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El tribunal superior catalán ordena aumentar la presencia de castellano en un colegio de Barcelona, sin citar el 25%

Los jueces consideran “inconstitucionales” las nuevas leyes lingüísticas del Govern y conceden medidas cautelares a una escuela, sin esperar a que el TC se pronuncie

Colegios cataluña
Un cartel en favor del modelo de inmersión lingüística, en un instituto del área de Barcelona.Gianluca Battista

La Generalitat aprobó dos nuevas leyes sobre el uso de las lenguas en la escuela, prohibiendo el uso de porcentajes, para frenar las sentencias del 25% de castellano en las aulas, pero no lo está logrando. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado a una nueva escuela de Barcelona que aumente las horas de docencia en castellano, impartiendo en esta lengua una materia troncal adicional, además de Lengua Castellana. Pero el tribunal, para no entrar en contradicción con la nueva normativa catalana, elude hablar de porcentajes. Se trata del segundo caso, después de que a finales de diciembre, el TSJC concediera las mismas medidas a otro centro barcelonés.

A finales del curso pasado, y para sortear la obligación de aplicar el 25% de castellano en todas las aulas de Cataluña, el Govern y el Parlament aprobaron dos nuevas leyes para regular el uso de las lenguas en la escuela, que impide fijar porcentajes, pero que le otorga la categoría de vehicular al catalán y de lengua curricular al castellano. El TSJC decidió plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de constitucionalidad porque ve indicios de ilegalidad en las nuevas normativas y hasta ahora había optado por frenar nuevas sentencias a familias que pedían el 25% de castellano.

Pero las familias demandantes, asesoradas por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), han encontrado un resquicio legal y, en lugar de demandar un porcentaje concreto, han reformulado la petición, pidiendo que su hijo reciba, además de Lengua Castellana, “cuanto menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga” en esta lengua. Es lo que ha realizado una familia de la escuela Torrent d’en Melis de Barcelona, a la que el tribunal le acaba de conceder, de forma cautelar, este aumento de horas de docencia en castellano. El tribunal, además, da un mes de tiempo al centro para aplicarlo.

En la sentencia, con fecha del 10 de enero y contra la que cabe recurso, la sala de lo contencioso número 5 considera que “el modelo lingüístico establecido en ambas normas de referencia resulta inconstitucional” porque contraviene las sentencias del TC en el sentido de que “impiden la posibilidad de garantizar un uso mínimo de las lenguas oficiales mediante parámetros numéricos”. Asimismo, reprochan en las nuevas leyes “el castellano quedaba limitado a una utilización curricular o educativa, cuya intensidad no queda garantizada más que en lo que sea necesario para garantizar su conocimiento al finalizar la enseñanza obligatoria”.

Con estos argumentos, el TSJC asegura que no puede entrar a valorar el aumento de horas de castellano en todo el sistema educativo, pero sí en un caso particular. “Lo realmente determinante es la posibilidad de garantizar jurisdiccionalmente al alumno un uso docente mínimo del castellano en un centro en concreto que, en definitiva, es lo que aquí se pretende”, defienden los jueces.

Tras solicitar al centro el detalle del uso de las diferentes lenguas, el TJSC considera que el castellano tiene un carácter “residual”, “por lo que deben adoptarse las medidas adecuadas para garantizar el derecho del alumno a recibir enseñanza en castellano”, concluye.

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