Segunda denuncia admitida a trámite, y primera por torturas
La demanda sobre el caso Bultó es la segunda denuncia contra el Estado español admitida a trámite por la Comisión Europea de Derechos Humanos, y la primera en la que se plantea la violación del artículo 3 -torturas y tratos inhumanos o degradantes- del Convenio Europeo sobre Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. Los demandantes plantean también la discriminación, respecto a los miembros de ETA, en la aplicación de la ley de Amnistía de 1977. A los detenidos por el atentado contra José María Bultó se les amnistió inicialmente, pero con posterioridad se revocó esta decisión y fueron juzgados y condenados.La primera demanda admitida por la Comisión Europea contra el Estado español -órgano que actúa de filtro jurídico que impide que lleguen ante el Tribunal Europeo un excesivo número de casos- fue la presentada por el ciudadano británico Timothy David Soames, por la presunta infracción del artículo 5 del Convenio Europeo, que establece el derecho de todo detenido preventivo "a ser juzgado en un plazo razonable o a ser puesto en libertad durante el procedimiento". Soames planteó su demanda el 1 de noviembre de 1982, cuando llevaba 11 meses en prisión. El caso sigue sin decisión resolutiva.
La Comisión Europea de Derechos Humanos ha trasladado al Gobierno español las observaciones realizadas por los demandantes, quienes afirmaron que, antes de ser puestos a disposición judicial, durante su detención por los agentes de policía, fueron torturados, lo cual viola el artículo 3 del Convenio Europeo.
En relación con otras observaciones, la Comisión Europea requiere del Gobierno español una explicación sobre el curso que siguieron las demandas contra los agentes de policía presuntos torturadores de los demandantes, y "qué suerte corrió la investigación ordenada por el Tribunal Supremo sobre malos tratos".
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