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REFORMA ANTITABACO

El ejemplo navarro

Navarra aprobó en febrero de 2003 una estricta ley de restricción al consumo de tabaco en espacios públicos y privados, si bien el Parlamento foral concedió un periodo de dos años a las empresas privadas para adaptarse a la nueva legislación. Así, en 2005 entrará en vigor la prohibición de fumar en los espacios laborales cerrados en los que convivan dos o más trabajadores.

La ley foral 6/2003 de Prevención, Promoción y Protección de la Salud otorgó seis meses a los espacios públicos para adaptarse a la prohibición, que hoy es respetada en todos los centros de trabajo de la Administración foral, red sanitaria pública, centros educativos y espacios donde menores y jóvenes desarrollan actividades.

Asimismo está prohibido vender tabaco a menores de 18 años, realizar publicidad de este producto fuera de los establecimientos de venta autorizados, fumar en recintos deportivos, salas de exposiciones, áreas de espera y el interior de transportes públicos, teatros y cines. En muchos centros públicos de trabajo existen salas específicas para fumadores.

La vulneración de esta legislación en recintos de uso colectivo no suele implicar sanciones a los ciudadanos que la infringen más allá del reproche verbal de los responsables.

Áreas separadas para fumadores y no fumadores es lo que los inspectores están exigiendo actualmente a los restaurantes navarros, según ha confirmado Natxo Calvo, abogado de la Asociación de Empresarios de Hostelería (AEHN).

El reglamento específico para el sector hostelero que el Gobierno foral prometió aún no se ha promulgado. La AEHN presentó alegaciones a la ley al estimar que esa separación era imposible en los bares, en los que hoy en día se sigue fumando con normalidad.

Navarra se convirtió en julio de 2003 en la primera comunidad autónoma española que decidió subvencionar el 60% del coste de los tratamientos antitabaco mediante receta médica. En el segundo semestre de 2003 financió con 301.592 euros los programas de deshabituación.

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