La Fiscalía se opone a la salida de Junqueras para adquirir la condición de eurodiputado
El Supremo autoriza que Forn salga de prisión para la constitución del Ayuntamiento de Barcelona
La Fiscalía se opone a que Oriol Junqueras obtenga el acta de eurodiputado. El ministerio público se ha negado en un escrito remitido al Tribunal Supremo a que el líder de ERC pueda salir de prisión el próximo 17 de junio para ir a la Junta Electoral y adquirir la condición de eurodiputado porque podría obligar a pedir el suplicatorio al Parlamento Europeo para retirarle la inmunidad y a paralizar el proceso penal contra los líderes independentistas. La Fiscalía advierte que este caso es distinto al planteado cuando los presos que obtuvieron escaño en las elecciones del 28-A fueron al Congreso a recoger su acta. Ahora, según el ministerio público, adquirir la condición de eurodiputado “supondría abrir un escenario en el que podrían producirse interferencias absolutamente irrazonables en el ejercicio de la función jurisdiccional”.
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha autorizado a Joaquim Forn, exconseller de Interior cabeza de lista por JxCat a la alcaldía de Barcelona, salga de prisión para ir a la sesión constitutiva de la Corporación municipal el próximo 15 de junio, aunque por su situación "no pueda materialmente ejercer las funciones ni desarrollar las actividades propias del cargo". Forn deberá ser escoltado durante toda la jornada, aunque el Supremo no ha precisado si, al tratarse del Ayuntamiento de Barcelona, la tarea la realizarán los Mossos.
Había dudas sobre si la condición de diputado se adquiere con el acto previsto en la Junta Electoral o en el primer pleno del Europarlamento, previsto el 2 de julio. La Fiscalía cree que es en el primer acto, lo que obligaría al Supremo a pedir permiso a Bruselas para seguir actuando contra el líder de ERC. Aunque el juicio ya habría terminado para entonces (está previsto que acabe esta semana), el tribunal podría verse obligado a demorar la sentencia hasta que el Europarlamento concediera su autorización. “El dictado de la sentencia no puede sujetarse a condición alguna”, advierte el ministerio público, que considera que la exigencia de suplicatorio a estas alturas y la posibilidad de que fuera necesario acordar la suspensión del proceso penal “no constituiría un ejercicio razonable y proporcional de las prerrogativas parlamentarias”.
El ministerio público sostiene que la salida de Junqueras de la cárcel para ir a la Junta Electoral permitiría una “revisión” o “control” del poder legislativo —en este caso el Parlamento Europeo— sobre el ejercicio de la función jurisdiccional del Supremo por el hecho de que los líderes del procés hayan sido elegidos parlamentarios durante la celebración del juicio oral. Esta situación, advierten los fiscales, convertiría “la inmunidad parlamentaria en un privilegio o derecho particular de determinadas personas cuyo ejercicio no solo no preservaría la composición y funcionamiento de las Cámaras legislativas sino que vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a los Tribunales”.
La Fiscalía cree además que Junqueras, al adquirir el acta del Parlamento Europeo, pretende “sortear” la suspensión de su función como diputado a Cortes decretada por la Mesa del Congreso.
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