Competencia confirma las multas a AIE y AGEDI por abuso en las tarifas impuestas a las televisiones
El organismo establece una sanción de 1,8 millones a la entidad de los productores musicales y de 1,3 millones a la de los artistas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha confirmado las sanciones millonarias a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España (AIE) por abuso de posición de dominio al imponer “tarifas inequitativas y discriminatorias” a los operadores de televisión en abierto. Una resolución del organismo, emitida el pasado 9 de enero y que se hace pública ahora, fija en 1,8 millones la multa para AGEDI y el 1,3 la que debe pagar AIE. El mismo documento concede un plazo de dos meses para presentar un recurso contencioso-administrativo.
Las televisiones, al igual que otros usuarios, pagan a las entidades de gestión por el uso de sus catálogos de obras. Sin embargo, las emisoras critican desde hace años las tarifas que estos organismos establecen. En concreto, AGEDI se encarga de los derechos de los productores de música y su comité directivo está compuesto por representantes de las principales multinacionales, Sony, Warner y Universal, entre otros. AIE, en cambio, recauda y reparte los ingresos por los derechos de autor de los artistas musicales.
En 2012, Competencia emitió una resolución en la que constataba que las tarifas eran "inequitativas y discriminatorias" e imponía multas prácticamente idénticas a las que ahora se han confirmado: la sanción para AIE era exactamente la misma, mientras que la de AGEDI ascendía a 1,9 millones. Pero ambas entidades presentaron un recurso ante la Audiencia Nacional: el 10 de abril de 2015, el tribunal dio por probada la posición de dominio pero obligó a recalcular la multa. AGEDI y AIE presentaron entonces un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que lo desestimó en una sentencia del 7 de marzo de 2018. A partir de ahí, Competencia pidió información a las dos entidades sobre su volumen de negocios y recalcuó finalmente la sanción en la resolución del 9 de enero de este año.
"El abuso se deriva de varios factores", defiende la resolución. El primero, según Competencia, consiste en "la existencia de una vinculación obligatoria de la tarifa general por derechos de comunicación pública de fonogramas en televisión con los ingresos de publicidad y subvenciones del usuario". "Las distintas ofertas de sistemas de contraprestación realizadas por AGEDI y AIE tienen un carácter inequitativo y no sirve como base para negociar un sistema de contraprestación equitativo en función del uso", continúa el documento. Y agrega otra motivo por el que concluye que se produce un abuso en el establecimiento de las tarifas: "La aplicación de condiciones más ventajosas a unos operadores de televisión que a otros sin criterio justificado, creando diferencias de trato evidentes".
Además de las televisiones, la Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC), que integra a las principales radios, también mantiene desde hace una década un conflicto con AGEDI y AIE respecto a sus tarifas. En 2015, Competencia sancionó con 2,79 millones de euros a las dos entidades —1,6 millones para AGEDI y 1,2 para AIE— por la misma razón: abuso de posición de dominio al fijar "tarifas y condiciones comerciales discriminatorias e inequitativas a las emisoras de radio". Y, en diciembre de 2018, el mismo organismo volvió a criticar las tarifas impuestas a las radios al considerar que incumplían los criterios previstos en la Ley de Propiedad Intelectual y que no había justificación para el incremento de los precios establecido por las dos entidades.
Babelia
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