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Baleares anula la aplicación del trilingüismo en centros sin proyecto

La resolución “deja sin efectos” otra del pasado mes de julio

El Gobierno de Baleares de José Ramón Bauzá (PP) ha dado un paso atrás, sigiloso, sobre su proyecto de trilingüismo en las escuelas, tras los reveses judiciales a su plan educativo estrella. El Ejecutivo ha anulado la imposición de proyectos lingüísticos desde la Inspección en los centros que objetan y que no habían avalado uno propio. Hasta once autos y sentencias cuestionan las normas y decretos dictados.

En su segundo curso de aplicación en la aulas, sigue vivo el conflicto social, político y jurídico por el trilingüismo, el proyecto del Gobierno del PP conocido como TIL (tratamiento integrado de lenguas) para la enseñanza en inglés-catalán-castellano en la enseñanza infantil, primaria y secundaria.

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El TIL y su despliegue quedó anulado, semanas atrás, y su aplicación suspendida cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, aunque el Gobierno lo mantiene vivo en las aulas. Profesores y oposición afirman que “el TIL ha muerto” por falta de diálogo y pacto para su aplicación.

Ahora, por la vía del Boletín Oficial de la Comunidad, el Gobierno ha echado atrás de manera parcial su programa de desarrollo del TIL, al anular una polémica resolución de la consejería de Educación que imponía un proyecto lingüístico TIL en los centros cuyos claustros de profesores no habían refrendado uno propio por disentir de la iniciativa educativa.

Una resolución del nuevo director general de Educación, Miguel Deyá, “deja sin efectos” otra de la anterior directora general de Ordenación e Innovación del mes de julio de 2014 que ordenaba la aplicación del TIL con un esquema marcado desde la Consejería.

El Gobierno quiso evitar maniobras de disidencia y objeción en más de un tercio de los 300 centros afectados con 100.000 alumnos. Ahora al rectificar asume, por la vía del boletín oficial, que “se puede considerar, el algunos aspectos”, que el contenido de la norma anterior es “de carácter normativo más propia de un reglamento” y se asume “que no se ha seguido el procedimiento adecuado” con la resolución que “queda sin efecto”. El Boletín alude a la sentencia contra el TIL.

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