La Generalitat fija que "normalmente" será el catalán la lengua vehicular de la educación
Cada escuela decidirá cuándo y cómo introduce la enseñanza 'del' y 'en' castellano
La aplicación, este año, de la reforma de la enseñanza en Cataluña supone para todas las escuelas la necesidad de elaborar un proyecto lingüístico que defina el momento y laforma de la introducción del castellano. La Generalitat ha atribuido esta decisión a los consejos escolares en lugar de optar por una reglamentación uniformizadora, para que cada colegio, público o privado, se adapte a las necesidades de su entorno. Una nuevacircular autonómica, hasta ahora no hecha pública, insiste en que "normalmente" el catalán será la lengua de enseñanza, pero no recuerda los derechos individuales recogidos en la legislación. Las líneas de enseñanza en castellano desaparecen.
La aplicación de la reforma en Cataluña, acorde con la LOGSE, que afecta a la totalidad del territorio español, supone diversas modificaciones en el funcionamiento de los centros de enseñanza. Una de ellas es la obligatoriedad de elaborar un diseño curricular propio del centro, ajustado a las necesidades del alumnado y del entorno. En él se incluye, en el caso de Cataluña, un proyecto lingüístico que deberá recoger la normativa vigente que establece que la lengua vehicular de los centros será "normalmente" el catalán.Las autoridades educativas de la Generalitat argumentan que esta. decisión, recogida en los diversos decretos que regulan la aplicación de la reforma, se basa, además de en la legislación vigente -Constitución, Estatuto, Ley de Normalización Lingüística-, en una considerable cantidad de estudios psicopedagógicos y sociolingüísticos que muestran que los alumnos castellanohablantes sólo logran aprender el catalán con niveles aceptables si son sometidos a programas de inmersión, mientras que el aprendizaje del castellano no sufre menoscabo ni en el caso de los alumnos de inmersión ni en el de los catalanohablantes que se integran en líneas educativas plenamente catalanizadas.
La nueva situación comporta algunos cambios, a corto plazo, en los centros de enseñanza. Así, los cursos denominados de inmersión -enseñanza en lengua catalana para niños cuya lengua familiar es el castellano- pierden su razón de ser como programa diferenciado, al convertirse el catalán en la lengua a utilizar, normalmente, en la totalidad de las escuelas. Cuando unos alumnos deban ser reforzados en castellano el proyecto lingüístico del centro deberá recoger cómo hacerlo, siempre partiendo de la base de no segregar a estos alumnos del grupo que recibirá la educación en catalán.
Enseñanza en castellano
Esto supone la abolición de las líneas de enseñanza en castellano, lengua que, en términos generales, quedará limitada al área de lengua y literatura castellanas, con los refuerzos que el proyecto lingüístico de cada centro considere necesario -los consejos escolares, en los que participan los padres, pueden decidir tanto la introducción de enseñanza de alguna asignatura en castellano como el refuerzo individualizado al alumno que lo necesite-.
Los alumnos actuales de EGB -enseñanza a extinguir de la que únicamente quedan los estudiantes englobados en los cursos de quinto a octavo- seguirán la enseñanza en lengua catalana en aquellos casos en que, los estudiantes procedan de cursos de inmersión o escuelas catalanas.
Quienes provengan de centros predominantemente castellanos mantendrán, como hasta ahora, la obligatoriedad de recibir en quinto curso al menos un área (sociales o naturales) en lengua catalana y, en la segunda etapa (cursos sexto a octavo) al menos dos áreas en catalán: ciencias sociales y ciencias naturales.
El total de los alumnos escolarizados en catalán en 1990 era de 467.382 (56%), mientras que 278.542 (34%) recibían enseñanza en catalán y castellano, y 82.050 (10%) eran educados mayoritariamente en castellano.
La Ley de Normalización Lingüística (1983) establece que los niños tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual, ya sea ésta el catalán o el castellano, y precisa que la Administración debe garantizar este derecho y poner los medios para hacerlo efectivo.
Garantizar este derecho "no supone que deban organizarse líneas en lengua castellana, ya que existen diversas fórmulas para atender a los alumnos cuyos padres soliciten la primera atención en lengua castellana", según la directora general de Ordenación Educativa, Maria dels Àngels González, quien añade que no se puede "identificar el respeto a los derechos individuales de los alumnos con el mantenimiento de líneas castellanas que, en general, no -garantizan un suficiente dominio de la lengua catalana al término de la escolarización". En cualquier caso, será siempre el proyecto lingüístico del centro el que deberá contemplar el modo en que se garanticen estos derechos. Los escolares cuyas familias tienen fijada la residencia en Cataluña de forma temporal no se verán obligados al aprendizaje del catalán.
El Departamento de Enseñanza ha elaborado una serie de circulares sin carácter normativo para que los centros aborden su organización. Las circulares insisten en el carácter general con el que debe utilizarse la lengua catalana, pero no recogen un fragmento de los decretos reguladores de la reforma, el que afirma la obligación de garantizar los derechos individuales. El consejero de Enseñanza, Joan Maria Pujals, insistió ayer en el superior rango de los decretos que sí lo recogen, así como en la voluntad política de cumplirlo.
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