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El TSJC anula el decreto del impuesto catalán a las bebidas azucaradas

La Generalitat asegura que seguirá recaudando la tasa al mantenerse la vigencia de la ley que la regula

Josep Catà
El impuesto catalán a las bebidas azucaradas entró en vigor en mayo de 2017.
El impuesto catalán a las bebidas azucaradas entró en vigor en mayo de 2017.ALBERT GARCIA

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado este jueves el decreto con el que la Generalitat aprobó, en junio de 2017, el reglamento del impuesto de las bebidas azucaradas envasadas. El tribunal estima la demanda interpuesta por las asociaciones de distribución, supermercados, comercios y restauración, y considera que el decreto tiene que declararse nulo porque su aprobación no respetó los trámites de consulta, audiencia e información pública. El vicepresidente de la Generalitat, Pere Aragonès, ha aclarado que la sentencia, recurrible, anula el decreto pero no la ley sobre este impuesto, y ha asegurado que la Generalitat seguirá recaudando este tributo.

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El impuesto a las bebidas azucaradas envasadas fue una medida impulsada por el gobierno de Carles Puigdemont, que la creó mediante los presupuestos de la Generalitat de 2017. Tuvo desde el inicio la oposición de los empresarios del envase, la distribución y la comercialización de los refrescos azucarados. El sector reclamó al Gobierno de Mariano Rajoy que presentase un recurso de inconstitucionalidad contra el gravamen, pero ante la negativa del Ejecutivo, optó por presentar un recurso contencioso administrativo.

En la demanda, el sector denunciaba falta de justificación y precipitación en la medida, y la omisión de trámites relevantes en la tramitación del decreto. Además, denunciaba la superposición de este impuesto con el IVA, y aseguraban que el tributo catalán restringía la libertad de establecimiento. En su sentencia, el tribunal no entra a valorar la compatibilidad entre impuestos, y declara nulo el decreto por haber prescindido de "los trámites de consulta, audiencia e información públicas que aparecen expresamente exigidos en la tramitación".

El gobierno de Quim Torra ha reaccionado asegurando que el tributo se seguirá recaudando. En una intervención en el Parlament, el vicepresidente Aragonès ha explicado que el Govern está estudiando la sentencia y que tomará las acciones correspondientes para que el reglamento que regula este impuesto "vuelva a estar vigente".

"El impuesto no está anulado, sino el reglamento que desarrolla aspectos técnicos. El oligopolio de la industria alimentaria que ha puesto en el punto de mira este impuesto desde el primer día no nos tumbará", ha afirmado Aragonès. "La ley del impuesto sigue vigente y se tendrá que pagar", ha añadido. La Generalitat prevé volver a aprobar los aspectos técnicos incluidos en el decreto anulado, y Aragonès ha destacado que "lo peor que podría pasar" es tener que devolver cantidades ya recaudadas para volverlas a cobrar más tarde. 

El tributo busca reducir el consumo de bebidas azucaradas y tiene que repercutir en la factura que paga el consumidor final. Consta de dos tramos: el primero grava con 0,08 euros por litro a las bebidas que tienen entre cinco y ocho gramos de azúcar por cada 100 mililitros; y el segundo incrementa 12 céntimos las bebidas azucaradas con más de 8 gramos por cada 100 mililitros.

Entre mayo y diciembre de 2017 la Generalitat recaudó 22,7 millones de euros, y 41,9 millones en 2018. Según un estudio de la Universidad Internacional de Cataluña publicado en enero de este año, el impuesto ha reducido un 2% el consumo de azúcar en Cataluña desde que fue implantado. 

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Sobre la firma

Josep Catà
Es redactor de Economía en EL PAÍS. Cubre información sobre empresas, relaciones laborales y desigualdades. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona. Licenciado en Filología por la Universidad de Barcelona y Máster de Periodismo UAM - El País.

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