El Gobierno de CiU multó a un empresario con 600 euros por no tener los rótulos del negocio en catalán
Un empresario barcelonés ha sido sancionado por la Generalitat con una multa de 600 euros por tener los rótulos y la documentación destinada al público exclusivamente en castellano. La sanción está firmada por Josep Tous Andreu, secretario general de Consumo y Seguridad Industrial del anterior Gobierno de CiU.
El actual secretario de Política Lingüística de la Generalitat, Antoni Mir, explicó ayer que la sanción se basa en una ley previa a la Ley de Política Lingüística de 1998, insistió en que responde a un expediente "del anterior Gobierno de CiU con el apoyo del PP" y dijo que la voluntad del actual Ejecutivo de la Generalitat "no es llegar a las sanciones" en su política de normalización del catalán. Fuentes del actual Departamento de Comercio, Consumo y Turismo afirmaron que este tipo de expedientes se inició en junio de 2002, pero esta resolución es una de las primeras que impone una multa por no usar el catalán.
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se afirma que el empresario, del sector de la construcción, vulneró la Ley de Política Lingüística de 1998 porque los letreros y documentación para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público deben ser redactados "al menos, en catalán".
La inspección de Consumo levantó un acta en un establecimiento de la empresa en enero de 2003, en la que se indicaba que existía una falta de "información, rótulos y carteles en idioma catalán". El empresario alegó que los únicos carteles que había en las oficinas estaban redactados en catalán.
La Dirección General de Consumo propuso una sanción económica de 600 euros alegando que debía ser el empresario quien demostrara que no toda la información estaba redactada en castellano, puesto que consideraba "como ciertos" los hechos descritos en las actas de inspección.
El empresario alegó de nuevo, entre otras razones, que "el artículo 3 de la Constitución española establece la oficialidad del castellano en todo el territorio", además de insistir en que los únicos carteles que tenía en la empresa estaban redactados en catalán.
Finalmente, el anterior director general de Consumo y Seguridad Industrial impuso la sanción de 600 euros por vulnerar el artículo 5º de la Ley de Disciplina del Mercado y Defensa de los Consumidores de 1990, que recoge el "incumplimiento, en relación con la protección del consumidor y el usuario, de las normas relativas a documentación, información, libros o registros establecidos obligatoriamente para el adecuado régimen y funcionamiento de la empresa, la instalación o el servicio", así como el artículo 8.1 de la Ley de Política Lingüística de 1998, que recoge que "la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidores de los establecimientos abiertos al público han de ser redactados, al menos, en catalán".
El letrado del empresario ha anunciado que recurrirá contra la sanción en los próximos días porque la considera "absurda e ilógica".
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