La justicia obliga a impartir materias troncales en castellano en Cataluña pese a la nueva ley sobre lenguas
EL Tribunal Superior catalán no fija ningún porcentaje y logra así encajar su veredicto en la norma aprobada hace seis meses por el Parlament
Un colegio de Barcelona tendrá que impartir “una o varias” asignaturas troncales en castellano —además de la de Lengua Castellana— para así garantizar que una alumna cuya familia pleiteó “reciba de forma efectiva” una parte de su escolarización en la lengua oficial del Estado. Eso sí, sin establecer qué porcentaje de las clases supondrá eso. Ese es el corazón de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que se ha conocido este martes y que es la primera que soslaya la nueva ley sobre el uso de lenguas que el Parlamento catalán aprobó el pasado verano. Los magistrados evitan referirse a la proporción del 25% que había dictado anteriormente el mismo tribunal (y había ratificado el Tribunal Supremo); así, en puridad, cumplen con la nueva norma —que impide que se determinen porcentajes de manera lineal— y, a la vez, con la doctrina del Constitucional, que obliga a impartir una parte de las clases en castellano. La sentencia, que cobija a una familia asesorada por a Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), subraya que las horas impartidas deben corresponderse con asignaturas “importantes”.
En la sentencia, el TSJC recuerda que está pendiente de que el Tribunal Constitucional resuelva sus dudas sobre la legalidad de la ley que el Parlament aprobó el pasado junio y que contó con el aval del Consejo de Garantías Estatutarias. Los magistrados del Tribunal Superior expresaron en su día “serias dudas” sobre la constitucionalidad de esa ley, que deja en manos de los centros definir el modelo lingüístico en lugar de aplicar el porcentaje del 25% ordenado por la justicia. Pero, a la espera de esa respuesta, tiran por un camino intermedio en el que garantizan que la alumna “reciba de forma efectiva en castellano, aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, una o unas materias o asignaturas adicionales” en castellano. El Gobierno central pactó hace meses con el Ejecutivo que preside Pere Aragonès no recurrir la nueva normativa.
Los magistrados, tras evaluar el proyecto educativo del centro en el que está matriculada la menor —SAFA-Urgell, en la capital catalana—, han constatado que, además de Lengua, solo recibe educación en castellano en la hora de Educación Física. Para el TSJC, se trata efectivamente de una materia troncal pero en ella “el uso del lenguaje no tiene la relevancia que tiene en otras materias”. De ahí que, sin apelar a la doctrina previa de los porcentajes, pida que se dé en castellano una asignatura o asignaturas que “por su importancia en el conjunto del currículum y su carga lectiva puedan ser considerada como principales”. Solo así, dice el fallo, se da la “posibilidad de garantizar jurisdiccionalmente al alumno un uso docente mínimo del castellano” y cumplir por tanto la Constitución (según ha interpretado el Constitucional).
Tras un largo viacrucis jurídico y después de años de dejadez por parte del Departamento de Educación, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ordenó a la Generalitat en 2020 reorganizar todo el modelo educativo para que al menos un 25% de las horas lectivas (el equivalente a al menos una asignatura troncal) se impartiera en castellano. Esa sentencia ―y otras anteriores del Supremo y el Constitucional― se apoyaban en que el castellano debe ser “lengua vehicular” en la escuela. El Govern no reorganizó el modelo y optó, en cambio, por una maniobra radical: en junio impulsó una ley, aprobada en el Parlament con los votos de Junts, ERC, PSC y En Comú Podem, que prohibía el uso de porcentajes en el empleo de lenguas en la escuela. Al cambiar el marco normativo, bloqueaba la aplicación de la sentencia. La norma vigente establece que cada instituto o colegio elige el mix de lenguas en función de lo que considere que es mejor. El TSJC asumió que, efectivamente, su sentencia era inaplicable por el cambio legal, lo consideró un “fraude de ley” y pidió al Constitucional que se pronunciase. Ahora ha dictado una sentencia que soslaya las limitaciones de esa ley.
Fuentes de la Consejería de Educación de la Generalitat han asegurado, sin embargo, en declaraciones a Europa Press, que el caso tratado en la sentencia “no supone la aplicación del 25% de castellano en ninguna nueva aula”. “Es un caso judicializado anteriormente a la aprobación del decreto ley. Desde que se aprobó el nuevo marco jurídico, ninguna escuela nueva ha tenido que aplicar el castellano por imposición de los tribunales”, afirman estas fuentes. Desde la AEB, su presidenta, Ana Losada, ha celebrado el fallo, que no es firme, y se ha mostrado esperanzada en que se abra “una vía a presentar de nuevo recursos de bilingüismo”.
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