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Europa se conjura contra los cavas españoles

Un cambio repentino de reglamentación intenta impedir el uso de la denominación 'méthode champenoise'

El ministro español de Agricultura, Carlos Romero, intentará convencer a su homólogo francés, René Souchon, en la reunión hispanofrancesa de ministros que se celebrará hoy, de que flexibilice la dura actitud adoptada por Francia respecto a los cavas españoles, reflejada en el proyecto de reglamento comunitario por el que se prohibiría la utilización de la denominación méthode champenoise a todos los cavas no elaborados en la región francesa de Champagne. Las prisas comunitarias por aprobar tal reglamentación antes del 1 de enero de 1986 no oculta el temor de los productores europeos ante la competencia de los espumosos españoles en los mercados europeos. España elabora por el méthode champenoise el 91,5% de sus espumosos a precios competitivos. La tradición exportadora española, y en especial la del Penedés, se remonta a los años treinta.

ENRIC BASTARDESLa conjunción de intereses de los elaboradores de vinos espumosos alemanes, italianos e incluso franceses -que utilizan el método cuve close- con los fabricantes de la región de Champagne, ha llevado al intento de impedir el paso a los cavas españoles. Ello se ha puesto de manifiesto en una maniobra rápida y sorpresiva en el seno de la Comunidad Económica Europea (CEE) con un proyecto de reglamentación que cambia en 180 grados los criterios predominantes hasta ahora y que intenta imponérsele a España antes de que tenga derecho a veto, a partir de la plena incorporación, el 1 de enero de 1986,

La cuestión fundamental de este cambio de criterio es que se intenta prohibir la utilización de la denominación méthode champenoise a todos aquellos espumosos que, aunque fueran elaborados por este método, no pertenezcan a la región de Champagne. España produce por este método el 91,5% de sus espumosos y hace constar tal denominación en los etiquetajes de las botellas. Este reconocimiento viene ya del año 1919, en que Francia admitió a los cavas del Penedés ya que su elaboración es igualmente hija de la experiencia de Dom Perignon. Ningún tratado técnico o científico duda de esta tradición española y las reglamentaciones comunitarias hasta la fecha admitían la utilización de tal denominación, tanto a los países propios como a los terceros que cumplieran los requisitos del método.

La proximidad de la entrada de España a la Comunidad y la creciente competencia en los mercados internacionales de los cavas españoles hizo, sin embargo, que desde el pasado mes de marzo y muy especialmente durante el pasado verano se acelerara la redacción de un nuevo reglamento comunitario sobre la designación y presentación de los vinos espumosos; esta reglamentación se presentó al Consejo Europeo el 29 de julio pasado. Desde entonces, y con una gran prisa, se ha intentado aprobar esta reforma de la reglamentación existente para que España no tenga opción de vetarla cuando sea miembro de pleno derecho de la CEE. La operación, calificada por los vinicultores españoles de "burda e inmoral" no ha concluido aún por los esfuerzos realizados por la Administración española ' que interpuso, con la petición de aclaraciones, dificultades burocráticas al trámite de aprobación.

Los plazos de la aprobaciónLa reunión prevista para la aprobación definitiva del reglamento debía haberse realizado el pasado 21 de octubre y no se celebró puesto que aún no había sido materialmente posible responder a la demanda española y portuguesa de acl1raciones. Así, la reunión de ministros dejó aplazada la decisión para la próxima sesión, que deberá celebrarse el 18 de noviembre próximo, y con la condición de que, habiéndose producido una petición de aclaraciones, no podrá aprobarse directamente sin pasar por una nueva sesión de debate.

La Administración española ha conseguido de esta forma no sólo retrasar la decisión sino además entrar en un período propicio para poder presentar -ya como miembro de pleno derecho- un recurso en contra, dentro del plazo legal de dos meses después de la aprobación, si ésta se produjera en la sesión del 18 de noviembre. La voluntad de la Administración y del sector afectado coincide en intentar por todos los medios posible! alargar la aprobación del reglamento.

Para los fabricantes de cava la cuestión no es baladí, puesto que los precios de los espumosos españoles fabricados por el méthode champenoise son altamente competitivos con los de la región de Champagne y con una relación calidad-precio que los hace muy agresivos para los elaborados por el método de cuve close.

El predominio de fabricaciones cuve close, como indica el cuadro adjunto, y la fuerza de los champañistas de Champagne, que fabrican 200 millones de botellas al año, se han conjuntado para frenar el crecimiento de las exportaciones españolas. España ha ganado ya una primera batalla en Estados Unidos, donde tres marcas, españolas, Codorniu, Segura Viudas y Frixenet son líderes. Esta última ha conseguido una venta que dobla el número de botellas que exporta Moët Chandon, la marca francesa más vendida en EE UU.

Pero la batalla de Estados Unidos también viene acompañada por la penetración de los cavas en otros países europeos e incluso en la misma Francia. El cuadro adjunto ilustra sobre el crecimiento de las exportaciones españolas a la República Federal de Alemania y a Estados Unidos, como muestra de la agresividad exportadora de los fabricantes de cavas españoles. Aunque España perdiera ahora la batalla de la denominación méthode champonoise aún le quedarían seis años en los que podría utilizarla como hasta ahora. En la negociación que el ministro de Agricultura, Carlos Romero, mantiene hoy con su colega francés pretende obtener de las autoridades francesas algunas compensaciones, mediante la flexibilización del reglamento. Quizá la obtención de un período de adaptación de hasta ocho años, por ejemplo.

Los fabricantes de cava españoles están en pie de guerra y tanto desde sus oficinas como desde el Consejo Regulador de los Vinos Espumosos permanecen en constante contacto con la Administración española, con la Generalitat de Cataluña y con los partidos políticos. En opinión del sector, todos los estamentos y especialmente el Ministerio de Agricultura, han respondido correctamente a su llamada.

La única salvación para que el reglamento no se aprobara antes del 1 de enero de 1986 sería que algún ministro de la Comunidad, no especialmente implicado en el tema, se opusiera a dicha aprobación por intereses distintos a los de la cuestión de la denominación, o simplemente por la consideración ética de que no puede dejarse al margen -y aprobar un reglamento especialmente contrario a sus intereses- a uno de los primeros elaboradores de espumosos de Europa, pocos días antes de su incorporación a la CEE.

Uno de los principales argumentos de los comunitarios para intentar justificar el cambio repentino de criterios reglamentarios consiste en que así se evitaría una posible confusión al consumidor, vendiéndole un cava con la denominación méthode champenoise que no sea de Champagne.

El juego de las confusiones

Sin embargo, lo que se pretende con la prohibición, es no poder utilizar una denominación que lo que indica es la forma, de elaboración y no su origen, ya que éste tiene otro tipo de indicativo perfectamente reglarnentado. Pero, a su vez, se cae en otra confusión mucho más flagrante, ya que el consumidor no podrá distinguir entre productos espumosos elaborados por el método cuve close y los cavas producidos con el méthode champenoise, que no podrán utilizar esta denominación. A este respecto los fabricantes de cava españoles aportan las etiquetas de sus productos destinados a la exportación y en todos los casos se indica la denorminación cava, la denominación méthode champenoise y la indicación es pecífica de "fabricado en España". Aún queda un último recurso de es Pecificar la región de procedencia de los viñedos, Penedés o Rioja, para poner dos ejemplos claros. Un informe realizado por el Con sejo Regulador de los Vinos Espumosos y que fue entregado al ministro de Agricultura expone los argumentos de los productores españoles para oponerse al nuevo regla mento. Entre sus conclusiones el in forme dice que la prohibición del uso de méthode champanoise "des naturaliza la categoría de la fermentación en botella". Crea forzada mente una nueva denominación para sustituir el uso de la denomina ción que hace un siglo que se utiliza, por una nueva mención "sin ninguna tradición ni uso" que sería "método tradicional o fermentación en botella según el método tradicional".

Las grandes marcas de los cavas españoles, con unos niveles de exportación importantes y consecuentemente con marcas ya acreditadas y con seis años por delante para seguir utilizando la denominación, no temen las con secuencias inmediatas de la me dida comunitaria. Para los pequeños productores que decidan comenzar a exportar, el cambio de reglamentación podría ser fa tal de inmediato, puesto que antes de popularizar una marca no podrían demostrar el método de su elaboración de forma correcta. La sensibilidad sobre el tema de los pequeños elaboradores no es, sin embargo, excesiva, puesto que los mercados internacionales les parecen aún muy lejanos.

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