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La Audiencia decide hoy en sesión pública el traslado de los 'papeles de Salamanca'

Los directores de los archivos de la Guerra Civil y de Castilla y León declaran como testigos

La Sección Séptima de la Audiencia Nacional decidirá hoy en una vista pública si levanta, mantiene o modifica su decisión del pasado viernes cuando ordenó como medida cautelarísima inmovilizar en el Ministerio de Cultura las 500 cajas procedentes del Archivo de la Guerra Civil, antes de ser entregadas a la Generalitat de Cataluña. Tras la vista, el tribunal se reunirá a deliberar y posteriormente notificará su decisión. Fuentes de la Audiencia han señalado que, pese a tratarse de medidas urgentes, cabe la posibilidad de que la resolución no se conozca hasta mañana.

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Los magistrados no podrán entrar en las razones de fondo que se esgrimen en el recurso presentado por el Ayuntamiento de Salamanca, sino únicamente en si existen razones de urgencia para adoptar las medidas cautelares solicitadas y si por esperar a la resolución del recurso se causarían perjuicios irreparables. La ley establece que "previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, la medida cautelar podrá acordarse únicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso".

La Sección Séptima de la Audiencia Nacional, que tiene sus causas al día, suele tardar aproximadamente unos seis meses en resolver los recursos. Según fuentes del Tribunal Supremo, la concesión de medidas cautelarísimas es verdaderamente excepcional. Estas fuentes señalaron que es muy difícil sostener que el perjuicio ocasionado es irreversible, puesto que, por ejemplo, si se declarase que no procedía haber entregado alguna de las cajas o de los documentos, éstos podrían devolverse. Además, el tribunal debe valorar si de la medida cautelar solicitada -la inmovilización de las cajas- pudiera derivarse una perturbación grave de los intereses generales, en cuyo caso deberá denegarla.

Una de las circunstancias que ha sorprendido en medios jurídicos es que el tribunal haya aceptado la comparecencia de testigos en la vista de las medidas cautelarísimas. Los magistrados han considerado que existían las "circunstancias de especial urgencia" previstas en el artículo 135 de la ley y han paralizado la entrega de los papeles de Salamanca sin haber oído a la parte contraria. Por ello, han convocado la vista de hoy, con la finalidad de oír a las dos partes, pero la ley no prevé la presencia de testigos en este tipo de vistas en las que no se puede entrar en el fondo del asunto, aunque tampoco la prohíbe expresamente.

En este caso, declararán Miguel Ángel Jaramillo y Carlos Travesí, directores del Archivo de la Guerra Civil y del General de Castilla y León, respectivamente, ambos en calidad de testigos y representando a la Junta de Castilla y León, tal y como ha pedido el Ayuntamiento de Salamanca.

Previamente, intervendrán los letrados recurrentes en representación de la corporación salmantina: Eliseo Guerra y José María Benavente. Ambos estarán acompañados por el tercer teniente de alcalde y portavoz municipal, Fernando Rodríguez, del PP.

Las razones que los representantes del Ayuntamiento alegaron en su recurso para paralizar el cumplimiento de la orden de la ministra de Cultura de remisión de los documentos a la Generalitat es que las cajas han sido sacadas del archivo el 19 de enero "sin título para ello y al margen del procedimiento legalmente establecido". Además, como causa de urgencia para que se paralice el envío de los documentos, se concreta que la salida de los papeles "ya ha tenido lugar el 19 de enero de 2006 y su entrega a la misma [la Generalitat] es inminente".

Sobre las razones de fondo contra el traslado de los papeles, el recurso del Ayuntamiento precisa que entre las 500 cajas que han salido del Archivo con destino a la Generalitat "existen fondos correspondientes a organismos dependientes del Estado, que nada tienen que ver con la Generalitat". Los documentos a los que se refiere el Ayuntamiento son: "Siete cajas del Juzgado de Instrucción de Igualada, un expediente del Juzgado de Villafranca del Penedés y 164 legajos del Comité Central de las Milicias Antifascistas".

El abogado del Estado alegará que no existe en el traslado de los documentos daño irreparable alguno y que el Ayuntamiento no debería ser parte en el procedimiento puesto que el Archivo no es de titularidad municipal, sino estatal.

Contra la decisión que adopte el tribunal cabe recurso ante el Tribunal Supremo, si bien la presentación del recurso no paraliza ni suspende lo que la Audiencia Nacional hubiera acordado. Es decir, que si el tribunal decidiera levantar la inmovilización, los documentos saldrían inmediatamente hacia Barcelona, independientemente de que se presentase un recurso ante el Supremo por esa cuestión.

En idéntico sentido, si el tribunal resolviera que lo procedente es que los documentos permanezcan en el Ministerio de Cultura mientras se resuelve el fondo del recurso, el que el abogado del Estado recurriera al Supremo no levantaría la medida cautelar impuesta por la Audiencia.

Entrada en el Ministerio de Cultura de una de las furgonetas que transportaban el jueves los <i>papeles de Salamanca.</i>
Entrada en el Ministerio de Cultura de una de las furgonetas que transportaban el jueves los papeles de Salamanca.EFE

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