Libertad para elegir y equilibrio de alumnos
Los centros públicos y concertados tendrán que armonizar la escolarización de inmigrantes
La nueva ley educativa, aprobada ayer en el Parlamento, incorporará algunas novedades a las aulas españolas, que luego habrán de ser desarrolladas con detalle en decretos posteriores. Muchas de ellas se han ido recogiendo mediante enmiendas negociadas con unos y otros grupos parlamentarios. Son las siguientes:
- Libertad de elegir colegio. "Los padres tienen derecho a escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos...". La libertaad de elección de centro ha sido el caballo de batalla del PP y las organizaciones conservadoras. La incorporación de este artículo ha suavizado las posturas.
- Admisión de alumnos. La Administración establecerá la proporción de alumnos con necesidades de apoyo educativo (inmigrantes sobre todo) que deban ser escolarizados en los centros públicos y privados y "garantizará los recursos personales y económicos" para ello. Los centros podrán elevar el número de alumnos por aula un 10% cuando lleguen inmigrantes iniciado el curso, puesto que no habrá plazas reservadas para ello. Estas medidas se adoptarán en zonas cuyas condiciones socioeconómicas y demográficas "supongan una necesidad de apoyo educativo".
- Repetir curso. En ESO se repetirá cuando se suspendan tres o más asignaturas aunque, "excepcionalmente", el alumno podrá pasar al siguiente curso con tres suspensos si así lo deciden sus profesores. Las comunidades organizarán las recuperaciones. Las que gobierna el PP lo harán en septiembre. Los alumnos podrán repetir curso sólo dos veces en los cuatro años de la etapa y nunca el mismo curso, salvo si se trata de 4º de ESO, el último.
- Directores. Los equipos directivos podrán imponer medidas disciplinarias en el centro. Los procedimientos sancionadores para estas conductas se agilizarán.
- Enseñanza concertada. Las escuelas concertadas tendrán más dinero en general y aún más en la medida en que incorporen a sus aulas a alumnos con necesidades de apoyo, inmigrantes en su mayoría. El salario de sus profesores se irá equiparando progresivamente con los de la escuela pública. Las comunidades deberán garantizar plazas suficientes para el ciclo de infantil de 3 a 6 años, bien en centros públicos, bien en concertados.
- Sexo e ideario del centro. El sexo no será una razón para no admitir a un alumno o alumna en un centro. Eso impedirá que haya colegios de niños o de niñas, una circunstancia que se da en la actualidad y que ha sido muy criticada desde la izquierda. Pero IU criticó ayer esta medida porque cree que no impedirá que separen a niños y niñas en clases distintas. Ha sido una de las claves para abstenerse en la votación de la ley. Por otra parte, los alumnos deberán respetar el ideario o proyecto educativo del centro en el que se matriculen.
- Vías formativas en 4º de ESO. En este curso, los alumnos podrán agrupar las materias en diferentes opciones o vías formativas. Los centros ofrecerán la totalidad de las opciones siempre que haya alumnos suficientes para ellas.
- Huelga de los alumnos. Esta ley permite a los alumnos no asistir a clase cuando esa decisión sea fruto de una reunión previa entre ellos y así lo comuniquen a la dirección del centro.
- Servicios complementarios. Se impulsarán en las escuelas públicas los servicios complementarios (comedores, desayunos) y actividades para ampliar su oferta educativa atendiendo a las nuevas demandas sociales. Se trata de mantener en el centro a los alumnos más allá del horario escolar.
- Lectura obligada. En primaria y secundaria se dedicará un tiempo diario obligado para la lectura en clase. Todos los centros tendrán una biblioteca y las Administraciones las dotarán del material suficiente en los próximos años.
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