos extremos, también es fraude cobrar el paro mientras se está trabajando o cuando no es posible cotizar a la Seguridad Social "por la incorporación al Servicio Militar o por un traslado al extranjero". La Unidad también destaca como conducta fraudulenta evitar la aceptación de un empleo propuesto por el Inem para seguir cobrando el paro.

El PER es un subsidio de carácter asistencial, por el que el trabajador percibe el 75% del SMI (salario mínimo interprofesional) y tiene una - duración máxima de 300 días durante 12 meses. El requisito para su obtención es "tener cubiertas 60 jornadas reales cotizadas en el régimen agrario en los 12 meses previos a la situación de desempleo, estar inscrito en el régimen especial, tener rentas inferiores al SMI y no superar los límites de acumulación de recursos familiares fijados".

La connivencia entre empleadores y trabajadores, la simulación de contratos laborales para acceder al PER, simultanear el subsidio. agrario con actividades lucrativas o con prestaciones de la Seguridad Social, o incluso, comprar las 60 jornadas para cobrar el subsidio son ejemplos de las formas de fraude que permite el PER. Más control y simplificar el régimen especial agrario son las dos propuestas de la Unidad para atajarlo.

Los medicamentos. La obtención ilícita de medicamentos, el uso de recetas de pensionistas por parte de activos, el logro de medicamentos adquiridos por hospitales y la facturación por la farmacia de productos no adquiridos son las cuatro formas de fraude farmacéutico que destaca la Unidad. La falta de conciencia de fraude de los ciudadanos y las dificultades de control son los puntos débiles.

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