La CNMC cuestiona las tarifas a las radios por la música
Las entidades de gestión AGEDI-AIE aprobaron subidas “injustificadas”
La Comisión Nacional de los Merados y la Competencia (CNMC) ha dado un varapalo a las tarifas generales que las entidades gestoras de derechos de autor AGEDI-AIE presentaron en 2016 a las emisoras de radio por el uso de su repertorio musical. Competencia considera que incumplen los criterios previstos en la Ley de Propiedad Intelectual y no ve justificaciones que amparen el incremento de los precios. Además, censura que las tarifas no establezcan una diferencia entre la radio musical, donde los fonogramas tienen un peso muy significativo, de la radio generalista, informativa o deportiva, donde el repertorio que gestionan las entidades “no es imprescindible para el desarrollo de la actividad”.
Esta ha sido una reclamación recurrente del sector radiofónico, que se ha opuesto desde un principio a que las entidades de gestión no tuvieran en cuenta el criterio de “relevancia” y aplicaran el mismo rasero a todas las radios, independientemente del peso de las canciones en su programación. Para las radios no musicales, los fonogramas son un recurso en segundo plano, mientras que para las musicales ocupan un primer plano y son la materia prima de su oferta.
Ahora, el ente regulador atiende este principio y sostiene que tanto AGEDI (que agrupa la gestión de derechos intelectuales) como AIE (artistas, intérpretes y ejecutantes) no han respetado esta asimetría. “Una radio generalista puede tener intensidades en el uso de la música muy significativas, sin que ello signifique que la música juegue en su programación (y en su capacidad para atraer oyentes) el mismo papel que juega una radio musical”, dice la CNMC en una resolución dictada a petición de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual. Este organismo solicitó un informe que sirviera para solventar las discrepancias entre las entidades de gestión y la Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC).
Tras examinar los criterios que marca la ley para fijar los precios, la CNMC concluye que las tarifas generales aprobadas por AGEDI-AIE en 2016 “pueden ser inequitativas y no cumplen con el criterio de justo equilibrio” previsto en las normas establecidas por el Ministerio de Cultura. Para fijar los importes las entidades de gestión se deben regir por los principios de equidad y no discriminación y tienen, además, que adecuarse al valor económico de la utilización del repertorio. Con todos estos elementos se fijan unas cuotas, que generalmente son un porcentaje de los ingresos comerciales de las emisoras de radio.
Competencia critica que las tarifas no modulan si el repertorio se emite en primer o segundo plano y tampoco valoran si se trata de emisiones nocturnas, de música de librería o comercial. Y mantiene que al perfilar las tarifas de 2016, las entidades de gestión deberían haber tomado como referencia los precios de 2006, que fueron pactados entre AGEDI-AIE y la AERC. “Aunque este acuerdo no está vigente, ha sido aplicado hasta la fecha por los miembros de la AERC, al menos como pagos a cuenta” a las entidades recaudadoras, recuerda.
Un motivo aducido para la congelación de los precios es que desde 2006 no se ha producido “un incremento significativo” en las obras que representan ambas entidades, por lo que “la amplitud del repertorio no justifica el incremento de tarifas de 2016”, explica el regulador.
De este modo, hoy en día el precio de mercado sería el de 2006. Por ello, los acuerdos que las dos entidades de gestión de derechos firmaron con la Forta (organismo que agrupa a los entes públicos autonómicos de radio y televisión) en 2012 y con RTVE en 2014 “no son un adecuado reflejo del precio de mercado”, según la CNMC, máxime teniendo en cuenta que estos operadores no suelen tener ánimo de lucro, sus obligaciones son distintas de las de los operadores comerciales y se financian mediante subvenciones.
El informe no solo echa por tierra las pretensiones de AGEDI/AIE, sino que puede convertirse en un referente para las negociaciones que mantienen abiertas otros usuarios, como los operadores de televisión, con distintas entidades de gestión.
Dos propuestas dispares
Para establecer las cantidades que las radios pagan a las entidades gestoras de derechos de autor por utilizar su repertorio, se fijan dos baremos. Por un lado, la tarifa por uso efectivo y, por otro, la tarifa por disponibilidad promediada.
En el primer capítulo, AGEDI y AIE aprobaron en junio de 2016 unos precios por uso efectivo que implicaban cobrar a las radios un 0,56% más un 4,58% de sus ingresos. Agrupadas en la AERC, las radios propusieron una remuneración del 0,31% en el caso de las generalistas y un 0,31% más un 2,27%, en el de las musicales.
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