El Supremo rechaza dar permiso a Junqueras para recoger el acta de eurodiputado
El tribunal argumenta que autorizar al líder de ERC a acudir a la Junta Electoral causaría un “irreversible peligro” a la causa abierta contra él
El Tribunal Supremo vuelve a toparse con Europa en la causa del procés. Los siete magistrados que han juzgado a los líderes independentistas rechazaron este viernes permitir que Oriol Junqueras acuda el lunes a la Junta Electoral Central a jurar o prometer su cargo como eurodiputado. La decisión contradice la tesis que el tribunal ha mantenido hasta ahora con los líderes separatistas presos por rebelión que han obtenido escaño en elecciones generales, autonómicas o municipales. El Supremo argumenta que este caso es distinto porque, si Junqueras recoge el acta, habría que permitirle acudir a Bruselas para asistir al pleno de constitución de la Eurocámara y ese desplazamiento pondría en un “irreversible peligro” los fines del proceso penal abierto contra él.
La causa del procés ha puesto a prueba todos los resortes del Supremo, que desde noviembre de 2017 ha tenido que argumentar el encarcelamiento preventivo de siete miembros de la cúpula de la Generalitat y dos líderes de asociaciones civiles, el veto a dos candidatos formalmente propuestos para ser investidos presidentes del Govern (Jordi Sànchez y Jordi Turull) y la suspensión de funciones de parlamentarios autonómicos y nacionales. El tribunal ha logrado dominar casi todos los envites, pero hay uno que se le escapó: la intención de traer a España a los siete líderes separatistas que se fugaron, sobre todo a Carles Puigdemont, el president del Govern que llevó al extremo el pulso al Estado. El temor a volver a depender de tribunales europeos es lo que ha llevado al Supremo a impedir por primera vez recoger el acta a un preso del procés que ha obtenido escaño en unas elecciones.
ERC cree que la justicia "teme" a la inmunidad parlamentaria
Esquerra ha asegurado este viernes que dará la batalla judicial para lograr que Oriol Junqueras pueda recoger su acta como eurodiputado pese a la prohibición del Tribunal Supremo. El líder de la formación en el Parlament, Sergi Sabrià, ha asegurado que al tribunal le da "pánico" que Junqueras obtenga la inmunidad que da la condición de eurodiputado y explica así la diferencia de criterio entre este caso y la recogida del acta para ser diputado en el Congreso.
"Las dos situaciones son fruto de unas elecciones, probablemente tenga que ver con el pánico que les genera la inmunidad que supone el acta de eurodiputado", ha aseverado Sabrià, que ha calificado la decisión del Supremo como "un nuevo atentado contra la democracia". Para los republicanos, el tribunal "se salta los resultados electorales y juegan con el voto de muchos ciudadanos".
Sabrià ha adelantado que el presidente del partido, en prisión preventiva a la espera de la sentencia del juicio al procés, presentará un suplicatorio ante el Supremo. La idea de Esquerra, sin embrago, es poder recurrir ante la justicia europea.
Hasta ahora, siempre había optado por preservar el derecho de representación de los reclusos preventivos y les había permitido jurar o prometer su cargo, aunque luego hubiera considerado que debían ser suspendidos. Es lo que ocurrió con Junqueras y el resto de presos que resultaron elegidos en las elecciones catalanas de diciembre de 2017 o que obtuvieron escaño en el Congreso o el Senado el pasado 28 de abril.
Pero la situación planteada ahora es distinta, según razonan los magistrados en un auto dictado este viernes. La diferencia esencial es que la adquisición de la condición de diputado autonómico o nacional de un preso preventivo no tenía consecuencias significativas para el proceso penal abierto, mientras que el Supremo teme que si Junqueras se convierte en eurodiputado de pleno derecho la causa del procés sufriría un “irreversible peligro”. Los magistrados alegan que su deber de “asegurar los fines del proceso” adquiere un significado especial ahora que el juicio ya está terminado y la deliberación se encuentra en su fase inicial. La decisión del alto tribunal coincide con la expresada por la Fiscalía, que se había opuesto por el mismo motivo a que Junqueras recogiese el acta.
El riesgo que evocan ambos parte de la inmunidad de la que gozan los parlamentarios europeos, que impide actuar contra ellos sin el permiso de la Eurocámara. Aunque el juicio del procés ya ha acabado, este blindaje podría obligar al Supremo a dejar en libertad a Junqueras y a paralizar la sentencia hasta que Bruselas levantara la inmunidad.
Una de las dudas jurídicas que había sobre el caso es cuándo adquiriría Junqueras la condición plena de eurodiputado. El Supremo considera que este trámite se compone de dos fases que van irremediablemente unidas. Es decir, que si el líder de ERC recogiera el lunes su acta en Madrid el tribunal estaría “obligado” a permitir que viajara a Bruselas para tomar posesión el 2 de julio. Y ese viaje es el que considera que debe evitar por los “peligros” que entraña.
El Tribunal Supremo no ahonda en esos riesgos, pero sí advierte de que permitir el desplazamiento de Junqueras implicaría, de entrada, “la pérdida del control jurisdiccional” sobre el preso “desde el instante mismo en que el acusado abandonara el territorio español”. Es decir, el Supremo, que solo tiene jurisdicción dentro de España, dejaría de tener los mandos de la situación y, por ejemplo, una vez completados los trámites en la Eurocámara, el dirigente independentista podría intentar hacer valer su inmunidad para no regresar a España y la decisión podría depender de nuevo de la justicia belga o de lo que dicte el Parlamento Europeo.
Los magistrados no pasan por alto, además, que el destino de Junqueras el 2 de julio sería precisamente Bruselas, el lugar en el que “uno de los procesados en rebeldía”, en referencia a Puigdemont, “dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidencia él encarnaría”. “Así lo publicita [el expresidente catalán] en la web y en todos los encuentros personales que mantiene con líderes políticos”, subraya la sala, que considera que esa infraestructura jurídica y personal de la que goza el independentismo en la capital belga podría ayudar a que Junqueras consiguiera su objetivo.
De la lectura del auto del Supremo, del que ha sido ponente el presidente del tribunal del procés, Manuel Marchena, se intuye que los magistrados son conscientes de que tienen que hacer un esfuerzo extra para argumentar su decisión porque supone restringir el ejercicio de un derecho fundamental (el de participación política) sin que haya una sentencia que avale esa medida.
Derechos “ponderados”
La sala asegura que ha “ponderado” todos los derechos que convergen en este caso y la “voluntad de no sacrificar” ninguno de los intereses en juego, y, tras valorarlo, ha optado por “limitar” el derecho de participación de Junqueras. Esa “limitación”, sostiene, se tiene que entender como “necesaria” para preservar otro fin “constitucionalmente legítimo y propio de una sociedad democrática”: el aseguramiento de los fines del proceso penal, “cuya realidad quedaría irreversiblemente menoscabada” si se autorizara la presencia del líder de ERC en la sesión constitutiva del Parlamento Europeo.
El tribunal argumenta que la limitación es “temporal” y da a entender que Junqueras sí podría adquirir plenamente la condición de eurodiputado una vez que el proceso penal haya acabado, siempre que la sentencia no lo condene a inhabilitación. Los magistrados aseguran que ni el reglamento del Parlamento Europeo ni la ley electoral asocian a la imposibilidad de recogida del acta y de asistencia a la sesión constitutiva “un efecto extintivo de la titularidad del derecho”. Por tanto, argumenta la sala, negar ahora el permiso a Junqueras “no implica una pérdida irreversible del derecho de participación del solicitante”, sino que solo supone “su temporal aplazamiento”.
El Supremo cierra así, por ahora, la puerta de la Eurocámara a Junqueras, pero fuentes jurídicas consultadas creen que la petición del líder de ERC puede tener aún recorrido jurídico con un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional o una denuncia ante el Parlamento Europeo.
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