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¿Tengo que ir a trabajar? ¿Cuándo recupero las horas perdidas? Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas

El endurecimiento del confinamiento no afecta a quien ya estuviera teletrabajando, se dedique a actividades consideradas esenciales o ya hubiera suspendido su actividad por un ERTE

Obreros trabajan en la construcción de un de un bloque de viviendas en Sevilla.Vídeo: PACO PUENTES | ATLAS
Laura Delle Femmine

El Gobierno ha decidido endurecer el confinamiento para intentar frenar la expansión del coronavirus: el presidente, Pedro Sánchez, anunció el sábado la paralización de todas las actividades no esenciales desde el próximo lunes 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril, ambos incluidos.

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Spain’s new lockdown restrictions: The measures in place for non-essential workers

La medida, que ha sido aprobada este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario, trata de limitar lo máximo posible la circulación de personas y así detener la curva de contagios. A continuación, una lista de preguntas y respuestas sobre las nuevas reglas que empezarán a aplicarse a partir del lunes.

¿Qué actividades se consideran esenciales?

Los servicios esenciales son aquellos considerados necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas (la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos) o el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, como el sector sanitario, las fuerzas de seguridad, las telecomunicaciones y la industria energética. El real decreto publicado este domingo a última hora incluye un anexo de 25 puntos con las actividades que seguirán funcionando.

Entre ellas aparecen las que ya estaban previstas en varios artículos del real decreto de 14 de marzo con el que se establecía el estado de alarma: establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia y lavanderías, restauración a domicilio, las actividades necesarias a garantizar el suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo y gas natural.

Además, podrán seguir funcionando las empresas necesarias para suministrar productos y servicios a estas actividades esenciales, como las dirigidas a garantizar alimentos y bebidas, productos higiénicos o medicamentos. También continuarán operando los servicios bancarios, abogados y notarios, las empresas de telecomunicaciones, audiovisuales y servicios informáticos esenciales, la recogida de basura, los servicios de limpieza y los que brinden protección y atención a las víctimas de violencia de género y asistan a dependientes y personas con discapacidad. Aquí se puede consultar el decreto con la lista completa de actividades.

¿Qué ocurre con los trabajadores?

La paralización de las actividades no consideradas esenciales no implica que los trabajadores afectados dejen de percibir el sueldo. Continuarán cobrando con normalidad remunerados por sus empresas gracias a unos permisos retribuidos recuperables. Cuando la situación de emergencia termine, recuperarán las horas de trabajo no prestadas de forma gradual.

¿Qué pasa si no se puede interrumpir la actividad de golpe?

El decreto reconoce, en el artículo 5, la posibilidad de seguir trabajando este lunes en aquellos casos en los que “resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad”. El texto detalla sin embargo que este supuesto está permitido con “el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial”.

¿La medida afecta al teletrabajo?

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, sí que ha advertido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el teletrabajo no está afectado por la medida. Es decir, en aquellos casos en que es posible trabajar a distancia, hay que hacerlo.

¿Y los trabajadores ya afectados por un ERTE?

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, y la de Trabajo, Yolanda Díaz, han especificado este domingo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministro extraordinario que los permisos retribuidos recuperables no afectarán a aquellos empleados que ya están teletrabajando, a quienes se les haya suspendido la actividad a través de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), estén de baja por incapacidad temporal o de permiso de maternidad y paternidad, trabajen en los servicios considerados esenciales o en actividades que hayan tenido que cerrar en consecuencia a la declaración del estado de alarma.

¿Cuándo se devuelven las horas no trabajadas?

Díaz ha insistido en que el esfuerzo para superar esta crisis tiene que ser tanto de empresas como de trabajadores. Ha aclarado que, mientras que las compañías garantizan el pago de los salarios, los empleados, por su parte, tendrán que devolver las horas no trabajadas antes del 31 de diciembre. “Hablamos de 15 días, pero en realidad son 8 días laborables”, ha subrayado Díaz, al incluir los festivos de la Semana Santa.

“No son unas vacaciones obligatorias. Hay empresas que han reducido jornadas. Empresas que han acudido a la distribución irregular de las horas. Dejamos que cada sector pueda negociar cómo va a hacer la devolución de las horas. Son jornadas que han de ser devueltas y hay de plazo hasta el 31 de diciembre de 2020″, ha enfatizado Díaz.

¿Cómo se recuperan las horas?

La ministra de Trabajo no ha especificado cuántos trabajadores se verán afectados por la medida, y ha dicho que la devolución de las horas deberá cumplir con el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores: respetar los descansos de jornada diarios y semanales y ser compatible con el derecho a la conciliación. Asimismo, ha agregado que se han creado mecanismos de negociación con los principales sindicatos y con los más representativos de cada sector para decidir cómo organizar esta devolución. Las empresas más pequeñas que no estén sindicalizadas se dotarán de una comisión ad hoc.

¿Ya no se pueden solicitar ERTEs?

Díaz ha explicado que la nueva medida no implica que las empresas no vayan a poder seguir solicitando ERTE. En los casos en los que los trabajadores estén sujetos a un ERTE de reducción de jornada (que no implique la suspensión total de la actividad) se compensaría con esta medida supletoria, es decir, la parte de la jornada que hasta ahora se viniera realizando dejaría de hacerse por este permiso retribuido recuperable.

¿Otros países han paralizado las actividades no esenciales?

España no es el único país que ha congelado todas las actividades no consideradas esenciales. Italia, por ejemplo, endureció las restricciones y estableció el cierre de todas las actividades productivas no esenciales hace una semana.

LEA EL BOE CON LAS NUEVAS MEDIDAS DE CONFINAMIENTO QUE ENTRAN EN VIGOR ESTE LUNES

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Sobre la firma

Laura Delle Femmine
Es redactora en la sección de Economía de EL PAÍS y está especializada en Hacienda. Es licenciada en Ciencias Internacionales y Diplomáticas por la Universidad de Trieste (Italia), Máster de Periodismo de EL PAÍS y Especialista en Información Económica por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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