El Gobierno restringirá la apertura de supermercados a un máximo de 150
Espera aprobar en septiembre el nuevo decreto para proteger al comercio local
El número de supermercados urbanos en el País Vasco tiene ya un límite. El Gobierno prevé aprobar en septiembre un decreto que permitirá la apertura máxima de 150 establecimientos de este tipo, que se unirían a los 262 existentes ahora. El objetivo es buscar un equilibrio con el pequeño comercio y reforzar el modelo de una ciudad europea para que los barrios no sean sólo dormitorios, según la consejería de Industria y Comercio. Ésta es la tercera modificación en la norma sobre superficies comerciales desde 1998, justificado por los continuos cambios en el sector.
El decreto está en fase de información pública, tras haberse debatido este mes en la comisión consultiva de Comercio y en la de Grandes Equipamientos. El plazo de alegaciones concluye en la segunda semana de junio y la intención del Departamento es, tras contestarlas, que se apruebe en el Consejo de Gobierno del 19 de septiembre. Si las previsiones se cumplen, el nuevo decreto entraría en vigor en octubre.
El Gobierno hizo la primera regulación significativa en el sector en 1998, cuando se centró en la alimentación y definió como gran superficie comercial aquella que superase los 2.500 metros cuadrados. En 2001 modificó la normativa para proteger al comercio local, al obligar a las grandes superficies a pedir una segunda licencia a Comercio. A la vez, redefinía el concepto de estos centros: ya no se basaba en sus metros, sino en que la empresa tuviera más de 250 trabajadores, más de 40 millones de euros de facturación o estuvieran participadas en un 25% por firmas de estas características. Incluía otros sectores diferentes a la alimentación.
Norma obsoleta
Cinco años después, la consejería de Comercio ha comprobado que la regulación se ha quedado de nuevo obsoleta, con la irrupción de las grandes empresas en los supermercados medianos y pequeños, como los casos de Día y Lidl, que suponen una nueva competencia a los establecimientos tradicionales. Por ello, el decreto extiende la petición de la segunda licencia a todas las grandes empresas, calificadas como las que tienen más de 250 trabajadores o presentan una facturación de 50 millones, que tenga unos beneficios de 43 millones o esté participada por una cadena en más de un 25%. "Se trata de asegurar el reparto del gasto familiar al 50% entre grandes y pequeños", señala el documento. Este porcentaje se cumple ahora y se mantendría hasta 2008 con la situación actual, según los cálculos de la consejería.
"Se trata de implantar el modelo de ciudad europea", explica el viceconsejero de Comercio Rodrigo García. "Que en los entornos urbanos convivan las grandes empresas junto a las pequeñas. Esta dualidad es beneficiosa porque el grande hace de tractor de esa área y permite que el barrio sea una zona residencial, en vez de un lugar dormitorio", agrega. El decreto prima a los supermercados de cercanía en detrimento de los hiper de la periferia, basándose en la densidad actual en Euskadi de estos dos tipos de establecimientos. Así, en supermercados, la densidad es de 94 metros por cuadrados por cada 1.000 habitantes, cuando la media española es de 115. En cambio, en centros comerciales se alcanzan los 296 metros por 1.000 residentes, frente a los 224 de media de España.
La norma del Gobierno sólo permite construir un gran centro comercial (hiper) en Bilbao, que se unirá a los 26 existentes, once de ellos fuera de zonas urbanas. En cambio, además de los 262 supermercados, se ha calculado que cabrían alrededor de 100 más pequeños y 50 medianos.
El decreto regulará, además de los actuales sectores de alimentación, equipamiento personal y del hogar, bricolaje y deportes, los correspondientes a libros, discos y material informático. El viceconsejero adelanta mayores exigencias con la disponibilidad del suelo. "Había una práctica de las empresas de coger posiciones de dominio al solicitar la licencia antes de comprar el suelo". La nueva normativa obligará a tener una disposición de suelo, que éste disponga de la calificación urbanística y que el comercio se construya en un plazo máximo de dos años desde la concesión de la licencia.
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